SUSPENDE VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA
INECUACIÓN DURANTE EL AÑO 2024
Resolución CSU-207/24
Expte. X-51/15
BAHÍA BLANCA, 12
de abril de 2024
VISTO:
La resolución
CSU-564/19 que deroga el régimen de Inecuación para todas las carreras de la
UNS a partir del primer cuatrimestre de 2020, a excepción de aquellas que
definan condiciones particulares y aquellas que lo hayan incluido expresamente
en sus planes de estudio;
La resolución
CSU-264/2023 y su rectificativa la resolución CSU 193/2023 que establecen el
Calendario Académico General para el año 2024, y fijan el 14 de abril como
fecha de finalización de período de exámenes válidos para el control de
correlatividades del primer cuatrimestre;
Que el régimen
de Inecuación continúa vigente para algunas carreras de algunas Unidades
Académicas;
La resolución
CSU-479/2023, que aprueba el Texto Ordenado del Reglamento de la Actividad
Estudiantil; y
CONSIDERANDO:
Que el sistema
de inecuación fue derogado manteniéndose vigente exclusivamente en algunas
carreras por razones formales de acreditación de sus planes de estudio, por lo
tanto, la suspensión de su verificación constituye un mecanismo útil para
evitar el perjuicio a la comunidad universitaria estudiantil, hasta tanto las
unidades académicas que la conservan puedan derogarla o implementar un sistema
alternativo;
Que este Cuerpo
afirmó que el sistema de inecuación no posee fundamento académico ni
pedagógico, implicando un impedimento adicional para el cursado de las asignaturas,
obstaculizando el desarrollo académico de las/os estudiantes;
Que el Consejo
Superior Universitario aprobó, sobre tablas, en su reunión del 10 de abril de
2024, lo aconsejado por su Comisión de Enseñanza;
POR ELLO,
EL
CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: No
realizar la verificación del cumplimiento de la inecuación durante el año 2024,
en las carreras en las que este requisito continúa vigente.
ARTICULO 2°:
Pase a la Secretaría General Académica y por su intermedio comuníquese a los
Departamentos Académicos. Gírese a la Dirección General de Gestión Académica a
todos sus efectos. Dese al Servicio de Boletín Oficial y Digesto Administrativo
para su publicación. Cumplido, archívese.
MG.
ANDREA CASTELLANO
VICERRECTORA
MG.
JAVIER D. OROZCO
SEC.
GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO