USO OPTATIVO DEL BARBIJO

 

 

Resolución CSU-180/22

Expte 489/20

 

BAHÍA BLANCA, 18 de abril de 2022

 

VISTO:

La resolución R-75/2022 del Rectorado de la UNS;

 

La resolución R-92/2022 del Rectorado de la UNS ad referéndum del CSU;

 

La resolución CSU-098/2022 que ratifica la R 92/2022;

 

La resolución 705/2022 del Ministerio de Salud de la Nación;

 

La resolución N° 1414/2022 del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires;

 

La resolución Conjunta 589/2022 del gobierno de Buenos Aires GDEBA-DGCYE; y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 260/20, prorrogado y modificado por su similar Decreto Nacional N° 167/21, se amplió, por el plazo de un (1) año, y por el Decreto Nacional Nº 867/21 se prorrogó hasta el día 31 de diciembre del año 2022 la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el virus COVID-19;

 

Que, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, mediante el Decreto N° 132/20, ratificado por la Ley N° 15.174, se declaró la emergencia sanitaria, por el término de ciento ochenta (180) días a partir de la fecha de su dictado, la cual ha sido prorrogada por los Decretos N° 771/20, N° 106/21 y N° 733/21, encomendando en su artículo 6° a la Dirección General de Cultura y Educación la adopción de las medidas necesarias para prevenir la propagación del mencionado virus en los establecimientos a su cargo;

 

Que las condiciones del contexto de la pandemia de COVID 19 son dinámicas y se han modificado y que por ello las normas vigentes en la UNS deben adaptarse a estos cambios;

 

Que a través de la R 92/2022 se dispone que las actividades dentro de la UNS, se regirán por los “Lineamientos sanitarios para el retorno a la presencialidad plena” en Universidades e Institutos Universitarios con asiento en la provincia de Buenos Aires; establecido a través de la Res. 4/2022 conjunta del Ministerio de Salud y Jefatura de Gabinete de la provincia de Buenos Aires;

 

Que la resolución R 75/2022 dispone que las actividades en las Escuelas Preuniversitarias de la UNS se regirán en materia sanitaria por los “Lineamientos para la presencialidad en los Establecimientos Educativos de la Provincia de Buenos Aires en contexto de COVID 19” aprobados a través de la Res. 245/2022 GDEBA-DGCYE;

 

Que la Res 705/2022 del Ministerio de Salud de la Nación establece entre las recomendaciones de cuidado generales para la prevención de Covid-19 y otras enfermedades respiratorias agudas continuar con el uso adecuado del barbijo en espacios interiores, incluyendo los ámbitos laborales, educativos, sociales y el transporte público, asegurar la ventilación de los ambientes, mantener la higiene adecuada y frecuente de manos y que ante la presencia de síntomas, evitar el contacto con otras personas, no acudir a actividades laborales, sociales, educativas, lugares públicos y evitar el uso del transporte público;

 

Que la Res. N° 1414/2022 del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires recomienda la utilización del tapabocas o barbijos, en espacios cerrados, como medida para la prevención de transmisión del coronavirus COVID-19 y otras enfermedades respiratorias agudas, que además establece la obligatoriedad del uso del tapabocas o barbijo en el transporte público de pasajeros, como medida de prevención para la transmisión del coronavirus COVID-19 y otras enfermedades respiratorias agudas y dispone el carácter optativo del uso del tapabocas o barbijo, en espacios laborales, recreativos y educativos, para aquellas personas cuyo uso implica alguna dificultad;

 

Que la Res. Conjunta 589/2022 del gobierno de Buenos Aires GDEBA-DGCYE dispone la recomendación enfática del uso del barbijo en los espacios cerrados de las instituciones educativas de gestión estatal y gestión privada, en tanto constituye una de las principales acciones para reducir los riesgos de contagio COVID-19 y otras enfermedades respiratorias agudas y establece el uso optativo del barbijo para las y los integrantes de las instituciones educativas de todos los niveles y modalidades de gestión estatal y gestión privada;

 

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, sobre tablas, en su reunión del 13 de abril de 2022, lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;

 

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°: Disponer el carácter optativo del uso del tapabocas o barbijo en los espacios cerrados de todas las dependencias de la Universidad Nacional del Sur.

 

ARTÍCULO 2°: Recomendar la utilización del tapabocas o barbijo en los espacios cerrados de todas las dependencias de la Universidad Nacional del Sur como medida para la prevención de transmisión del coronavirus COVID-19 y otras enfermedades respiratorias agudas.

 

ARTÍCULO 3°: Pase a la Secretaría General de Coordinación y, por su intermedio, comuníquese a toda la comunidad universitaria. Cumplido, archívese.

 

DR. DANIEL A. VEGA

RECTOR

DRA ANDREA S. CASTELLANO

SEC. GRAL. CSU