PERSONAL
REMUNERACIONES (Acuerdo Plenario CIN Nº 555/05)
Resolución
CSU-222/05
BAHIA
BLANCA 9 de mayo de 2005.
VISTO:
La presentación por la Asociación de
Docentes de la Universidad Nacional del Sur (A.D.U.N.S.) manifestando el
rechazo al Acuerdo plenario Nº 555 del Consejo Interuniversitario Nacional
(C.I.N.); y
CONSIDERANDO:
Que en el mismo se recomienda a
las Universidades “la liquidación de los adicionales salariales, tales como
antigüedad, de las autoridades superiores con iguales criterios que los de los docentes” y por tanto no
resolvió el “aumento en los salarios de las autoridades universitarias” tal
como cita la nota referida;
Que si bien es opinión de este
cuerpo que las sumas recibidas durante 2004 en carácter de recomposición de los
ingresos a los agentes de las Universidades Nacionales han solucionado el
problema salarial, también es cierto lo manifestado en los considerandos del
Acuerdo Plenario Nº 555 sobre que dichos montos no se han computado para la
retribución de los cargos de autoridades;
Que por ende, quienes desempeñan
cargos de autoridades superiores han visto deteriorado su poder adquisitivo tal
vez en mayor proporción que el resto de la escala de asalariados
universitarios, el menos aquellos cuyos ingresos como autoridades son
comparables con los de nuestra Universidad;
Que este Consejo considera que
cualquier modificación en los ingresos, ya sea de autoridades como de cualquier
otro agente de esta Casa, debe ser discutido en forma integrada;
Que el marco adecuado para la
discusión de las nuevas escalas
salariales debería ser la Mesa de Negociación Salarial Docente, pero que la misma no se ha
constituido demorando así la posible solución a la situación planteada;
Lo aprobado por el Consejo Superior
Universitario sobre tablas en su sesión del 4 de mayo de 2005;
POR ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E L V E :
ARTICULO
1º).- Establecer que cualquier discusión salarial sobre posibles
recomposiciones del ingreso de las autoridades universitarias se deberá
realizar en el contexto de la discusión general sobre salarios de todos los
agentes de la Universidad.
ARTICULO
2º).- Solicitar al Ministerio de Educación y Cultura y al Consejo
Interuniversitario Nacional, como miembros integrantes de la Mesa de
Negociación Salarial Docente, que implementen las medidas tendientes a una
pronta constitución de dicho ámbito de discusión que permita canalizar el
reclamo genuino sobre el ingreso de los agentes de las Universidades Nacionales.
ARTICULO
3º).- Pase A La Secretaría Privada del
Rector para su conocimiento
comunicación al Ministerio de Educación y Cultura, al CIN y a ADUNS.
Cumplido, archívese.
MG.
JORGE RAUL ARDENGHI
VICERRECTOR
LIC.
SANDRA BAIONI
SEC.
GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO