CICLOS DE ESPECIALIZACION DOCENTE - GRADUADOS DE OTRAS UNIVERSIDADES.

Resolución CSU-277/97.

Expediente SGA-1920/96.

BAHIA BLANCA, 3 de junio de 1997.

VISTO:

Las Resoluciones CSU-88/97 y CSU-62/97; y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución del Consejo Universitario del 14 de diciembre de 1960 estableció normas de admisión para el ingreso a las carreras de Profesorado en la forma de Ciclo de Especialización Docente, para graduados de otras Universidades;

Que para otras carreras creadas posteriormente se estableció como condición de admisión el ser egresados de la Universidad Nacional del Sur;

Que es importante establecer pautas claras en este tema;

Que el Consejo Universitario aprobó el dictamen favorable de su Comisión de Enseñanza, en sus sesiones del 21 y 28 de mayo de 1997;

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

ARTICULO 1º).- Establecer que en aquellas carreras de Profesorado que se desarrollan bajo la forma de Ciclos de Especialización Docente y en las que se admita la inscripción de egresados de otras Universidades, dicha inscripción deberá contar con un dictamen favorable del Departamento responsable de la carrera de grado cuyo título es requerido como condición previa al ingreso.

ARTICULO 2º).- Para gestionar dicho dictamen, el interesado deberá iniciar un trámite similar al de un pedido de reconocimiento de equivalencias, presentando una copia del Plan de Estudios de su carrera, en la Dirección General de Alumnos y Estudio. Esta Dirección lo girará al Departamento que corresponda, quien evaluará el Plan presentado y podrá requerir la información complementaria que considere necesaria a los efectos de poder emitir su opinión. Dicha evaluación estará destinada a establecer si existe una correspondencia general con el respectivo Plan de Estudios de la UNS, que permita aceptar su equivalencia, al único efecto de la inscripción que se tramita.


Para inscribirse en Profesorado     Se requiere contar con el acuerdo    
en:                                 del Departamento de:                 

Física                              Física                               

Ciencias Agrarias                   Agronomía                            

Contabilidad                        Cs. de la Administración             

Economía                            Economía                             



ARTICULO 3º).- Regístrese. Pase a Secretaría General Académica para su conocimiento. Comuníquese a la Dirección de Alumnos y Estudio y a los Departamentos Académicos. Publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ

RECTOR

LIC. GUILLERMO M. LUCANERA

SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO