PRESUPUESTO

FOMEC / RACIONALIZACION DE CONSULTORIAS O PASANTIAS

Resolución CSU-226/02

Expediente CSU-284/02

BAHIA BLANCA, 6 de mayo de 2002.

VISTO:

La difícil situación financiera que atraviesa en general el Estado Nacional que repercute directamente en esta Casa de Altos Estudios; y

CONSIDERANDO:

Que ha sido "pesificado" el monto total de los Proyectos FOMEC, de acuerdo a lo previsto en la Circular Nº 17 UFI de la SPU;

Que ha sido modificada la paridad cambiaria, lo cual ha motivado la imposibilidad de realización de las actividades que involucraban el uso de divisas extranjeras;

Que las contrapartes de cada proyecto del FOMEC no están en su totalidad financiadas, lo cual adicionando a lo mencionado precedentemente, impide la realización de las actividades tal como habían sido presupuestadas en su origen;

Que existe autorización del FOMEC para reestructurar los proyectos para la adquisición de bienes, manteniendo el monto originalmente aprobado;

Que esta Consejo Superior considera conveniente priorizar la adquisición de bienes de capital con los escasos recursos disponibles;

Que el Consejo Superior Universitario, aprobó en su reunión del 24 de abril de 2002, lo aconsejado por su Comisión de Economía, Finanzas y Edificios;

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

ARTICULO 1º).- Suspender la realización de erogaciones vinculadas a actividades de Consultorías o Pasantías a realizarse en el exterior, o que involucren la contratación de Profesores o Asesores Técnicos del extranjero, o relacionados a compras de Bienes en el exterior.

ARTICULO 2º).- Suspender la realización de erogaciones vinculadas a actividades de Pasantías a realizarse en el país y el comienzo de nuevas contrataciones de Consultores o Asesores Técnicos del país y el comienzo de nuevas contrataciones de Consultores o Asesores Técnicos del país, quedando únicamente financiadas aquellas actividades de consultoría de profesores del país que cuentan actualmente con "No objeción" y con fecha cierta de realización.

 

ARTICULO 3º).-Mantener el financiamiento de las Becas FOMEC tendientes a la obtención de Maestrías o Doctorados que se encuentran actualmente en ejecución, hasta la conclusión de los respectivos compromisos asumidos.

ARTICULO 4º).- Autorizar a los Directores de Proyectos FOMEC, a reestructurar los proyectos ejecutivos con el fin de adquirir bienes de capital indispensables, teniendo en cuenta las contrapartes remanentes para cada Unidad Académica, y quedando a consideración del Consejo Superior Universitario la disponibilidad financiera para tales fines.

ARTICULO 5º).- Pase a la Secretaría General Técnica y a la Dirección Gral. de Economía y Finanzas, Unidad Ejecutora FOMEC para su conocimiento y demás efectos. Tomen razón las Unidades Académicas y el Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO