PERSONAL

REMUNERACIONES (Acuerdo Plenario CIN Nº 555/05)

 

Resolución CSU-222/05

 

BAHIA BLANCA 9 de mayo de 2005.

 

            VISTO:

            La presentación por la Asociación de Docentes de la Universidad Nacional del Sur (A.D.U.N.S.) manifestando el rechazo al Acuerdo plenario Nº 555 del Consejo Interuniversitario Nacional (C.I.N.); y

 

            CONSIDERANDO:

            Que en el mismo se recomienda a las Universidades “la liquidación de los adicionales salariales, tales como antigüedad, de las autoridades superiores con iguales criterios  que los de los docentes” y por tanto no resolvió el “aumento en los salarios de las autoridades universitarias” tal como cita la nota referida;

            Que si bien es opinión de este cuerpo que las sumas recibidas durante 2004 en carácter de recomposición de los ingresos a los agentes de las Universidades Nacionales han solucionado el problema salarial, también es cierto lo manifestado en los considerandos del Acuerdo Plenario Nº 555 sobre que dichos montos no se han computado para la retribución de los cargos de autoridades;

            Que por ende, quienes desempeñan cargos de autoridades superiores han visto deteriorado su poder adquisitivo tal vez en mayor proporción que el resto de la escala de asalariados universitarios, el menos aquellos cuyos ingresos como autoridades son comparables con los de nuestra Universidad;

            Que este Consejo considera que cualquier modificación en los ingresos, ya sea de autoridades como de cualquier otro agente de esta Casa, debe ser discutido en forma integrada;

            Que el marco adecuado para la discusión  de las nuevas escalas salariales debería ser la Mesa de Negociación Salarial  Docente, pero que la misma no se ha constituido demorando así la posible solución a la situación planteada;

            Lo aprobado por el Consejo Superior Universitario sobre tablas en su sesión del 4 de mayo de 2005;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Establecer que cualquier discusión salarial sobre posibles recomposiciones del ingreso de las autoridades universitarias se deberá realizar en el contexto de la discusión general sobre salarios de todos los agentes de la Universidad.

 

ARTICULO 2º).- Solicitar al Ministerio de Educación y Cultura y al Consejo Interuniversitario Nacional, como miembros integrantes de la Mesa de Negociación Salarial Docente, que implementen las medidas tendientes a una pronta constitución de dicho ámbito de discusión que permita canalizar el reclamo genuino sobre el ingreso de los agentes de las Universidades Nacionales.

 

ARTICULO 3º).- Pase A La Secretaría Privada del  Rector para su conocimiento  comunicación al Ministerio de Educación y Cultura, al CIN y a ADUNS. Cumplido, archívese.

 

MG. JORGE RAUL ARDENGHI

VICERRECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO