ALUMNOS - VALIDEZ DE TRABAJOS PRACTICOS

 

Resolución CU-283/8

Expediente R-866/67

 

BAHIA BLANCA, julio de 1989.

 

VISTO:

La Resolución CS-120/71 en la que se establece que la validez de la aprobación del Plan de Trabajos Prácticos tendrá un plazo de dos (2) años y seis (6) meses; y

 

CONSIDERANDO:

Que la validez del cursado de materias caduca a fin de cuatrimestre, sin incluir el período de exámenes siguiente;

 

Lo aprobado por el Consejo Universitario en su reunión del 22 de junio del corriente año;

 

POR ELLO,

 

EL CONSEJO UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Disponer que la validez de los Trabajos Prácticos de las asignaturas caducará el primer día hábil del cuatrimestre posterior al plazo de dos (2) años y seis (6) meses establecido por Resolución CS-120/71.

 

ARTICULO 2º).- Los alumnos a quienes se les haya postergado el vencimiento de la validez de Trabajos Prácticos (Resol.CU-330/86; CU-113/87; CU-115/88; CU-395/88) quedarán incluidos en los términos del artículo anterior.

 

ARTICULO 3º).- Regístrese, pase a la Secretaría General Académica para su conocimiento; a la Dirección de Alumnos y Estudios a sus efectos. Tomen razón los Departamentos Académicos. Cumplido, archívese.

 

ING. QCO. BRAULIO RAUL LAURENCENA

RECTOR

 

LIC. JOSE EMILIO ZAINA

SEC.GRAL.CONSEJO UNIVERSITARIO