ALUMNOS - VALIDEZ DE TRABAJOS PRACTICOS
Resolución CU-283/8
Expediente R-866/67
BAHIA BLANCA, julio de 1989.
VISTO:
La Resolución CS-120/71 en la que se establece que la validez de la aprobación del Plan de Trabajos Prácticos tendrá un plazo de dos (2) años y seis (6) meses; y
CONSIDERANDO:
Que la validez del cursado de materias caduca a fin de cuatrimestre, sin incluir el período de exámenes siguiente;
Lo aprobado por el Consejo Universitario en su reunión del 22 de junio del corriente año;
POR ELLO,
EL CONSEJO UNIVERSITARIO
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º).- Disponer que la validez de los Trabajos Prácticos de las asignaturas caducará el primer día hábil del cuatrimestre posterior al plazo de dos (2) años y seis (6) meses establecido por Resolución CS-120/71.
ARTICULO 2º).- Los alumnos a quienes se les haya postergado el vencimiento de la validez de Trabajos Prácticos (Resol.CU-330/86; CU-113/87; CU-115/88; CU-395/88) quedarán incluidos en los términos del artículo anterior.
ARTICULO 3º).- Regístrese, pase a la Secretaría General Académica para su conocimiento; a la Dirección de Alumnos y Estudios a sus efectos. Tomen razón los Departamentos Académicos. Cumplido, archívese.
ING. QCO. BRAULIO RAUL LAURENCENA
RECTOR
LIC. JOSE EMILIO ZAINA
SEC.GRAL.CONSEJO UNIVERSITARIO