CONVOCATORIA Y CRONOGRAMA ELECTORAL 2012
Resolución
CSU- 188/12
Expte. 1250/2012
Bahía Banca,
10 de mayo de 2012
VISTO:
El proyecto de Convocatoria
y Cronograma Electoral para la renovación de los órganos colegiados de gobierno
de
CONSIDERANDO:
Que corresponde llevar a cabo el acto eleccionario
para renovar los representantes de los cuerpos colegiados de gobierno de esta
Universidad en virtud de la caducidad que se producirá en sus mandatos;
Que los artículos 25°, 36°, 37°, 38°, 39°, 40°, 41°,
42°,43°, 50°, 51°, 52°, 54°, 55° inc. d), 66°, 67°,
68°, 70º, 71º y 72º el Estatuto de esta Universidad constituyen las fuentes que
regulan este evento;
Que la convocatoria actual tiene como finalidad
cubrir el período estatutario bianual 2013 y 2014, excepto para el claustro de
Alumnos;
Que es necesario establecer el cronograma de actos pre y post-electorales;
Que el Consejo Superior
Universitario aprobó sobre tablas, en su reunión del 9 de mayo de 2012, lo aconsejado por su Comisión de
Interpretación y Reglamento;
POR ELLO,
RESUELVE:
ARTÍCULO
1°:
Convocar a elecciones para el día viernes 2 de noviembre de
2012
en el horario de
Asamblea Universitaria:
Claustro
de Profesores: treinta y seis (36)
representantes titulares y treinta y seis (36) suplentes.
Claustro
de Docentes Auxiliares: diez (10)
representantes titulares y diez (10) suplentes.
Claustro
de Alumnos: veinticuatro (24)
representantes titulares y veinticuatro (24) suplentes.
Claustro
de Personal No Docente: dos (2)
representantes titulares y dos (2) suplentes.
Consejo Superior
Universitario:
Claustro
de Profesores: nueve (9)
representantes titulares y nueve (9) suplentes.
Claustro
de Docentes Auxiliares: tres (3)
representantes titulares y tres (3) suplentes.
Claustro
de Alumnos: nueve (9) representantes
titulares y nueve (9) suplentes.
Claustro
de Personal No Docente: un (1)
representante titular y un (1) suplente.
Consejos Departamentales:
Claustro
de Profesores: seis (6)
representantes titulares y seis (6) suplentes.
Claustro
de Docentes Auxiliares: dos (2)
representantes titulares y dos (2) suplentes.
Claustro
de Alumnos: cuatro (4)
representantes titulares y cuatro (4) suplentes.
Colegios Electorales
Para establecer el número de integrantes de cada
claustro que conformarán los respectivos Colegios Electorales, con finalidad de
elegir a los Directores Decanos, se tomarán en cuenta la planta de profesores
de cada Departamento en condiciones de votar al cierre del registro electoral.
ARTÍCULO
2°: Las elecciones se realizarán de
acuerdo a lo establecido por el Estatuto de
ARTÍCULO
3°: Aprobar el Cronograma Electoral – Elecciones UNS 2012
que corre como Anexo de la presente resolución.
ARTÍCULO
4°: Tome razón
Mg. María
del Carmen Vaquero
Vicerrectora
Dr. Diego
Duprat
Secretario General del CSU
ANEXO RES.
CSU-188/2012
Cierre del
Registro Electoral.
A)
1- Profesores - Padrón General:
a) Profesores Ordinarios.
b) Profesores Interinos que, habiendo
obtenido un cargo de profesor por concurso, hayan ostentado sin interrupción
desde entonces un cargo de profesor en
2- Profesores - Padrón Departamental:
a) Profesores Ordinarios designados en
alguna asignatura del Departamento.
b) Profesores Interinos que, habiendo sido
designado profesor por concurso en alguna asignatura de dicho Departamento,
hayan ostentado sin interrupción desde entonces un cargo de profesor en el
mismo.
3- Docentes Auxiliares - Padrón General:
a) Docentes Auxiliares
Ordinarios A y B.
b) Docentes Auxiliares Interinos A y
B que,
habiendo obtenido un cargo por concurso, hayan ostentado sin interrupción desde
entonces un cargo de docente auxiliar en
4- Docentes Auxiliares - Padrón Departamental:
a) Docentes Auxiliares
Ordinarios A y B designados en alguna asignatura del Departamento.
b) Docentes Auxiliares Interinos A y
B que, habiendo sido designado
ayudante o asistente por concurso en alguna asignatura de dicho Departamento,
hayan ostentado sin interrupción desde entonces un cargo de docente auxiliar en
el mismo.
5- Personal No Docente: que hayan alcanzado la estabilidad laboral (Art. 38°, Estatuto de
B)
- Alumnos que hayan aprobado por lo
menos dos materias entre el 10/08/11 al
11/08/12, incluidas ambas fechas.
- Alumnos
incluidos en el listado anterior que hayan aprobado por lo menos el 30% de las
materias de su carrera.
Los listados
deberán ser firmados por los responsables de las dependencias encargadas de
confeccionarlos. Se entregarán además en soporte magnético, con un sistema que
permita introducir las modificaciones que surjan de las impugnaciones y
reclamos.
Los Directores de Departamento comunican a
Exhibición de padrones provisorios (generales y por
Departamento).
e inclusiones a los padrones y eleva
al CSU lo resuelto.
El Consejo Superior Universitario (CSU) toma
conocimiento de lo resuelto por
El CSU se expide
sobre las apelaciones ingresadas y las comunica a
para la confección de padrones definitivos.
Exhibición de los padrones definitivos
Período de recepción de listas y logos en
Exhibición de listas provisorias de candidatos.
candidatos o listas y las eleva al
Consejo Superior (CSU)
El CSU recibe apelaciones interpuestas contra
resoluciones de
sobre candidatos o listas.
El CSU se expide
sobre apelaciones interpuestas contra resoluciones de
sobre candidatos o
listas, oficializa padrones y listas definitivas.
Exhibición de listas
y padrones definitivos.
órganos de gobierno y
entrega los respectivos diplomas.
Plazo para
que los Consejos Departamentales
convoquen a
Mg. María
del Carmen Vaquero
Vicerrectora
Dr. Diego
Duprat
Secretario General del CSU