ALUMNOS / SISTEMA DE INECUACION  (Modif. Art.1° Anexo Res. CSU-951/05)

 

Resolución  CSU- 022/10

Expte. X-33/05

 

BAHIA BLANCA, 26 de febrero de 2010.

 

VISTO:

            La contingencia provocada por la epidemia de gripe A;

 

            Las Resoluciones CSU-951/05 y CSU-308/06 mediante las cuales se aprobó y puso en vigencia el sistema de inecuación que fija el número máximo de asignaturas que pueden cursar los alumnos en un cuatrimestre; y

 

CONSIDERANDO:

            Que debido a la modificación del calendario universitario según Res. R-603/09 y su ratificatoria CSU- 599/09, se alteró el normal desarrollo de los períodos de exámenes finales durante el año 2009;

 

            Que es conveniente hacer una especial consideración en el marco de esta situación excepcional, a fin de que los alumnos no se vean perjudicados en el cursado del primer cuatrimestre del corriente año;

 

            Que es aconsejable modificar transitoriamente el número de materias totales consideradas en la inecuación a los efectos del control de inscripciones a cursados en el primer cuatrimestre;

 

Que el Consejo Superior Universitario, en su reunión de fecha 24 de febrero de 2010, aprobó sobre tablas lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento y de Enseñanza;

 

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°: Incrementar, en forma transitoria y a los efectos del control de inscripciones a cursadas del primer cuatrimestre de 2010, en dos (2) el número de materias totales previstas para cada carrera, de acuerdo a lo estipulado en el Art.1° del Anexo de la Res. CSU-951/05.

 

ARTÍCULO 2°: Pase a la Secretaría General Académica y a la Dirección General de Alumnos y Estudios. Comuníquese a la Dirección General de Sistemas Informáticos y a los Departamentos Académicos. Cumplido, archívese.-

 

DR. GRUILLERMO CRAPISTE

RECTOR

 

ABOG. DIEGO DUPRAT

SECRETARIO GRAL CSU