ESCUELAS SECUNDARIAS
RÉGIMEN DE TALLERES OPTATIVOS ( MODIF.CU-90/90) .
Resolución CU-200/93
Expediente R-238/87.
BAHIA BLANCA, 5 julio 1993.
VISTO:
Lo solicitado por 1as autoridades del CEMS con respecto a la modificación del Art. 6° del Anexo de la Res.CU-90/90 a fs. 413; y
CONSIDERANDO:
Que según 1a Resolución vigente los docentes con continuidad se perjudican en el cobro de sus haberes, la interrupción de su labor aulica y de la Obra Social;
Que el Consejo Universitario, en su reunión del 30/6/93 aprobó lo aconsejado por su Comisión de Establecimientos Secundarios y Terciarios;
POR ELLO,
El Consejo Universitario
RESUELVE
ARTICULO 1°). Modificar el art. 6° del Anexo de la Res.CU-90/90 cuyo texto quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 6°). Los docentes a cargo del dictado de los mismos serán nombrados con carácter interino hasta el dia anterior al de la apertura del taller correspondiente del periodo lectivo siguiente."
ARTICULO 2°). Pase a conocimiento de la Secretaria General
Académica y al CEMS. Tome razón la Escuela de Ciclo
Básico. Cumplido, archívese.
Ing.Qco. CARLOS E. MAYER
Rector
Ing. Agr. MIGUEL A. CANTAMUTTO
Sec. Gral. Consejo Universitario