PERSONAL DOCENTE
INCOMPATIBILIDADES (Mod. Art. 10 inc. c)
CSU-373/02)
Resolución CSU-263/03
Expediente 1698/96 4º C
BAHIA BLANCA, 27 de mayo de 2003.
VISTO:
El
Régimen de Incompatibilidades para el Personal Docente Universitario de la
Universidad Nacional del Sur (Res.CSU-373/02); y
CONSIDERANDO:
Que
dicho Régimen contempla la realización de tareas extraordinarias por parte de
los docentes universitarios con dedicación exclusiva, remuneradas mediante
asignaciones complementarias;
Que
tratándose de tareas que exceden las establecidas por el régimen de la función
docente para dicha dedicación, no es conveniente la realización simultánea de
más de una;
Que
el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del 21 de mayo de 2003,
lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;
POR
ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º).- Modificar el inciso
c) del Artículo 10º de la Res. CSU-373/02 (Régimen de Incompatibilidades para
el Personal Docente Universitario de la Universidad Nacional del Sur), quedando
su texto redactado del siguiente modo:
“la realización de tareas
docentes, de investigación, gestión o extensión, de carácter extraordinario, en
el ámbito de la UNS, remuneradas por vía de asignaciones complementarias. Es
incompatible la realización simultánea de más de una de estas tareas.”
ARTICULO 2º).- Pase a la
Secretaría General Académica y a la Dirección General de Personal a todos sus
efectos. Comuníquese a las dependencias académicas. Dése al Boletín Oficial.
Cumplido, archívese.
DR. LUIS
MARIA FERNANDEZ
RECTOR
LIC. SANDRA
BAIONI
SEC.GRAL.CONSEJO
SUPERIOR UNIVERSITARIO