PERSONAL DOCENTE

INCOMPATIBILIDADES (Mod. Art. 10 inc. c) CSU-373/02)

 

 

Resolución CSU-263/03

Expediente 1698/96 4º C

 

BAHIA BLANCA, 27 de mayo de 2003.

 

            VISTO:

            El Régimen de Incompatibilidades para el Personal Docente Universitario de la Universidad Nacional del Sur (Res.CSU-373/02); y

 

            CONSIDERANDO:

            Que dicho Régimen contempla la realización de tareas extraordinarias por parte de los docentes universitarios con dedicación exclusiva, remuneradas mediante asignaciones complementarias;

 

            Que tratándose de tareas que exceden las establecidas por el régimen de la función docente para dicha dedicación, no es conveniente la realización simultánea de más de una;

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del 21 de mayo de 2003, lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Modificar el inciso c) del Artículo 10º de la Res. CSU-373/02 (Régimen de Incompatibilidades para el Personal Docente Universitario de la Universidad Nacional del Sur), quedando su texto redactado del siguiente modo:

 

“la realización de tareas docentes, de investigación, gestión o extensión, de carácter extraordinario, en el ámbito de la UNS, remuneradas por vía de asignaciones complementarias. Es incompatible la realización simultánea de más de una de estas tareas.”

 

ARTICULO 2º).- Pase a la Secretaría General Académica y a la Dirección General de Personal a todos sus efectos. Comuníquese a las dependencias académicas. Dése al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

 

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO