REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CSU

MODIF. CSU-112/20 PUNTO 3 Y 9 DEL ANEXO I

 

Resolución CSU-214/20

 

Expte. 1132/20

BAHIA BLANCA, 25 de junio de 2020

VISTO:
El Anexo I agregado al Reglamento de Funcionamiento del Consejo Superior Universitario (RFCSU), por la Resolución CSU-112/2020, para regular sus sesiones digitales en casos de emergencias públicas que impidan sesionar del modo tradicional;

 

La experiencia recogida respecto del régimen de votación en las primeras dos sesiones digitales del CSU; y


CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo previsto por el punto 9 del Anexo I del RFCSU, en las sesiones digitales del CSU, la votación puede ser realizada por signos, mediante la exhibición de paletas especiales con las leyendas SI, NO o ABS (para el caso de abstención) suministradas al efecto, o nominal, a través de mensajes enviados a un grupo de WhatsApp creado al efecto;

 

Que, en la primera sesión digital del CSU realizada el 13 de mayo pasado, debido a la dificultad para la emisión del voto por signos, atento que muchas(os) consejeras(os) no había recibido las paletas para votar de ese modo, se procedió a la votación a viva voz respondiendo al llamado por secretaría de cada votante, de conformidad con lo previsto en el punto 9 del Anexo I del RFCSU;

 

Que, cada una de las numerosas votaciones de esa sesión insumió tres minutos aproximadamente, sin que se presentara inconveniente alguno para la emisión de los votos –salvo el de un consejero que en el momento en que debía emitir su voto perdió su conexión, y demoró algunos instantes en retomarla para emitirlo a viva voz-, ni para efectuar su recuento de modo rápido y seguro;

 

Que, en la segunda sesión digital llevada a cabo el 27 de mayo pasado, si bien algunas(os) consejeras(os) aún no había recibido sus paletas, las votaciones por signos fueron realizadas con dichos elementos o a mano alzada por quienes carecían de ellos;

 

Que, las también numerosas votaciones por signos de esta otra sesión, registraron cierta demora debido a la dificultad de contar las paletas en todas las pantallas del panel de la videoconferencia, en el que no sólo se encontraban las/os consejeras/os que debían emitir sus votos, sino también aquellas/os que en esa sesión no les correspondía hacerlo, y otros miembros de la comunidad universitaria, con el agravante de que algunas/os consejeras/os que aparecen en una pantalla también aparecen en la siguiente conforme los agrupa el sistema informático;


Que, además, la votación a viva voz de la primera sesión digital fue más sencilla y ágil que la realizada por mensaje de WhatsApp en la segunda sesión digital;


Que los Departamentos de Derecho y Matemática, en las sesiones digitales de sus Consejos Departamentales realizan las votaciones a viva voz;


Que, por la experiencia recogida, para facilitar la emisión y agilizar el recuento de los votos, resulta conveniente realizar todas las votaciones a viva voz, sin perjuicio de mantener el voto por mensaje de WhatsApp para el caso excepcional de que sea perdida la conexión en el momento de ser llamado para votar;


Que el Consejo Superior Universitario, aprobó, en su reunión del 24 de junio de 2020, lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;


POR ELLO,


EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
RESUELVE:


ARTÍCULO 1º:
Modificar el punto 3. Del Anexo I del Reglamento de Funcionamiento del Consejo Superior Universitario aprobado por la resolución CSU-112/2020, el que quedará redactado del siguiente modo:


Donde dice:


“3.- Se conformará un grupo de WhatsApp para cada sesión con los/as consejeros/as que confirmen previamente su presencia en la misma en carácter de titulares, denominado en adelante “gcp”. El mismo se usará para las votaciones y para que los/as consejeros/as tengan contacto permanente con la secretaría del CSU, a fin de comunicar dificultades operativas o
ausencias temporarias o permanentes de la sesión. La pantalla de este grupo será visible en el panel de la videoconferencia.”


Debe decir:


3.- Se conformará un grupo de WhatsApp para cada sesión con las(os) consejeras(os) que confirmen previamente su presencia en la misma en carácter de titulares, denominado en adelante “gcp”. El mismo se usará para las votaciones y para que las(os) consejeras(os) tengan contacto permanente con la secretaría del CSU, a fin de comunicar dificultades operativas o ausencias temporarias o permanentes de la sesión.


ARTÍCULO 2º: Modificar el punto 9. Del Anexo I del Reglamento de Funcionamiento aprobado por la resolución CSU-112/2020, el que quedará redactado del siguiente modo:


Donde dice:


“9.- La votación se efectuará en las siguientes formas:


a) por signos: se le suministrará a los/as consejeros/as tres paletas diferenciada por color con las leyendas SI, NO y ABS (para casos de abstención), que los asistentes exhibirán ante la cámara en cada caso para registrar su decisión.


b) nominal: se formalizará mediante mensaje al grupo gcp con la leyenda A FAVOR, EN CONTRA o ABSTENCIÓN, y a continuación el punto del orden del día que se está votando. Luego de recibidos por secretaría los mensajes de todos los/as consejeros/as presentes, se cerrará la votación y se procederá al recuento. Ante cualquier dificultad en la recepción de votos por este medio, o duda en el recuento, se procederá a la votación a viva voz cuando por secretaría se llame a cada consejero/a por su nombre. Se habilitará el micrófono para que sea emitido el voto.”


Debe decir:


9.- La votación se efectuará a viva voz cuando por secretaría se llame a cada consejera(o) por su nombre. Se habilitará el micrófono para que sea emitido el voto. Ante cualquier dificultad para la emisión y/o recepción del voto, se formalizará mediante mensaje al grupo gcp con la leyenda A FAVOR, EN CONTRA o ABSTENCIÓN, a continuación del punto del orden del día y, en su caso, de la moción que se está votando.


ARTÍCULO 3º: Pase al Boletín Oficial para su publicación. Comuníquese a la Dirección de Comunicación Institucional para dar amplia difusión a la presente. Comuníquese a la Secretaría General de Coordinación y por su intermedio, a las Secretarías Generales y Subsecretarias de Rectorado. Tomen razón la Asamblea Universitaria, Departamentos Académicos, Profesorados Universitarios y CEMS. Cumplido, archívese.

 

DR. DANIEL A. VEGA

RECTOR UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

DR. MARIO ARRUIZ

SEC. GRAL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO