COMISIONES CURRICULARES
DEROGA ART. 2º ANEXO I
RES. CSU-461/89
Resolución CSU-331/16
Expte. X-46/11
BAHIA
BLANCA, 16 de junio de 2016
VISTO:
Las resoluciones CU-461/1989 y modificatorias
que reglamentan la creación y funcionamiento de las Comisiones Curriculares; y
CONSIDERANDO:
Que la misma ha debido ser modificada cada
vez que se crean nuevas carreras a fin de listarlas en el anexo II de la
nombrada resolución;
Que todas las carreras deben constituir una
Comisión Curricular y designar un departamento cabecera al momento de su
creación (CSU-10/2006);
Que a fin de simplificar y no redundar en
datos aprobados es necesario derogar el requisito que establece la obligación
de nominar las carreras que se dictan y los departamentos responsables
(cabecera) de las mismas;
Que el Consejo Superior Universitario aprobó
sobre tablas, en su reunión de fecha 15 de junio de 2016, lo aconsejado por su
Comisión de Enseñanza;
POR ELLO;
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESUELVE:
ARTÍCULO
1º: Derogar el artículo 2 del Anexo I de la resolución CSU-461/1989 que a
continuación se transcribe: "El
Departamento responsable de cada una de las carreras que se dictan actualmente será
el indicado en la nómina que compone el Anexo II de la presente".
ARTÍCULO
2º: Pase a la
Secretaría General Académica y por su intermedio, comuníquese a la Dirección
General de Alumnos y Estudios, a los Departamentos Académicos y al CEMS. Dese
al Boletín Oficial. Cumplido; archívese
DR. MARIO RICARDO SABBATINI
RECTOR
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
DR. DIEGO DUPRAT
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO