PLANES DE ESTUDIO

CADUCIDAD PLAN LIC. EN QUÍMICA

 

Resolución CSU-234 /23

Expte. 2794/2005

 

BAHÍA BLANCA, 27 de abril de 2023

 

VISTO:

La resolución CD-103/2023 del Consejo Departamental de Química por la que solicita la caducidad del Plan de Estudios 2006 de la Licenciatura en Química “versión 2”;

 

La Res. APN-ME 1552/2021 que estable los contenidos curriculares básicos y estándares para la acreditación de las carreras de Licenciatura en Química;

 

La resolución CSU-297/21 que establece el procedimiento técnico administrativo a seguir a efectos de garantizar la caducidad de un plan de estudios; y

 

CONSIDERANDO:

Que actualmente, para la Licenciatura en Química, coexisten tres planes de estudio activos: a) Plan 2023 “versión 1” Res. CSU-694/2022; b) Plan 2012 “versión 2” Res. CSU-261/2016 y c) Plan 2006 “versión 2” Res. CSU-908/2009;

 

Que el Plan 2012 “versión 2” Res. CSU-261/2016 y el Plan 2006 “versión 2” Res. CSU908/ 2009 no cumplen con los estándares de acreditación de las carreras de Licenciatura en Química, establecidos en el año 2021 por resolución ministerial Res. APN-ME 1552/2021 para quienes obtengan el título de Licenciada/o en Química;

 

Que el plan vigente para la Licenciatura en Química es el Plan 2023 “versión 1”, Res. CSU694/2022, que fue creado a fin de cumplir expresamente con los estándares de acreditación citados precedentemente;

 

Que conforme lo regula el Texto Ordenado del Reglamento de la Actividad Estudiantil (Res. CSU-406/2012 y modificatorias) la condición de alumna/o regular (art. 1º), la validez de aprobación de las materias (art. 21º) y la validez de los planes de estudio será de diez (10) años contados a partir del ingreso a la Universidad Nacional del Sur, pasados los cuales la/el alumna/o pasará al plan de estudios que se encuentre vigente a la fecha (artículo 3º);

 

Que actualmente existen 3 (tres) estudiantes que revisten en condición de regular en el plan 2006 que han superado el periodo de diez (10) años contados a partir de su ingreso a la Universidad Nacional del Sur, el cual es el tiempo máximo que la Universidad se compromete a garantizar la validez de los planes de estudio;

 

Que se contactó de manera individual a las/os estudiantes aún inscriptos en el plan 2006, para interiorizarse sobre su situación;

 

Que no es factible la coexistencia de 3 (tres) planes de estudios simultáneos y en tal sentido se generó un requerimiento desde CONEAU durante el proceso de acreditación de la carrera solicitando llevar adelante la caducidad del plan 2006 para efectivizar la acreditación del Plan 2023 “versión 1” de la carrera Licenciatura en Química;

 

Que la Comisión Curricular de la Licenciatura en Química analizó la situación y recomienda la caducidad del Plan de Estudios 2006 “versión 2” y fundamenta su decisión en que el mismo no cumple con los contenidos curriculares mínimos y estándares establecidos por Res. APN-ME 1552/2021;

 

Que la Dirección de Gestión Administrativa de Planes de Estudios informó que ha realizado los controles pertinentes y que la propuesta se ajusta a la normativa vigente, en cumplimiento de la resolución CSU-297/2021;

 

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del 26 de abril de 2023, lo aconsejado por su Comisión de Enseñanza;

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Establecer la caducidad del Plan de Estudios 2006 de la carrera de Licenciatura en Química “versión 2”, fijando como fecha límite de vigencia el comienzo del segundo cuatrimestre de 2024.

 

ARTÍCULO 2º: Notifíquese a todas las unidades académicas involucradas en el plan de referencia a los efectos de que arbitren las medidas necesarias para evitar la habilitación de mesas de exámenes, coincidentes o posteriores a la fecha de caducidad establecida en esta resolución.

 

ARTÍCULO 3º: Pase a la Secretaría General Académica para dar cumplimiento al artículo 2º de esta resolución. Gírese a la Dirección General de Gestión Académica a sus efectos. Tome razón el Departamento de Química. Dese a la Dirección General de Boletín Oficial y Digesto. Cumplido, archívese.

DR. DANIEL A. VEGA

RECTOR

DR. JAVIER OROZCO

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO