ESCUELAS SECUNDARIAS

RÉGIMEN DE TALLERES OPTATIVOS ( MODIF.CU-90/90) .


Resolución CU-200/93

Expediente R-238/87.


BAHIA BLANCA, 5 julio 1993.


VISTO:

Lo solicitado por 1as autoridades del CEMS con respecto a la modificación del Art. 6° del Anexo de la Res.CU-90/90 a fs. 413; y


CONSIDERANDO:

Que según 1a Resolución vigente los docentes con continuidad se perjudican en el cobro de sus haberes, la interrupción de su labor aulica y de la Obra Social;

Que el Consejo Universitario, en su reunión del 30/6/93 aprobó lo aconsejado por su Comisión de Establecimientos Secundarios y Terciarios;


POR ELLO,

El Consejo Universitario

RESUELVE


ARTICULO 1°). Modificar el art. 6° del Anexo de la Res.CU-90/90 cuyo texto quedará redactado de la siguiente forma:

"Artículo 6°). Los docentes a cargo del dictado de los mismos serán nombrados con carácter interino hasta el dia anterior al de la apertura del taller correspondiente del periodo lectivo siguiente."

ARTICULO 2°). Pase a conocimiento de la Secretaria General Académica y al CEMS. Tome razón la Escuela de Ciclo Básico. Cumplido, archívese.

Ing.Qco. CARLOS E. MAYER

Rector

Ing. Agr. MIGUEL A. CANTAMUTTO

Sec. Gral. Consejo Universitario