PERSONAL DOCENTE

CONCURSOS PROFESORES ORDINARIOS

(MODIF. ART. 45º RES. CSU-229/08)

 

Resolución CSU-318/16

Expediente X-49/06

 

BAHIA BLANCA, 16 de junio de 2016

 

            VISTO:

            La resolución CSU-229/09 que aprueba el Reglamento de Concursos de Profesores Ordinarios; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que existe una modificación del Reglamento de Concursos de Asistentes y Ayudantes para ordenar el procedimiento de las impugnaciones a los concursos;

 

            Que es necesario unificar  el procedimiento de las impugnaciones entre lo establecido en el Reglamento de Concurso de Asistentes y Ayudantes y lo dispuesto en el de Concursos de Profesores Ordinarios;

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó sobre tablas, en su reunión de fecha 15 de junio de 2016, lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Modificar el artículo 45º de la Resolución CSU-229/08 (Reglamento de Concursos de Profesores Ordinarios) el que quedará redactado de la siguiente forma:

 

“Artículo 45º: La resolución que admita o desestime la impugnación será recurrible por las partes en el concurso, por ante el Consejo Superior Universitario, dentro de los tres (3) días contados a partir de su notificación.- El recurso deberá presentarse por escrito y fundado, ante el Departamento. Si el Director Decano lo considerara admisible, le dará vista a los restantes concursantes por tres (3) días, entregándole copia del recurso. Vencido el plazo, elevará el recurso junto al  o a los expediente/s al Consejo Superior Universitario junto a todos los antecedentes del concurso. El Consejo Superior Universitario lo resolverá dentro de los treinta (30) días contados a partir  de la recepción de las actuaciones en la Secretaría del Consejo. La resolución que se dicte será irrecurrible, excepto en caso de nulidad por defectos formales de procedimiento.”

 

ARTICULO 2º).-  Pase a Rectorado y a la Secretaría General Académica para su conocimiento. Tomen razón los Departamentos Académicos, la Escuela Normal Superior “Vicente Fatone” y el CEMS. Gírese al Boletín Oficial para su publicación. Cumplido, archívese.

 

DR. MARIO RICARDO SABBATINI

RECTOR

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

DR. DIEGO DUPRAT

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO