CEMS - PAUTAS PARA REUBICACION DE DOCENTES - (Modif. R-81/99)

 

Resolución CSU-242/00

Expediente CEMS-2002/97.

 

BAHIA BLANCA, 4 de mayo de 2000.

 

VISTO:

La Res. Nº 015/00 del CEMS sobre el criterio de confección de listados del personal docente del CEMS; y

 

CONSIDERANDO:

Que se han detectado situaciones de inequidad;

 

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del 26 de abril de 2000, lo aconsejado por su Comisión de Establecimientos Secundarios y Terciarios;

 

POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Dejar sin efecto el punto I y II del inciso d) del Art. 1º de la Resolución R-81/99 ratificada por Res.CSU-68/99, que a continuación se transcribe:

 

"Art. 1º.- d) Cuando no exista coincidencia con la carga horaria o con los puntos de la asignatura o cargo, respectivamente, de destino (según lo establecido en el inciso c); se seguirá el siguiente criterio:

 

  1. Si la asignatura de destino tiene menor carga horaria o el cargo tiene menor puntaje, perderá la condición de interino en las horas o puntos que se excedan, respectivamente.
  2.  

  3. La reubicación en una asignatura de mayor carga horaria o cargo de mayor puntaje será contemplada solo cuando la diferencia de la carga horaria no exceda un módulo de 80 minutos o la diferencia de puntaje no supere el 10%"

 

ARTICULO 2º).- Pase a la Secretaría General Académica, al CEMS y por su intermedio comuníquese a las Escuelas Medias y Terciarias dependientes de la UNS. Cumplido; archívese.

 

DR. GUSTAVO A. ORIOLI

VICERRECTOR

DR. LEANDRO BENGOCHEA

SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO