CORREO ELECTRONICO INSTITUCIONAL PARA ESTUDIANTES / DEROGA CSU-679/01

 

Resolución  CSU-277/23

Expte. 1426/2023

 

BAHÍA BLANCA, 11 de mayo de 2023

 

VISTO:

La resolución CSU-311/2015 y su modificatoria CSU- 214/2018, que aprueban el mecanismo de firma digital y domicilio electrónico dentro de la UNS;

 

La resolución CSU-679/2001 que determinaba la creación de correos estudiantiles que no fuera implementada; La nota presentada por la agrupación estudiantil UNIDAD UNS de fecha 13 de septiembre de 2022 por la cual se solicita el acceso por parte de las/os estudiantes a una casilla de correo electrónico con dominio uns.edu.ar; y

 

CONSIDERANDO:

Que el correo electrónico es una vía personal de comunicación fundamental entre estudiantes y docentes, siendo este objeto de múltiples usos en la vida universitaria de las/os mismas/os;

 

Que el acceso a esta herramienta institucional trae consigo importantes beneficios en materia de privacidad e inmediatez comunicacional, evitando que se pierdan correos electrónicos relevantes para la/el estudiante entre demás mails personales de su vida diaria;

 

Que contar con un sistema institucional de comunicación permitiría mayores estándares de seguridad que aquellos que son ofrecidos por los servicios de correo comerciales gratuitos para uso personal, a sabiendas que el sistema utilizado por esta universidad cuenta con medidas de seguridad contra spam o software malintencionado, medida que protegería a las/os estudiantes;

 

Que la utilización de esta herramienta institucional permitiría a las/os estudiantes el acceso a beneficios gratuitos tales como: One Drive (1 Tb), Microsoft Office 365 A1, Canva, Bootstrap, Autodesk, Prime Video y Github, entre muchos beneficios más, generando un ahorro en las/os estudiantes;

 

Que el correo institucional es la forma de comunicación por excelencia en otras Universidades Nacionales del país, entre las que podemos citar a la Universidad de Buenos Aires, Universidad Nacional de La Plata, Universidad Nacional de Jujuy, entre otras;

 

Que la resolución CSU-679/2001 nunca fue implementada y que contiene procedimientos y detalles tecnológicos en desuso o no adecuados actualmente;

 

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, con modificaciones, en su reunión del 10 de mayo de 2023, lo aconsejado por sus Comisiones de Planeamiento y de Economía, Finanzas y Edificios;

 

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°: Derogar la Resolución del CSU-679/2001.

 

ARTÍCULO 2°: Implementar, en el ámbito de la Universidad Nacional del Sur, el acceso a un correo electrónico institucional para las/os estudiantes regulares de grado y de posgrado, conforme a las normas establecidas en el Anexo.

 

ARTÍCULO 3°: Establecer que el correo electrónico a que se refiere el artículo 2° se regirá por las disposiciones y reglamentaciones generales que establezca la UNS para las/os usuarias/os de correo electrónico institucional.

 

ARTÍCULO 4°: Pase a la Secretaría General de Servicios Técnicos y Transformación Digital y a la Secretaría General Académica a sus efectos. Cumplido, archívese.

 

DR. DANIEL A. VEGA

RECTOR

DR. JAVIER D OROZCO

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

 

 

ANEXO

Res. CSU-277/2023

 

Normativa de uso y seguridad del Correo electrónico Institucional de la Universidad Nacional del Sur

 

Introducción

Este documento define las normas de uso y seguridad que deben seguir todos los miembros de la comunidad universitaria que dispongan de una cuenta de correo en la Universidad Nacional del Sur (en adelante UNS). Las normas han sido elaboradas con el objetivo de conseguir un uso más eficiente, correcto y seguro de los recursos destinados a dicho servicio.

 

Objeto

El objeto de la presente normativa es regular el acceso y utilización del correo electrónico (e-mail) por parte de las/os estudiantes universitarias/os, docentes y Nodocentes de la UNS definiendo las reglas de uso que deberán ser conocidas y observadas por las/os usuarias/os.

 

Aplicación

La presente normativa será de aplicación y de obligado cumplimiento para toda persona que utilice un correo institucional en cumplimiento de la resolución CSU-311/15 y su modificatoria CSU214/18, que aprueba el domicilio electrónico dentro de la UNS.

 

Términos y condiciones de acceso de uso

 Estos Términos y condiciones de acceso y uso regulan el uso del sistema de correo de la UNS.

 

Registro de la/del usuaria/o

Para el personal docente y Nodocente de la UNS el registro de una cuenta personal en el correo institucional de la UNS se canalizará a través de las autoridades de la dependencia donde cumpla funciones habitualmente. Se asignará una única cuenta de correo electrónico oficial por cada estudiante universitaria/o de grado o posgrado de la UNS. La creación de las cuentas será automática como parte del trámite de ingreso de las/os alumnas/os a la UNS.

 

Condiciones de uso

Los compromisos por parte de las/os usuarias/os del correo electrónico de la UNS son los siguientes:

• Hacer un uso aceptable del correo electrónico de la UNS, respetando los fines para los que ha sido creado y utilizando correctamente los recursos que se le suministran evitando perjuicios al resto de las/os usuarias/os.

• Evitar situaciones que afecten a la seguridad del correo y de su usuaria/o.

• Usar contraseñas seguras conforme a la política de contraseñas que establezca la UNS a través de sus dependencias.

• No ceder el uso de las cuentas de correo a terceros: las cuentas de correo son personales e intransferibles ya que esto provoca la suplantación de identidad y el acceso a información confidencial.

• No responder a mensajes de SPAM.

• No ejecutar archivos adjuntos sin analizarlos previamente con herramientas contra códigos maliciosos.

• No reenviar correos en los que se haya detectado virus o código malicioso para evitar su posible propagación.

• No responder a solicitudes que pidan el usuario y/o contraseña.

• No manipular las cabeceras del correo electrónico saliente.

• Cumplir las normas de seguridad que soliciten los administradores del correo institucional.

 

Uso aceptable

Las/os usuarias/os del correo electrónico de la UNS utilizarán el mismo teniendo en cuenta que:

● El contenido de los mensajes sea de investigación, académico, educacional o necesario para el desempeño de las funciones docentes o Nodocentes.

● Se deberá acceder periódicamente a la cuenta de correo electrónico desde algún dispositivo personal con el fin de evitar la acumulación de mensajes en ella. En este sentido, se advierte que debido a políticas internas relativas a la administración de los recursos informáticos, al exceder determinado volumen de información (cuota), los mensajes excedentes serán rechazados automáticamente.

● El protocolo disponible para acceder a los correos electrónicos es pop3s, debiendo descargar los correos en los dispositivos personales sin dejar copia en el servidor de correo.

● Se recomienda que la cantidad de destinatarias/os de un correo electrónico, en casos normales, no sea superior a DIEZ (10) direcciones de mail.

 

Uso no aceptable

Será considerado uso no aceptable del correo institucional de la UNS:

• Mensajes con contenidos de carácter racista, xenófobo, pornográfico, sexista, de apología del terrorismo o atentatorio contra los derechos humanos, o que actúen en perjuicio de los derechos a la intimidad, al honor, a la propia imagen o contra la dignidad de las personas.

• Enviar información que viole los derechos de propiedad intelectual, la Ley de Protección de los Datos Personales o cualquier otra legislación vigente.

• Enviar información que cause cualquier tipo de molestia a otras/os usuarias/os, incluida la información difamatoria de cualquier tipo, ya sea contra entidades o personas.”

• Utilizar la dirección de correo institucional para fines privados comerciales no autorizados por la UNS.

• El desarrollo de actividades que produzcan:

a. La congestión de la red de comunicaciones o sistemas informáticos mediante el envío de información o programas concebidos para tal fin.

b. La destrucción, modificación o apropiación indebida de la información de otras/os usuarias/os.

c. La violación de la privacidad e intimidad de otras/os usuarias/os.

d. El uso y obtención de cuentas ajenas.

 

Aceptación y compromiso de cumplimiento

El uso del correo electrónico de la UNS implica el conocimiento y plena aceptación de las advertencias legales y condiciones vigentes en cada momento en que la/el usuaria/o acceda al mismo.

Cualquier incumplimiento de alguno de los términos especificados en este documento generará responsabilidades para la/el usuaria/o.

 

Responsabilidades

Cuando se demuestre un uso incorrecto o no aceptable con respecto a lo especificado en este documento, cuando se detecten envíos masivos o cualquier otra actividad abusiva que pudiera perjudicar el correcto funcionamiento del Servicio de Correo, la DGT podrá, dependiendo de la gravedad y reiteración de incidentes y sin perjuicio de otras sanciones que pudieran corresponder atento a la naturaleza de la falta cometida, , aplicar una de estas medidas:

 

Suspensión temporal del buzón de correo de una/un usuaria/o

Esta medida se tomará cuando se produzca  violación de los términos de este documento de forma premeditada o cuando se esté causando una degradación en los recursos de nuestra institución o implique a la UNS en algún tipo de responsabilidad que conlleve perjuicio para sus usuarias/os. La acción a tomar y la duración de la misma dependerá de la incidencia, si bien, como medida de precaución se procederá a deshabilitar la cuenta de la/del usuaria/o, no permitiendo el acceso al correo universitario.

 

Suspensión indefinida de la/del usuaria/o Esta medida se aplicará cuando se incurra en infracciones de especial gravedad o en una reiterada violación de las condiciones de este documento, después de los correspondientes avisos por el cauce correspondiente.

En todos los casos el servicio podrá restablecerse cuando se considere que las medidas adoptadas por la/el responsable de la cuenta de correo garantizan un uso aceptable en el futuro.

 

Exención de responsabilidades de la UNS por los contenidos

La Universidad Nacional del Sur no se hace responsable del contenido de los mensajes enviados por las/os usuarias/os a través de cualquiera de las formas de utilización del correo electrónico institucional.

 

Otras consideraciones

Cuando una/un usuaria/o pierda su vínculo laboral o académico con la UNS, la Universidad estará facultada para dar de baja la cuenta de correo electrónico institucional a partir de que se cumpla un año de la desvinculación, excepto que la misma se produzca por cesantía, exoneración o expulsión, en cuyo caso la Universidad estará facultada para dar de baja la cuenta en forma inmediata.

 

DR. DANIEL A. VEGA

RECTOR

DR. JAVIER D OROZCO

SECRETARIO GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO