DESIGNA AL LIC. PEDRO IGNACIO GARABAN COMO DIRECTOR DEL CORO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

 

Resolución CSU-270/22

Expedientes 865/00, 287/00 y 541/87

BAHÍA BLANCA, 12 de mayo de 2022

VISTO:

La resolución CSU-091/22 que dispone el llamado a concurso para cubrir el cargo de Directora/or del Coro de la Universidad Nacional del Sur;

 

El acta del concurso del cargo de Directora/or del Coro de la Universidad Nacional del Sur, de fecha 12 de abril de 2022, suscripta por los Sres. Carmelo Ceferino FIORITTI, Guillermo Raúl TESONE y Santiago Andrés CANO; y

 

CONSIDERANDO:

Que tanto el llamado a concurso como la sustanciación del mismo se realizaron siguiendo las pautas establecidas en la resolución CSU-091/22;

 

Que formalizaron la inscripción nueve (9) postulantes, de los cuales algunas/os no presentaron antecedentes suficientes para pasar a la segunda instancia o no demostraron las aptitudes requeridas para el cargo;

 

Que, tal como surge del acta del concurso, el jurado propone la designación del Lic.. Pedro Ignacio GARABÁN quien ha demostrado reunir las condiciones necesarias para el cargo;

 

Que el artículo 9º de la resolución que dispone el llamado establece que le corresponde al Consejo Superior Universitario designar a la/el Directora/or del Coro de la Universidad Nacional del Sur luego de recibido el dictamen del jurado;

 

Que la Dirección de Programación y Control Presupuestario informa que la designación a partir del 1 de junio de 2022 es presupuestariamente factible;

 

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del 11 de mayo de 2022, lo aconsejado por su Comisión de Investigaciones Científicas y Tecnológicas, Institutos, Becas, Subsidios y Extensión;

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Designar al Lic. Pedro Ignacio GARABAN (DNI 33.369.542) en el cargo de Director del Coro de la Universidad Nacional del Sur, por el término de 5 años contados a partir del 1 de junio de 2022.

 

ARTÍCULO 2º: Por el desempeño de sus funciones el Sr. GARABAN percibirá una remuneración equivalente a la suma de diecisiete (17) horas cátedra de nivel superior y ocho (8) horas cátedra de nivel medio.

 

ARTÍCULO 3º: Afectar la erogación a la siguiente imputación presupuestaria:

 

Unidades presupuestarias

Red programática

 

036.001.000 (SECRETARIA GENERAL DE CULTURA Y EXTENSION)

01.00.00.01.00 - PLANTA DOCENTE PERMANENTE

030.001.000 (CEMS)

02.00.00.01.00 - PLANTA PREUNIVERSITARIA PERMANENTE

 

ARTÍCULO 4º: Pase a la Secretaría General de Cultura y Extensión Universitaria para su conocimiento y comunicación al interesado. Gírese a las Direcciones Generales de Economía y Finanzas y de Personal. Dese al Boletín Oficial y a la Dirección de Comunicación Institucional. Cumplido, archívese.

DR. DANIEL A. VEGA

RECTOR

DRA. ANDREA S. CASTELLANO

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO