CEMS - REGLAMENTACION CONCURSO COORDINADOR DPTO. DE MATERIAS AFINES ESCUELAS DEPENDIENTES ASPECTOS ESPECIFICOS.-

 

Resolución CSU-278/98

Expediente C-389/86; 2º cuerpo.

 

BAHIA BLANCA, 19 de mayo de 1998

 

 

VISTO:

La necesidad de concursar los cargos de Coordinadores de Departamentos de Materias Afines de las Escuelas dependientes del CEMS ;

 

La propuesta sobre el cambio de denominación de estos Departamentos formulada a fs. 268 del Expte. 389/86 2º cuerpo, a fin de adecuarlos a la Ley Federal de Educación; y

 

CONSIDERANDO:

Que se ha aprobado un Reglamento General de Concursos para la Cobertura de Cargos Directivos de Establecimientos dependientes del CEMS (Res.CSU-266/97), donde se prevé regular los aspectos específicos de los concursos de los diferentes cargos en anexos del Reglamento;

 

Que es conveniente redefinir las funciones de los Coordinadores a la luz de la experiencia recogida desde la departamentalización de las Escuelas;

 

Que el Consejo Superior Universitario aprobó con modificaciones, en su reunión del 22/4/98, lo aconsejado por su Comisión de Establecimientos Secundarios y Terciarios;

 

POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Aprobar como Anexo IV de la Res.CSU-266/97, los siguientes Aspectos Específicos de la Reglamentación de Concurso de los Cargos de Coordinador de Departamento de Materias Afines de las Escuelas dependientes del C.E.M.S.:

 

Anexo IV:

 

1.- La oposición en todos los casos consistirá en la presentación, conjuntamente con los antecedentes, de un proyecto de gestión para el Departamento correspondiente, el que será defendido en la entrevista que mantendrá con el Jurado.

 

2.- Coordinador del Departamento de Matemática:

a) Requisitos para los aspirantes: poseer título universitario de Profesor de Matemática, Licenciado en Matemática o afín según el criterio del Jurado;

 

b) Jurado: será integrado del siguiente modo:

i) Un profesor Ordinario, o que haya revistado en esa condición, del Departamento de Matemática de la UNS, sorteado de una terna propuesta por su Consejo Departamental;

ii) Un Profesor Ordinario, o que haya revistado en esa condición del Area de sorteado de una terna propuesta por su Consejo Departamental;

iii) El Presidente del CE.M.S.

Los suplentes de los dos primeros serán los restantes miembros de cada terna, en el orden en que resultaren sorteados, mientras que al tercero lo suplirá el Vicepresidente del C.E.M.S.

 

3.- Coordinador del Departamento de Lengua:

a) Requisitos para los aspirantes: poseer título universitario de Profesor de Letras, Licenciado en Letras o afín según el criterio del Jurado;

b) Jurado: será integrado del siguiente modo:

i) Un Profesor Ordinario, o que haya revistado en esa condición, en la carrera de Letras del Departamento de Humanidades de la U.N.S.,. sorteado de una terna propuesta por su consejo Departamental;

ii) Un Profesor Ordinario, o que haya revistado en esa condición, del Area de Ciencias de la Educación del Departamento de Humanidades de la U.N.S. sorteado de una terna propuesta por su Consejo Departamental;

iii) El Presidente del C.E.M.S.

Los suplentes de los dos primeros serán los restantes miembros de cada terna, en el orden en que resultaren sorteados, mientras que al tercero lo suplirá el Vicepresidente del C.E.M.S.

 

4.- Coordinador del Departamento de Ciencias Naturales:

a) Requisitos para los aspirantes: poseer título universitario de Profesor o de Licenciado en Biología, Química, Física o Geología, o de Bioquímico, o afín según el criterio del Jurado;

b) Jurado: será integrado del siguiente modo:

i) Un Profesor Ordinario de la U.N.S., o que haya revistado en esa condición, especialista en alguna de las disciplinas que abarca este Departamento, sorteado de una terna propuesta por la Secretaría Gral. Académica de la U.N.S.;

ii) Un Profesor Ordinario, o que haya revistado en esa condición, del Area de Ciencias de la Educación del Departamento de Humanidades de la U.N.S., sorteado de una terna propuesta por su Consejo Departamental:

iii) El Presidente del C.E.M.S.

Los suplentes de los dos primeros serán los restantes miembros de cada terna, en el orden en que resultaren sorteados, mientras que al tercero lo suplirá el Vicepresidente del C.E.M.S.-

 

5.- Coordinador del Departamento de Educación Física:

a) Requisitos para los aspirantes: poseer título terciario o universitario de Profesor de Educación Física, o afín según el criterio del Jurado;

 

b) Jurado: será integrado del siguiente modo:

i) Un Inspector de Educación Física del Distrito Escolar de Bahía blanca, sorteado de una terna propuesta por la Secretaría Gral. Académica de la UNS;

ii) Un Profesor Ordinario, o que haya revistado en esa condición, del Area de Ciencias de la Educación del Departamento de Humanidades de la UNS, sorteado de una terna propuesta por su Consejo Departamental;

iii) El Presidente del C.E.M.S.

Los suplentes de los dos primeros serán los restantes miembros de cada terna, en el orden en que resultaren sorteados, mientras que al tercero lo suplirá el Vicepresidente del CEMS.

 

6.- Coordinador del Departamento de Lenguas Extranjeras:

a) Requisitos para los aspirantes: poseer título e Profesor de Inglés o Francés, o afín según el criterio del Jurado;

 

b) Jurado: será integrado del siguiente modo:

i) Un Profesor Ordinario, o que haya revistado en esa condición del Area de Lenguas Extranjeras del Departamento de Humanidades de la UNS, sorteado de una terna propuesta por su Consejo Departamental;

ii) Un Profesor Ordinario, o que haya revistado en esa condición, del Area de Ciencias de la Educación del Departamento de Humanidades de la UNS, sorteado de una terna propuesta por su Consejo Departamental;;

iii) El Presidente del C.E.M.S.

Los suplentes de los dos primeros serán los restantes miembros de cada terna, en el orden en que resultaren sorteados, mientras que al tercero lo suplirá el Vicepresidente del C.E.M.S.-

 

7.- Coordinador del Departamento de Ciencias Sociales:

a) Requisitos para los aspirantes: poseer título universitario de Profesor o Licenciado en Historia, Geografía o Economía, o afín según el criterio del jurado;

b) Jurado: será integrado del siguiente modo:

i) Un Profesor Ordinario de la U.N.S., o que haya revistado en esa condición, especialista en alguna de las disciplinas que abarca este Departamento, sorteado de una terna compuesta por sendas propuestas de los Consejos Departamentales de Humanidades, Geografía y Economía;

ii) Un Profesor Ordinario, o que haya revistado en esa condición, del Area de Ciencias de la Educación del Departamento de Humanidades de la U.N.S., sorteado de una terna propuesta por su Consejo Departamental:

iii) El Presidente del C.E.M.S.

Los suplentes de los dos primeros serán los restantes miembros de cada terna, en el orden en que resultaren sorteados, mientras que al tercero lo suplirá el Vicepresidente del C.E.M.S.-

 

ARTICULO 2º).- Modificar el artículo 11º del Reglamento de los Departamentos de las Escuelas Medias de la UNS (Res.CU-155/87), quedando su texto redactado del siguiente modo:

 

Art. 11º.- Serán funciones de los Coordinadores de los Departamentos de Materias Afines:

 

a) Planificar la tarea anual del Departamento, con la colaboración de los docentes que lo integran, de acuerdo con los fines de experimentación, de innovación pedagógica y de práctica profesional docente de estas Escuelas, y los objetivos institucionales de cada una de ellas. Formarán parte de esta tarea:

 

 

b) coordinar y supervisar la tarea de los docentes del Departamento, asegurando la coordinación horizontal y vertical de las asignaturas y unificando criterios metodológicos y de evaluación;

 

c) aprobar, junto con el o los Directores de las Escuelas respectivas, los proyectos a desarrollar por el Departamento;

 

d) supervisar el desarrollo de los proyectos del Departamento;

 

e) participar en la calificación de los docentes del Departamento, de acuerdo con la reglamentación vigente;

 

f) proponer al C.E.M.S. los programas de las asignaturas del Departamento y sus modificaciones;

 

g) elaborar y remitir al C.E.M.S. el presupuesto anual de las necesidades de bienes de capital y de consumo necesarios para las asignaturas del Departamento;

 

h) mantener contacto permanente con cátedras de la U.N.S. u otros centros de enseñanza afines a las asignaturas del Departamento;

 

i) centralizar al asesoramiento a la Biblioteca sobre la compra de material bibliográfico.

 

j) impulsar la publicación de las experiencias educativas del Departamento.

 

k) elaborar un informe anual sobre la gestión del Departamento, que será calificado por el CEMS y cuyo contenido será público.

 

ARTICULO 3º).- Derogar el art. 10º del Reglamento de los Departamentos de las Escuelas Medias de la U.N.S. (Res.CU-155/87).

ARTICULO 4º).- Modificar el art. 3º del Reglamento de los Departamentos de las Escuelas Medias de la U.N.S. (Res.CU-155/87), quedando su texto redactado del siguiente modo:

 

Art. 3º).- Funcionarán un Departamento de Orientación Escolar y los siguientes Departamentos de Materias Afines comunes a los diversos ciclos:

  1. Lengua
  2. Lenguas Extranjeras
  3. Matemática
  4. Ciencias Naturales
  5. Ciencias Sociales
  6. Administración y Gestión
  7. Industria y Agro
  8. Tecnología
  9. Educación Física
  10. Educación Artística

 

ARTICULO 5º).- Tome razón la Secretaría General Académica y pase al CEMS a sus efectos. Cumplido; archívese.

 

DR. GUSTAVO A. ORIOLI

VICERRECTOR

DR. LEANDRO BENGOCHEA

SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO