PRESUPUESTO
FOMEC / RACIONALIZACION DE CONSULTORIAS O PASANTIAS
Resolución CSU-226/02
Expediente CSU-284/02
BAHIA BLANCA, 6 de mayo de 2002.
VISTO:
La difícil situación financiera que atraviesa en general el Estado Nacional que repercute directamente en esta Casa de Altos Estudios; y
CONSIDERANDO:
Que ha sido "pesificado" el monto total de los Proyectos FOMEC, de acuerdo a lo previsto en la Circular Nº 17 UFI de la SPU;
Que ha sido modificada la paridad cambiaria, lo cual ha motivado la imposibilidad de realización de las actividades que involucraban el uso de divisas extranjeras;
Que las contrapartes de cada proyecto del FOMEC no están en su totalidad financiadas, lo cual adicionando a lo mencionado precedentemente, impide la realización de las actividades tal como habían sido presupuestadas en su origen;
Que existe autorización del FOMEC para reestructurar los proyectos para la adquisición de bienes, manteniendo el monto originalmente aprobado;
Que esta Consejo Superior considera conveniente priorizar la adquisición de bienes de capital con los escasos recursos disponibles;
Que el Consejo Superior Universitario, aprobó en su reunión del 24 de abril de 2002, lo aconsejado por su Comisión de Economía, Finanzas y Edificios;
POR ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º).- Suspender la realización de erogaciones vinculadas a actividades de Consultorías o Pasantías a realizarse en el exterior, o que involucren la contratación de Profesores o Asesores Técnicos del extranjero, o relacionados a compras de Bienes en el exterior.
ARTICULO 2º).- Suspender la realización de erogaciones vinculadas a actividades de Pasantías a realizarse en el país y el comienzo de nuevas contrataciones de Consultores o Asesores Técnicos del país y el comienzo de nuevas contrataciones de Consultores o Asesores Técnicos del país, quedando únicamente financiadas aquellas actividades de consultoría de profesores del país que cuentan actualmente con "No objeción" y con fecha cierta de realización.
ARTICULO 3º).-Mantener el financiamiento de las Becas FOMEC tendientes a la obtención de Maestrías o Doctorados que se encuentran actualmente en ejecución, hasta la conclusión de los respectivos compromisos asumidos.
ARTICULO 4º).- Autorizar a los Directores de Proyectos FOMEC, a reestructurar los proyectos ejecutivos con el fin de adquirir bienes de capital indispensables, teniendo en cuenta las contrapartes remanentes para cada Unidad Académica, y quedando a consideración del Consejo Superior Universitario la disponibilidad financiera para tales fines.
ARTICULO 5º).- Pase a la Secretaría General Técnica y a la Dirección Gral. de Economía y Finanzas, Unidad Ejecutora FOMEC para su conocimiento y demás efectos. Tomen razón las Unidades Académicas y el Boletín Oficial. Cumplido, archívese.
DR. LUIS MARIA FERNANDEZ
RECTOR
LIC. SANDRA BAIONI
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO