COMISIONES CURRICULARES

DEROGA ART. 2º ANEXO I RES. CSU-461/89

 

Resolución CSU-331/16

Expte. X-46/11

 

BAHIA BLANCA, 16 de junio de 2016

 

 

                VISTO:

Las resoluciones CU-461/1989 y modificatorias que reglamentan la creación y funcionamiento de las Comisiones Curriculares; y

 

CONSIDERANDO:

Que la misma ha debido ser modificada cada vez que se crean nuevas carreras a fin de listarlas en el anexo II de la nombrada resolución;

 

Que todas las carreras deben constituir una Comisión Curricular y designar un departamento cabecera al momento de su creación (CSU-10/2006);

 

Que a fin de simplificar y no redundar en datos aprobados es necesario derogar el requisito que establece la obligación de nominar las carreras que se dictan y los departamentos responsables (cabecera) de las mismas;

 

Que el Consejo Superior Universitario aprobó sobre tablas, en su reunión de fecha 15 de junio de 2016, lo aconsejado por su Comisión de Enseñanza;

 

POR ELLO;

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Derogar el artículo 2 del Anexo I de la resolución CSU-461/1989 que a continuación se transcribe: "El Departamento responsable de cada una de las carreras que se dictan actualmente será el indicado en la nómina que compone el Anexo II de la presente".

 

ARTÍCULO 2º:  Pase a la Secretaría General Académica y por su intermedio, comuníquese a la Dirección General de Alumnos y Estudios, a los Departamentos Académicos y al CEMS. Dese al Boletín Oficial. Cumplido; archívese

 

DR. MARIO RICARDO SABBATINI

RECTOR

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

DR. DIEGO DUPRAT

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO