CORREO ELECTRONICO INSTITUCIONAL PARA ESTUDIANTES /
DEROGA CSU-679/01
Resolución CSU-277/23
Expte. 1426/2023
BAHÍA
BLANCA, 11 de mayo de 2023
VISTO:
La
resolución CSU-311/2015 y su modificatoria CSU- 214/2018, que aprueban el
mecanismo de firma digital y domicilio electrónico dentro de la UNS;
La
resolución CSU-679/2001 que determinaba la creación de correos estudiantiles
que no fuera implementada; La nota presentada por la agrupación estudiantil
UNIDAD UNS de fecha 13 de septiembre de 2022 por la cual se solicita el acceso
por parte de las/os estudiantes a una casilla de correo electrónico con dominio
uns.edu.ar; y
CONSIDERANDO:
Que
el correo electrónico es una vía personal de comunicación fundamental entre
estudiantes y docentes, siendo este objeto de múltiples usos en la vida
universitaria de las/os mismas/os;
Que
el acceso a esta herramienta institucional trae consigo importantes beneficios
en materia de privacidad e inmediatez comunicacional, evitando que se pierdan
correos electrónicos relevantes para la/el estudiante entre demás mails
personales de su vida diaria;
Que
contar con un sistema institucional de comunicación permitiría mayores
estándares de seguridad que aquellos que son ofrecidos por los servicios de
correo comerciales gratuitos para uso personal, a sabiendas que el sistema
utilizado por esta universidad cuenta con medidas de seguridad contra spam o
software malintencionado, medida que protegería a las/os estudiantes;
Que
la utilización de esta herramienta institucional permitiría a las/os
estudiantes el acceso a beneficios gratuitos tales como: One
Drive (1 Tb), Microsoft Office 365 A1, Canva, Bootstrap, Autodesk, Prime Video y Github,
entre muchos beneficios más, generando un ahorro en las/os estudiantes;
Que
el correo institucional es la forma de comunicación por excelencia en otras
Universidades Nacionales del país, entre las que podemos citar a la Universidad
de Buenos Aires, Universidad Nacional de La Plata, Universidad Nacional de
Jujuy, entre otras;
Que
la resolución CSU-679/2001 nunca fue implementada y que contiene procedimientos
y detalles tecnológicos en desuso o no adecuados actualmente;
Que
el Consejo Superior Universitario aprobó, con modificaciones, en su reunión del
10 de mayo de 2023, lo aconsejado por sus Comisiones de Planeamiento y de
Economía, Finanzas y Edificios;
POR
ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO
1°: Derogar la Resolución del CSU-679/2001.
ARTÍCULO
2°: Implementar, en el ámbito de la Universidad Nacional del Sur, el acceso a
un correo electrónico institucional para las/os estudiantes regulares de grado
y de posgrado, conforme a las normas establecidas en el Anexo.
ARTÍCULO
3°: Establecer que el correo electrónico a que se refiere el artículo 2° se
regirá por las disposiciones y reglamentaciones generales que establezca la UNS
para las/os usuarias/os de correo electrónico institucional.
ARTÍCULO
4°: Pase a la Secretaría General de Servicios Técnicos y Transformación Digital
y a la Secretaría General Académica a sus efectos. Cumplido, archívese.
DR. DANIEL A. VEGA
RECTOR
DR. JAVIER D OROZCO
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
ANEXO
Res. CSU-277/2023
Normativa de uso
y seguridad del Correo electrónico Institucional de la Universidad Nacional del
Sur
Introducción
Este
documento define las normas de uso y seguridad que deben seguir todos los
miembros de la comunidad universitaria que dispongan de una cuenta de correo en
la Universidad Nacional del Sur (en adelante UNS). Las normas han sido
elaboradas con el objetivo de conseguir un uso más eficiente, correcto y seguro
de los recursos destinados a dicho servicio.
Objeto
El
objeto de la presente normativa es regular el acceso y utilización del correo
electrónico (e-mail) por parte de las/os estudiantes universitarias/os,
docentes y Nodocentes de la UNS definiendo las reglas
de uso que deberán ser conocidas y observadas por las/os usuarias/os.
Aplicación
La
presente normativa será de aplicación y de obligado cumplimiento para toda
persona que utilice un correo institucional en cumplimiento de la resolución
CSU-311/15 y su modificatoria CSU214/18, que aprueba el domicilio electrónico
dentro de la UNS.
Términos y
condiciones de acceso de uso
Estos Términos y condiciones de acceso y uso
regulan el uso del sistema de correo de la UNS.
Registro de
la/del usuaria/o
Para
el personal docente y Nodocente de la UNS el registro de una cuenta personal en
el correo institucional de la UNS se canalizará a través de las autoridades de
la dependencia donde cumpla funciones habitualmente. Se asignará una única
cuenta de correo electrónico oficial por cada estudiante universitaria/o de
grado o posgrado de la UNS. La creación de las cuentas será automática como
parte del trámite de ingreso de las/os alumnas/os a la UNS.
Condiciones de
uso
Los
compromisos por parte de las/os usuarias/os del correo electrónico de la UNS
son los siguientes:
•
Hacer un uso aceptable del correo electrónico de la UNS, respetando los fines
para los que ha sido creado y utilizando correctamente los recursos que se le
suministran evitando perjuicios al resto de las/os usuarias/os.
•
Evitar situaciones que afecten a la seguridad del correo y de su usuaria/o.
•
Usar contraseñas seguras conforme a la política de contraseñas que establezca
la UNS a través de sus dependencias.
•
No ceder el uso de las cuentas de correo a terceros: las cuentas de correo son
personales e intransferibles ya que esto provoca la suplantación de identidad y
el acceso a información confidencial.
•
No responder a mensajes de SPAM.
•
No ejecutar archivos adjuntos sin analizarlos previamente con herramientas
contra códigos maliciosos.
•
No reenviar correos en los que se haya detectado virus o código malicioso para
evitar su posible propagación.
•
No responder a solicitudes que pidan el usuario y/o contraseña.
•
No manipular las cabeceras del correo electrónico saliente.
•
Cumplir las normas de seguridad que soliciten los administradores del correo
institucional.
Uso aceptable
Las/os
usuarias/os del correo electrónico de la UNS utilizarán el mismo teniendo en
cuenta que:
●
El contenido de los mensajes sea de investigación, académico, educacional o
necesario para el desempeño de las funciones docentes o Nodocentes.
●
Se deberá acceder periódicamente a la cuenta de correo electrónico desde algún
dispositivo personal con el fin de evitar la acumulación de mensajes en ella.
En este sentido, se advierte que debido a políticas internas relativas a la
administración de los recursos informáticos, al exceder determinado volumen de
información (cuota), los mensajes excedentes serán rechazados automáticamente.
●
El protocolo disponible para acceder a los correos electrónicos es pop3s,
debiendo descargar los correos en los dispositivos personales sin dejar copia
en el servidor de correo.
●
Se recomienda que la cantidad de destinatarias/os de un correo electrónico, en
casos normales, no sea superior a DIEZ (10) direcciones de mail.
Uso no aceptable
Será
considerado uso no aceptable del correo institucional de la UNS:
•
Mensajes con contenidos de carácter racista, xenófobo, pornográfico, sexista,
de apología del terrorismo o atentatorio contra los derechos humanos, o que
actúen en perjuicio de los derechos a la intimidad, al honor, a la propia
imagen o contra la dignidad de las personas.
•
Enviar información que viole los derechos de propiedad intelectual, la Ley de
Protección de los Datos Personales o cualquier otra legislación vigente.
•
Enviar información que cause cualquier tipo de molestia a otras/os usuarias/os,
incluida la información difamatoria de cualquier tipo, ya sea contra entidades
o personas.”
•
Utilizar la dirección de correo institucional para fines privados comerciales
no autorizados por la UNS.
•
El desarrollo de actividades que produzcan:
a. La congestión
de la red de comunicaciones o sistemas informáticos mediante el envío de
información o programas concebidos para tal fin.
b. La destrucción,
modificación o apropiación indebida de la información de otras/os usuarias/os.
c. La violación
de la privacidad e intimidad de otras/os usuarias/os.
d. El uso y
obtención de cuentas ajenas.
Aceptación y
compromiso de cumplimiento
El
uso del correo electrónico de la UNS implica el conocimiento y plena aceptación
de las advertencias legales y condiciones vigentes en cada momento en que la/el
usuaria/o acceda al mismo.
Cualquier
incumplimiento de alguno de los términos especificados en este documento generará
responsabilidades para la/el usuaria/o.
Responsabilidades
Cuando
se demuestre un uso incorrecto o no aceptable con respecto a lo especificado en
este documento, cuando se detecten envíos masivos o cualquier otra actividad
abusiva que pudiera perjudicar el correcto funcionamiento del Servicio de
Correo, la DGT podrá, dependiendo de la gravedad y reiteración de incidentes y
sin perjuicio de otras sanciones que pudieran corresponder atento a la
naturaleza de la falta cometida, , aplicar una de estas
medidas:
Suspensión
temporal del buzón de correo de una/un usuaria/o
Esta
medida se tomará cuando se produzca violación de los términos de este documento de
forma premeditada o cuando se esté causando una degradación en los recursos de
nuestra institución o implique a la UNS en algún tipo de responsabilidad que
conlleve perjuicio para sus usuarias/os. La acción a tomar y la duración de la
misma dependerá de la incidencia, si bien, como medida de precaución se
procederá a deshabilitar la cuenta de la/del usuaria/o, no permitiendo el
acceso al correo universitario.
Suspensión
indefinida de la/del usuaria/o Esta medida se aplicará cuando se
incurra en infracciones de especial gravedad o en una reiterada violación de
las condiciones de este documento, después de los correspondientes avisos por
el cauce correspondiente.
En
todos los casos el servicio podrá restablecerse cuando se considere que las
medidas adoptadas por la/el responsable de la cuenta de correo garantizan un
uso aceptable en el futuro.
Exención de
responsabilidades de la UNS por los contenidos
La
Universidad Nacional del Sur no se hace responsable del contenido de los
mensajes enviados por las/os usuarias/os a través de cualquiera de las formas
de utilización del correo electrónico institucional.
Otras
consideraciones
Cuando
una/un usuaria/o pierda su vínculo laboral o académico con la UNS, la
Universidad estará facultada para dar de baja la cuenta de correo electrónico
institucional a partir de que se cumpla un año de la desvinculación, excepto
que la misma se produzca por cesantía, exoneración o expulsión, en cuyo caso la
Universidad estará facultada para dar de baja la cuenta en forma inmediata.
DR. DANIEL A. VEGA
RECTOR
DR. JAVIER D OROZCO
SECRETARIO GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO