INGRESO A LA ECBC 2021

CURSO DE NIVELACIÓN /MODALIDAD VIRTUAL

 

Resolución CSU-249/20

Expte. 2634/2013

 

BAHÍA BLANCA, 13 de julio de 2020

 

VISTO:

La resolución CSU-283/14 que reglamenta el Ingreso a la Escuela de Ciclo Básico Común (ECBC);

 

CONSIDERANDO:
Que por resolución R-172/2020 se dispuso el cierre de todos los edificios e instalaciones de la Universidad Nacional del Sur con restricción para el ingreso de personas desde el 20 y hasta el 31 de marzo inclusive del corriente año, o hasta la finalización de la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesta por el DNU Nº 297/2020;

 

Que el Poder Ejecutivo Nacional, mediante Decreto N° 520/2020, determinó un nuevo marco normativo para todas aquellas zonas en donde no existe transmisión comunitaria de SARS-CoV-2, estableciendo el “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, que actualmente rige para Bahía Blanca y los partidos de la región;

 

Que ante el aislamiento social impuesto por la pandemia, la UNS ha debido modificar condiciones de cursados, formas de dictado de asignaturas utilizando medios no presenciales, toma de exámenes y hasta su modalidad de sesión en los órganos de gobierno, entre otras tantas alternativas que se gestaron como respuesta ante la adversidad y con el propósito de acompañar a los estudiantes en su proceso formativo y a los docentes y no docentes en su tarea diaria;

 

Que la incertidumbre en la fecha y modalidad de regreso a las actividades académicas presenciales, pone en duda el cumplimiento en tiempo y forma de lo establecido en el ARTÍCULO 5° del Anexo de la Res. CSU-283/14: “La U.N.S. ofrecerá un Curso de Nivelación de Matemática y Lengua, con modalidad presencial, de 12 (doce) semanas de duración…”;

 

Que en función de la experiencia de países que han superado la fase epidemiológica crítica de la enfermedad, en relación a la vuelta a las actividades académicas presenciales en escuelas, dada las particularidades de esta pandemia, es incierto en nuestro medio que esa presencialidad pueda afirmarse con fecha definida;

 

Que en el marco de la 97º Asamblea del Consejo Federal de Educación, el día 2 de julio se aprobaron los protocolos para la vuelta a las clases presenciales con un sistema "bimodal" que alternará la enseñanza presencial y a distancia a partir del mes de agosto;

 

Que existen diferencias importantes en la evolución de la pandemia entre las regiones de nuestro país y que podría darse el caso de un grado de presencialidad posible en nuestra ciudad bajo protocolos de bioseguridad,

 

Que ante un futuro incierto y cambiante resulta razonable la toma de medidas de acuerdo a la evolución de la pandemia y en base a las opiniones de expertos y en la medida de no generar acciones irreversibles que no puedan ser factibles de correcciones o ajustes;

 

Que la Res 283/14, establece las condiciones de inscripción y acceso a la Escuela de Ciclo Básico Común y en consecuencia los aspirantes se preparan actualmente para el ingreso con las reglas allí establecidas.

 (http://www.uns.edu.ar/escuelas/ciclobasico/132/285_680#reglamentaciones)

 

Que la UNS ha debido y quizás deberá realizar ajustes adicionales en su calendario universitario, por las propia dinámica de la pandemia y que dichos ajustes, si bien se realizan por razones de fuerza mayor, también deben minimizar el impacto de las modificaciones introducidas en la vida académica de la Institución y en las aspiraciones y expectativas de sus miembros;

 

Que las razones de urgencia no se constituyen prima facie en el caso del ingreso a la Escuela de Ciclo Básico Común, resultando factible continuar con el proceso de inscripción, dejando la definición de la modalidad -o no- de examen para una fecha posterior, como ha ocurrido en las asignaturas de toda la UNS;

 

Que si bien se puede planificar en un escenario optimista, es crítico disponer acciones que prevean el supuesto de continuidad de la no presencialidad y/o imposibilidades fácticas que obstaculicen definitivamente la toma del examen de ingreso;

 

Que también es imprescindible planear para un eventual ingreso con otro mecanismo que no sea el examen, estrategias pedagógicas a ser encaradas desde el inicio del ciclo lectivo 2021 para interactuar con un mucho mayor número de ingresantes con una modalidad diferente a la tradicional con la que ha trabajado la escuela;

 

Que el dictado del curso de nivelación da una oportunidad para reforzar los contenidos del 6º año en la escuela primaria, y que más allá de la oportunidad del ingreso a las escuelas, aportan a la comunidad una opción adicional formativa;

 

Que así como la Universidad lo ha realizado de manera masiva en una gran mayoría de sus cátedras para la totalidad de sus carreras, es posible la generación de contenidos digitales que permiten una modalidad no presencial y asincrónica para impartir los contenidos de los Cursos de Nivelación de Lengua y Matemática, y la realización de consultas a los docentes mediante foros o chats en línea;

 

Que para garantizar la igualdad de oportunidades entre los aspirantes, sobre todo la de los de más bajos recursos, es necesario asegurar el acceso gratuito a los contenidos de los Cursos de Nivelación de Lengua y Matemática;

 

Que por acuerdo con el Ente Nacional de Comunicaciones, las compañías de telefonía móvil brindan servicio de conexión gratuita a las plataformas de las universidades públicas de toda la Argentina;

 

Que las diferentes Unidades Académicas de la UNS vienen implementado el dictado en modalidad virtual de un muy elevado porcentaje de las asignaturas a su cargo;

 

Que en caso de que en fechas próximas al examen de ingreso resulte imposible la toma en modalidad presencial del mismo, es necesario establecer un mecanismo alternativo para garantizar el proceso de ingreso al ciclo lectivo 2021 de la ECBC de la UNS;

 

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del 08 de julio de 2020, el dictamen de minoría, con modificaciones, aconsejado por sus Comisiones de Establecimientos Secundarios y Terciarios y de Interpretación y Reglamento;

POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Reemplazar provisoriamente el dictado con modalidad presencial del Curso de Nivelación de Matemática y Lengua establecido en el Artículo 5º del Anexo de la Resolución CSU-283/14 para el ingreso al ciclo lectivo 2021 a la Escuela del Ciclo Básico Común (ECBC) de la UNS, por el dictado con modalidad virtual asincrónica, en el marco de las medidas adoptadas por la pandemia de Covid-19.

 

ARTÍCULO 2º: El curso de nivelación mencionado en el Artículo 1º se desarrollará entre la segunda quincena de septiembre y noviembre de 2020, y las pautas de su implementación serán establecidas por la ECBC, sin perjuicio de lo establecido en el ARTÍCULO 3º de la presente resolución. En caso de sostenerse la modalidad de examen, el mencionado curso será obligatorio para todos los aspirantes; mientras que, en caso de que el ingreso se realice en su totalidad por sorteo, el mismo será obligatorio para todos los ingresantes y abierto a los aspirantes no seleccionados en dicho sorteo. El contenido elaborado para el curso será puesto a disposición de la comunidad educativa de la jurisdicción a través del Consejo Escolar de Bahía Blanca.

 

ARTÍCULO 3º: Encomendar a la Escuela de Ciclo Básico Común que, siguiendo lo indicado en los Artículo 6º del Anexo de la Resolución CSU-283/14:

 

a) Genere contenidos digitales para la implementación de los cursos de nivelación virtuales asincrónicos, y los aloje en el sitio uns.edu.ar;

 

b) Establezca mecanismos para la realización de consultas por parte de los aspirantes inscriptos;

 

c) Establezca el mecanismo para garantizar el cumplimiento de la obligatoriedad de dichos cursos.

 

ARTÍCULO 4º: Instrumentar los mecanismos habituales de convocatoria de docentes, que este año tendrán a cargo la generación de contenidos digitales para los cursos, la atención virtual de consultas y la toma de examen en formato presencial cuando esta sea posible.

 

ARTÍCULO 5º: Encomendar a la Secretaría General de Bienestar Universitario que tome acciones tendientes a garantizar el acceso al curso virtual asincrónico de los aspirantes (en caso de sostenerse la modalidad de examen) o de los ingresantes (en caso de que el ingreso se realice por sorteo) con limitaciones de conectividad. Al momento de la inscripción se indagará sobre las limitaciones de conectividad de cada aspirante.

 

ARTÍCULO 6º: Establecer como fecha límite para la toma de la decisión sobre el sostenimiento de la modalidad de ingreso prevista en el Resolución CSU-283/14, el día 08 de septiembre de 2020. El Rector emitirá una resolución basado en un informe de la Dirección de Higiene y Seguridad del Trabajo de la UNS. El informe contemplará las normativas que en ese momento se encuentren vigentes, y establecerá la factibilidad y protocolo para la toma del examen presencial. En caso de no ser posible la toma del examen en forma presencial, el mecanismo de ingreso será por sorteo. En tal caso, el sorteo se realizará el día 11 de septiembre de 2020, de acuerdo a las pautas establecidas en el inciso c) del Artículo 16º del Anexo de la mencionada resolución. En caso que el sorteo no pueda realizarse por la Lotería de la Ciudad (ex Lotería Nacional), el mismo se realizará ante escribano público.

 

ARTÍCULO 7º: Requerir al CEMS la elaboración de una propuesta pedagógica integral que contemple las particularidades de un ingreso masivo 2021 bajo la modalidad de sorteo y el acompañamiento de alumnos que transitaron su 6to año con las dificultades propias impuestas por la cuarentena.

 

ARTÍCULO 8º: Pase a la Secretaría General Académica para su conocimiento. Gírese al CEMS y por su intermedio a la Escuela de Ciclo Básico Común a sus efectos. Dése al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

 

DR. DANIEL ALBERTO VEGA

RECTOR

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

DR. MARIO ARRUIZ

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR