INGRESO A LA ECBC 2021
CURSO DE NIVELACIÓN /MODALIDAD VIRTUAL
Resolución CSU-249/20
Expte. 2634/2013
BAHÍA BLANCA, 13 de julio de 2020
VISTO:
La resolución CSU-283/14 que reglamenta el Ingreso a la Escuela de
Ciclo Básico Común (ECBC);
CONSIDERANDO:
Que por resolución R-172/2020 se dispuso el cierre de todos los
edificios e instalaciones de la Universidad Nacional del Sur con restricción
para el ingreso de personas desde el 20 y hasta el 31 de marzo inclusive del
corriente año, o hasta la finalización de la medida de aislamiento social,
preventivo y obligatorio dispuesta por el DNU Nº 297/2020;
Que el Poder Ejecutivo Nacional, mediante Decreto N° 520/2020, determinó
un nuevo marco normativo para todas aquellas zonas en donde no existe
transmisión comunitaria de SARS-CoV-2, estableciendo el “Distanciamiento
Social, Preventivo y Obligatorio”, que actualmente rige para Bahía Blanca y los
partidos de la región;
Que ante el aislamiento social impuesto por la pandemia, la UNS ha
debido modificar condiciones de cursados, formas de dictado de asignaturas
utilizando medios no presenciales, toma de exámenes y hasta su modalidad de
sesión en los órganos de gobierno, entre otras tantas alternativas que se
gestaron como respuesta ante la adversidad y con el propósito de acompañar a
los estudiantes en su proceso formativo y a los docentes y no docentes en su tarea
diaria;
Que la incertidumbre en la fecha y modalidad de regreso a las
actividades académicas presenciales, pone en duda el cumplimiento en tiempo y
forma de lo establecido en el ARTÍCULO 5° del Anexo de la Res. CSU-283/14: “La
U.N.S. ofrecerá un Curso de Nivelación de Matemática y Lengua, con modalidad
presencial, de 12 (doce) semanas de duración…”;
Que en función de la experiencia de países que han superado la
fase epidemiológica crítica de la enfermedad, en relación a la vuelta a las
actividades académicas presenciales en escuelas, dada las particularidades de esta
pandemia, es incierto en nuestro medio que esa presencialidad
pueda afirmarse con fecha definida;
Que en el marco de la 97º Asamblea del Consejo Federal de
Educación, el día 2 de julio se aprobaron los protocolos para la vuelta a las
clases presenciales con un sistema "bimodal" que alternará la
enseñanza presencial y a distancia a partir del mes de agosto;
Que existen diferencias importantes en la evolución de la pandemia
entre las regiones de nuestro país y que podría darse el caso de un grado de presencialidad posible en nuestra ciudad bajo protocolos de
bioseguridad,
Que ante un futuro incierto y cambiante resulta razonable la toma
de medidas de acuerdo a la evolución de la pandemia y en base a las opiniones
de expertos y en la medida de no generar acciones irreversibles que no puedan
ser factibles de correcciones o ajustes;
Que la Res 283/14, establece las condiciones de inscripción y
acceso a la Escuela de Ciclo Básico Común y en consecuencia los aspirantes se
preparan actualmente para el ingreso con las reglas allí establecidas.
(http://www.uns.edu.ar/escuelas/ciclobasico/132/285_680#reglamentaciones)
Que la UNS ha debido y quizás deberá realizar ajustes adicionales
en su calendario universitario, por las propia dinámica de la pandemia y que
dichos ajustes, si bien se realizan por razones de fuerza mayor, también deben
minimizar el impacto de las modificaciones introducidas en la vida académica de
la Institución y en las aspiraciones y expectativas de sus miembros;
Que las razones de urgencia no se constituyen prima facie en
el caso del ingreso a la Escuela de Ciclo Básico Común, resultando factible
continuar con el proceso de inscripción, dejando la definición de la modalidad
-o no- de examen para una fecha posterior, como ha ocurrido en las asignaturas
de toda la UNS;
Que si bien se puede planificar en un escenario optimista, es
crítico disponer acciones que prevean el supuesto de continuidad de la no presencialidad y/o imposibilidades fácticas que obstaculicen
definitivamente la toma del examen de ingreso;
Que también es imprescindible planear para un eventual ingreso con
otro mecanismo que no sea el examen, estrategias pedagógicas a ser encaradas
desde el inicio del ciclo lectivo 2021 para interactuar con un mucho mayor
número de ingresantes con una modalidad diferente a la tradicional con la que
ha trabajado la escuela;
Que el dictado del curso de nivelación da una oportunidad para
reforzar los contenidos del 6º año en la escuela primaria, y que más allá de la
oportunidad del ingreso a las escuelas, aportan a la comunidad una opción
adicional formativa;
Que así como la Universidad lo ha realizado de manera masiva en
una gran mayoría de sus cátedras para la totalidad de sus carreras, es posible
la generación de contenidos digitales que permiten una modalidad no presencial
y asincrónica para impartir los contenidos de los Cursos de Nivelación de
Lengua y Matemática, y la realización de consultas a los docentes mediante
foros o chats en línea;
Que para garantizar la igualdad de oportunidades entre los
aspirantes, sobre todo la de los de más bajos recursos, es necesario asegurar
el acceso gratuito a los contenidos de los Cursos de Nivelación de Lengua y Matemática;
Que por acuerdo con el Ente Nacional de Comunicaciones, las
compañías de telefonía móvil brindan servicio de conexión gratuita a las
plataformas de las universidades públicas de toda la Argentina;
Que las diferentes Unidades Académicas de la UNS vienen
implementado el dictado en modalidad virtual de un muy elevado porcentaje de
las asignaturas a su cargo;
Que en caso de que en fechas próximas al examen de ingreso resulte
imposible la toma en modalidad presencial del mismo, es necesario establecer un
mecanismo alternativo para garantizar el proceso de ingreso al ciclo lectivo
2021 de la ECBC de la UNS;
Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del 08
de julio de 2020, el dictamen de minoría, con modificaciones, aconsejado por
sus Comisiones de Establecimientos Secundarios y Terciarios y de Interpretación
y Reglamento;
POR ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR
UNIVERSITARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Reemplazar provisoriamente el dictado
con modalidad presencial del Curso de Nivelación de Matemática y Lengua
establecido en el Artículo 5º del Anexo de la Resolución CSU-283/14 para el
ingreso al ciclo lectivo 2021 a la Escuela del Ciclo Básico Común (ECBC) de la
UNS, por el dictado con modalidad virtual asincrónica, en el marco de las medidas
adoptadas por la pandemia de Covid-19.
ARTÍCULO 2º: El curso de nivelación mencionado en el
Artículo 1º se desarrollará entre la segunda quincena de septiembre y noviembre
de 2020, y las pautas de su implementación serán establecidas por la ECBC, sin
perjuicio de lo establecido en el ARTÍCULO 3º de la presente resolución. En
caso de sostenerse la modalidad de examen, el mencionado curso será obligatorio
para todos los aspirantes; mientras que, en caso de que el ingreso se realice en
su totalidad por sorteo, el mismo será obligatorio para todos los ingresantes y
abierto a los aspirantes no seleccionados en dicho sorteo. El contenido
elaborado para el curso será puesto a disposición de la comunidad educativa de
la jurisdicción a través del Consejo Escolar de Bahía Blanca.
ARTÍCULO 3º: Encomendar a la Escuela de Ciclo Básico
Común que, siguiendo lo indicado en los Artículo 6º del Anexo de la Resolución
CSU-283/14:
a) Genere contenidos digitales para la implementación de los
cursos de nivelación virtuales asincrónicos, y los aloje en el sitio
uns.edu.ar;
b) Establezca mecanismos para la realización de consultas por
parte de los aspirantes inscriptos;
c) Establezca el mecanismo para garantizar el cumplimiento de la
obligatoriedad de dichos cursos.
ARTÍCULO 4º: Instrumentar los mecanismos habituales
de convocatoria de docentes, que este año tendrán a cargo la generación de
contenidos digitales para los cursos, la atención virtual de consultas y la
toma de examen en formato presencial cuando esta sea posible.
ARTÍCULO 5º: Encomendar a la Secretaría General de
Bienestar Universitario que tome acciones tendientes a garantizar el acceso al
curso virtual asincrónico de los aspirantes (en caso de sostenerse la modalidad
de examen) o de los ingresantes (en caso de que el ingreso se realice por
sorteo) con limitaciones de conectividad. Al momento de la inscripción se
indagará sobre las limitaciones de conectividad de cada aspirante.
ARTÍCULO 6º: Establecer como fecha límite para la
toma de la decisión sobre el sostenimiento de la modalidad de ingreso prevista
en el Resolución CSU-283/14, el día 08 de septiembre de 2020. El Rector emitirá
una resolución basado en un informe de la Dirección de Higiene y Seguridad del
Trabajo de la UNS. El informe contemplará las normativas que en ese momento se
encuentren vigentes, y establecerá la factibilidad y protocolo para la toma del
examen presencial. En caso de no ser posible la toma del examen en forma
presencial, el mecanismo de ingreso será por sorteo. En tal caso, el sorteo se
realizará el día 11 de septiembre de 2020, de acuerdo a las pautas establecidas
en el inciso c) del Artículo 16º del Anexo de la mencionada resolución. En caso
que el sorteo no pueda realizarse por la Lotería de la Ciudad (ex Lotería
Nacional), el mismo se realizará ante escribano público.
ARTÍCULO 7º: Requerir al CEMS la elaboración de una
propuesta pedagógica integral que contemple las particularidades de un ingreso
masivo 2021 bajo la modalidad de sorteo y el acompañamiento de alumnos que transitaron
su 6to año con las dificultades propias impuestas por la cuarentena.
ARTÍCULO 8º: Pase a la Secretaría General Académica
para su conocimiento. Gírese al CEMS y por su intermedio a la Escuela de Ciclo
Básico Común a sus efectos. Dése al Boletín Oficial.
Cumplido, archívese.
DR.
DANIEL ALBERTO VEGA
RECTOR
UNIVERSIDAD
NACIONAL DEL SUR
DR.
MARIO ARRUIZ
SEC.
GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
UNIVERSIDAD
NACIONAL DEL SUR