REGLAMENTO FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL LABORATORIO DE ESTUDIOS
APICOLAS (LabEA)
Resolución CSU-232/10
Expediente 3168/09
BAHIA BLANCA, 13 de abril de
2010.
VISTO:
La propuesta de Reglamento de
funcionamiento Interno del LabEA elevada por
resolución del Consejo Departamental de Agronomía CD-217/09; y
CONSIDERANDO:
Que dicha propuesta de reglamento
resulta coherente con la estructura y objetivos del Laboratorio;
Que, en cumplimiento de
Que el Consejo Superior
Universitario aprobó en su reunión del 7 de abril de 2010, lo aconsejado por su
Comisión de Interpretación y Reglamento;
POR ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E L V E :
ARTICULO
1º).- Aprobar el Reglamento de Funcionamiento
interno del Laboratorio de Estudios Avícolas (LabEA), que consta como anexo de la presente.
ARTICULO
2º).- Pase al Departamento de Agronomía. Tome razón
DR. GUILLERMO H. CRAPISTE
RECTOR
DR: DIEGO DUPRAT
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR
UNIVERSITARIO
A
N E X O
Res.CSU-232/10
Reglamento de Funcionamiento Interno del Laboratorio
de Estudios Avícolas (LabEA)
Estructura
de Gobierno y Administración
Director
La autoridad representativa y ejecutiva del
Laboratorio es el Director. Se elegirá entre los miembros del Consejo Asesor.
Su designación deberá ser efectuada por el Consejo Departamental de Agronomía
en base a una propuesta del Consejo Asesor del Laboratorio. La designación se
hará cada cuatro años.
Será
deber del Director elevar al Consejo Departamental un plan de actividades del
Laboratorio al iniciar su mandato y un informe de las tareas realizadas al
finalizar su designación.
Consejo
Asesor
El Consejo Asesor estará constituido por los
investigadores a cargo de cada una de las diferentes líneas de investigación
que constituyen el Laboratorio.
El Consejo Asesor
asistirá al Director en todas las cuestiones relacionadas con la marcha y el
desarrollo del Laboratorio, así como en la creación de nuevas líneas de
investigación.
Su
función es la de colaborar con el Director y designar al reemplazante en caso
de ausencia.
El
Consejo Asesor se reunirá cada vez que sea convocado por el Director.
Funcionamiento
El Laboratorio de Estudios Avícolas (LabEA) funcionará en el marco que establece el Estatuto de
El
lugar físico y el equipamiento del Laboratorio serán solamente utilizados para
los fines específicos. Servirán de apoyo a los proyectos de investigación que
involucran las distintas líneas, a tesistas de posgrado, becarios, pasantes, al desarrollo de tesis de
grado de Ingeniería Agronómica, Técnico
Universitario Apícola u otra, asignaturas de grado y posgrado
y cualquier otra actividad relacionada con las funciones específicas del
Laboratorio.
Los
bienes adquiridos serán donados a
Fuentes
de Financiamiento
El sostén económico del Laboratorio se basará en el
aporte principal de los proyectos que involucran las líneas de trabajo que lo
componen y eventualmente cualquier otro aporte que resultare de convenios y
proyectos interuniversitarios nacionales o
internacionales, trabajos a terceros, aportes del Tesoro Nacional, organismos
nacionales de Ciencia y Tecnología y donaciones.
DR. GUILLERMO H. CRAPISTE
RECTOR
ABOG. DIEGO DUPRAT
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR
UNIVERSITARIO