CREA CARGO SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS DEPENDIENTE DE RECTORADO

 

 

Resolución CSU- 002/12

Expte. 446/2007

 

Bahía Blanca, 1 de marzo de 2012

 

VISTO:

La Resolución CSU-46/07 por la que se aprueba la estructura organizativa del Rectorado de la Universidad Nacional del Sur y se establecen la misión y funciones fundamentales de las distintas Secretarías y Subsecretarías; y

 

CONSIDERANDO:

Que en los últimos años las actividades relativas a la defensa y promoción de los derechos humanos han adquirido un desarrollo relevante en el ámbito de la universidad;

 

Que los derechos humanos no se asientan en principios religiosos, ni políticos, ni filosóficos, aunque estos los reconozcan, se asientan en el reconocimiento de la innegable humanidad de todos los hombres y mujeres;

 

Que el desarrollo de una política de derechos humanos implica la necesidad de considerar los derechos civiles y políticos de primera generación así como también la inclusión de la segunda (salud, trabajo, educación), tercera (sociales, económicos y culturales) y hasta cuarta generación de los mismos (medio ambiente, bioética y nuevas tecnologías);

 

Que es indispensable reforzar la capacidad institucional de los organismos gubernamentales nacionales y provinciales para la promoción y protección de los derechos humanos, potenciando la cooperación y fortaleciendo la articulación entre los poderes del Estado y entre estos y la sociedad civil;

 

Que recientemente se ha firmado una Carta Compromiso con la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación para adherir a la Red Interuniversitaria de Derechos Humanos, conformada por esa Secretaría, la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación y las Universidades Nacionales;

 

Que es prioritario organizar y profundizar el desarrollo de proyectos y actividades específicas en los diferentes campos de los derechos humanos, otorgando al área un marco jerárquico y administrativo conforme a su importancia;

 

Que la Universidad tiene una responsabilidad irrenunciable en la formación de ciudadanos probos no solo en aspectos técnicos de sus profesiones sino también desde dimensiones éticas y morales en defensa del ser humano y su condición de sujeto de derecho;

 

Que el Consejo Superior Universitario,  en su reunión del 29 de febrero de 2012, aprobó lo aconsejado por sus Comisiones de Interpretación y Reglamento y de Planeamiento;

 

POR ELLO;

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°: Crear la Subsecretaría de Derechos Humanos, con dependencia directa de Rectorado.

 

ARTÍCULO 2°: Establecer como misión de la Subsecretaría entender en todo lo vinculado con la promoción, defensa y formación en derechos humanos en la UNS, con las siguientes funciones:

 

·        Proponer programas y actividades orientados a consolidar una cultura de derechos humanos en el ámbito académico y en la sociedad en general.

 

·        Diseñar políticas para la protección y la difusión de la temática de derechos humanos en ámbitos de la Universidad, y fomentar y participar en la producción, análisis y evaluación de las que se generen en distintas jurisdicciones.

 

·        Coordinar acciones y programas articulados con organismos de derechos humanos del ámbito local, nacional e internacional.

 

·        Representar a la Universidad Nacional del Sur en la Red Interuniversitaria de Derechos Humanos.

 

·        Promover la formación en derechos humanos como parte integral de la enseñanza preuniversitaria y universitaria.

 

ARTÍCULO 3°: La Subsecretaría contará con un Consejo Asesor compuesto por representantes de organizaciones de la UNS con trayectoria comprobable en el tema representantes del Municipio de Bahía Blanca, del Honorable Concejo Deliberante de Bahía Blanca, de las Organizaciones de Derechos Humanos de la ciudad y la región y de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, y dos personalidades nacionales de reconocida trayectoria en el tema. Los representantes de las organizaciones de DDHH serán convocados inicialmente para establecer la forma de funcionamiento y representación.

 

ARTÍCULO 4º: La organización y coordinación de la Subsecretaría de Derechos Humanos quedará a cargo de la Secretaría Privada de Rectorado hasta que la acumulación de actividades y responsabilidades así lo recomiende.

 

ARTÍCULO 5°: Comuníquese a las Secretarías de Rectorado, Departamentos Académicos,  CEMS y  Direcciones Generales de Personal y de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese.

 

DR. GUILLERMO H. CRAPISTE

RECTOR

DR. DIEGO DUPRAT

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO