COMPRAS DE EQUIPOS EN EL EXTERIOR


Resolución CU191/94.

Expediente R395/94.


BAHIA BLANCA, 16 junio 1994.


VISTO:

La Resolución R136/94 y su modificatoria (R240/94) por la que se autoriza a la Dirección de Cotrataciones a realizar trámites de compras en el exterior, de equipo y materiales destinados a beneficiarios de subsidios de investigación, otorgados a través de la Secretaría Geneeral de Ciencia y Técnología; y


CONSIDERANDO:

Que el Consejo Universitario aprobó en su reunión del 15/6/94 las resoluciones mencionadas;


POR ELLO,

El Consejo Universitario

RESUELVE:


ARTICULO 1°). Autorizar a la Dirección de Contrataciones a realizar trámites de compras en el exterior, de equipos y materiales destinados a beneficiarios de subsidios de investigación, otorgados a través de la Secretaría General de Ciencia y Tecnología.

ARTICULO 2°). Establecer, para realización de dichas compras, el procedimiento que se inicia en el anexo de la presente resolución.

ARTICULO 3°).- Establecer un arancel del 3,5% sobre el valor indicado en las facturas pro-forma para cubrir gastos generales e indirectos de tramitación. Cuando dicho arancel porcentual cubra los costos fijos de certificación de firmas los mismos no serán cobrados en forma adicional y en caso de que los valores de importación fuesen de bajo monto y ese arancel no alcanzare a cubrir los costos fijos mencionados, se cobrarán unicamente dichos costos fijos.

ARTICULO 4°). Tome razón la Secretaría General de Ciencia y Tecnología y la Direccion General de Economía y Finanzas - Direccion de Contrataciones. Pase a la Secretaría General de Ciencia y Tecnología para que comunique a los Directores de Proyectos aprobados. Cumplido, archivese.



Ing. Qco. CARLOS E. MAYER

Rector

Ing. Agr. MIGUEL A. CANTAMUTTO

Sec. Gral. Consejo Universitario



ANEXO (Resol. CU191/94)

1.- El investigador inicia el Pedido de Compra con factura proforma y la justificación de la compra en el exterior.

2. Se caratula con numeracion a partir del 7000 y con distinto color del que se utiliza corrientemente en Contrataciones.

3. Al iniciar el proceso de compra y junto con la factura proforma indicada en el apartado 1, el docente firmará un compromiso por el que se obliga a inmovilizar en su cuenta habilitada por el Director del Proyecto a efectos de la administración de los fondos de éste- los fondos necesarios para cubrir el monto total de la operación a realizar, incluyendo los gastos de fletes y seguros; y a ingresar a la Tesorería la suma de CINCO PESOS ($ 5.-) por cada firma ante el Registro Público de Comercio, en el momento en que se lo solicite. Al mismo tiempo acompañará la constancia de haber depositado en la Tesorería de la Universidad Nacional del Sur el arancel establecido en el art. 3° de la presente resolución.

4.- Una vez realizada la importación, el docente realizará el pago correspondiente al proveedor en la moneda establecida en el legajo de compra, sin intervención de la Universidad Nacional del Sur.



Ing. CARLOS E. MAYER

Rector

Ing. Agr. MIGUEL A. CANTAMUTTO

Sec. Gral. Consejo Universitario