REGLAMENTO PARA PRESTACION DE SERVICIOS EXTERNOS DE LA UNS (MODIF. Art.. 26º Res. CSU-245/93) E INCOMPAT. AUTORID. SUPERIORES
(Res.CSU- 174/02)
Resolución CSU-326/07
Expediente 54/0
BAHIA BLANCA, 26 de junio de 2007.
VISTO:
La nota
presentada por el Director Decano del Departamento de Ingeniería solicitando la
derogación del art. 26º del Reglamento para la Prestación de Servicios Externos
de la UNS; y
CONSIDERANDO:
Que el mencionado
artículo establece que “El desempeño de cargos directivos departamentales
(Director, Vicedirector Secretario) es
incompatible con la percepción de asignaciones personales de participación en
servicios externos”;
Que el Vicedirector
cumple funciones no rentadas y ocasionales;
Que a través de
la Res. CSU-438/01 se incluye la posibilidad de realización de prestación de
servicios externos por parte de Rectorado a traves de alguna Secretaría
General;
Que el Asesor
Letrado de la UNS, en su Dictamen Nº 6115, critica que se permita participar a
algunas autoridades pero se le impida la percepción de asignaciones surgidas de
los servicios externos;
Que el Consejo
Superior Universitario aprobó con modificaciones ,en su reunión del 20 de junio
de 2007, lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;
POR ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º).- Reemplazar el artículo 26º de la Res. CSU-245/93 quedando redactada de la siguiente
manera: “El desempeño de cargos directivos de Director - Decano,
Secretario de Departamento de tiempo completo y Secretario de Rectorado es
incompatible con la participación en servicios externos de la UNS”.
ARTICULO 2º).- Pase a la Secretaría General Técnica. Comuníquese a
las Secretarías y Direcciones Generales, a los Departamentos Académicos y dése
al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.
DR.
GUILLERMO H. CRAPISTE
RECTOR
DR.
MARCELO A. VILLAR
SECRETARIO GRAL. ACADEMICO