COMISION CURRICULAR

LIC. EN OBSTETRICIA

 

Resolución CSU-265/23

Expte. 1331/2023

 

BAHÍA BLANCA, 27 de abril de 2023

 

VISTO:

La resolución AU-15/18, que crea la carrera de Licenciatura en Obstetricia en el Departamento de Ciencias de la Salud;

 

La resolución CSU-112/2017, que establece el Régimen y funcionamiento de las Comisiones Curriculares;

 

La resolución DCS-163/2023 del Consejo Departamental de Ciencias de la Salud, mediante la cual solicita una excepción al artículo 4° (incisos a, b y c) del Texto Ordenado de Comisiones Curriculares (Res. CSU-112/2017), para conformar la Comisión Curricular de la Licenciatura en Obstetricia; y

 

CONSIDERANDO:

Que es necesario contar con una Comisión Curricular que acompañe la implementación de la carrera mencionada desde etapas tempranas;

 

Que el artículo 3° del anexo de la Resolución CSU-112/17 establece que la constitución de las Comisiones Curriculares de las carreras es responsabilidad del Departamento Académico que la tiene a su cargo;

 

Que la carrera tiene un plan curricular integrado y se ha organizado en forma de Áreas que integran diferentes disciplinas,

 

Que la carrera no cuenta, actualmente, con estudiantes con un avance superior al 60 % (inciso C, artículo 4°, anexo Res. CSU-112/2017) pero que gran parte de sus estudiantes realizan o realizaron otras carreras universitarias que forman parte del Departamento de Ciencias de la Salud;

Que resoluciones departamentales en otras carreras han apuntado a promover la participación del estudiantado en todas las carreras del Departamento de Ciencias de Salud desde sus inicios;

 

Que la participación del estudiantado en todas las instancias de gestión del Departamento de Ciencias de la Salud (comisiones curriculares, de evaluación, grupos planificadores, comisión de género y otras) apuntan a promover el cogobierno universitario, el involucramiento del estudiantado y el desarrollo de competencias que exceden a la formación disciplinar específica;

 

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, sobre tablas, en su reunión del 26 de abril de 2023, lo aconsejado en su Comisión de Enseñanza;

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°: Hacer lugar al pedido de excepción a la resolución CSU-112/2017, artículo 4° - incisos a) y b) permitiendo la conformación de la Comisión Curricular reflejando la organización por áreas; y sin la restricción de “poseer el título que otorga la carrera”.

 

ARTÍCULO 2°: Hacer lugar al pedido de excepción a la resolución CSU-112/2017, artículo 4° - inciso c) permitiendo la incorporación de estudiantes de Licenciatura en Obstetricia que hayan aprobado al menos una asignatura, hasta tanto haya estudiantes que tengan el 60% aprobado de la carrera Licenciatura en Obstetricia.

 

ARTÍCULO 3°: Pase a la Secretaría General Académica y al Departamento de Ciencias de la Salud a sus efectos. Dese a la Dirección General de Boletín Oficial y Digesto. Cumplido, archívese.

 

DR. DANIEL A. VEGA

RECTOR

DR. JAVIER OROZCO

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO