CARRERA DE MEDICINA
MIEMBROS COMISION CONSULTIVA
Resolución
CSU- 338/04
Expte.
1661/94 4º cuerpo
BAHIA BLANCA; 14 de junio
de 2004
VISTO:
La Resolución CSU-668/03 que crea el
cargo de Secretario Organizador de la Carrera de Medicina y establece que el
mismo propondrá al Consejo Superior Universitario la creación de una Comisión
Consultiva;
La renuncia Del Méd. Domingo Martínez al cargo de Secretario Organizador
de la Carrera de Medicina, designado por Res.
CSU-333/04 ;
La
Carta de Intención firmada el 10 de marzo de 2004, entre el Intendente
Municipal de Bahía Blanca, Dr. Rodolfo LópeS; el Secretario de Salud de la
Municipalidad de Bahía Blanca, Dr. Jorge Gabbarini; el Director General del
Hospital Municipal de Agudos “Dr. Leonidas Lucero”, Dr. Angel Pietracatella; el
Director Ejecutivo del Hospital Interzonal General de Agudos “Dr. José Penna”,
Dr. Alberto Taranto; el Director de Coordinación de la Región Sanitaria I, Dr.
Luis A. Urizar y el Rector de la Universidad Nacional del Sur, Dr. Luis M.
Fernández, por la cual se comprometen, entre otras actividades, a establecer un
marco de colaboración recíproca destinado a la instrumentación de la Carrera de
Medicina en el ámbito de la Universidad Nacional del Sur;
Las
propuestas de la Municipalidad de Bahía Blanca, del Hospital Municipal de
Agudos “Dr. Leonidas Lucero” (Resolución Nº 6-187-2004) y del Hospital
Interzonal General de Agudos “Dr. José Penna”, nombrando representantes de sus
instituciones para colaborar con la UNS en la implementación de la Carrera de
Medicina;
El
acuerdo brindado por docentes de esta Casa de Altos Estudios para participar en
esta etapa de la implementación de la Carrera de Medicina; y,
CONSIDERANDO:
Que,
a fin de avanzar en las distintas etapas de la implementación, se hace
necesario contar con la Comisión Consultiva prevista en la Resolución
CSU-668/03;
Que
resulta imprescindible la participación en la mencionada Comisión, en
principio, de representantes de las principales instituciones involucradas en
el funcionamiento de la Carrera (los efectores públicos de salud y la propia
Universidad);
Que
las Instituciones nombradas en el cuarto visto han propuesto a sus
representantes;
Que
el Sr. Rector, en su función de Director de Departamento, otorgada por
Resolución CSU-668/03, propone la conformación de la Comisión Consultiva
teniendo en cuenta los ejes temáticos integradores establecidos en el diseño
curricular: Area Biológica, Area Clínica, Análisis Epidemiológico de
Determinantes de Salud; Salud Individual y Colectiva y Ciencias del Comportamiento;
el Ingreso a la Carrera y los dos ciclos en que está organizado el Plan de
Estudios, un Ciclo Inicial y otro Clínico;
Que
la propuesta realizada por el Sr. Rector no excluye la posibilidad de realizar
a futuro la incorporación de otros docentes de la UNS y / o médicos de la
ciudad a esta Comisión Consultiva;
Que
dicha Comisión tendrá carácter temporario y sólo a efectos de la implementación
de la carrera en el marco de las Res. AU-16/98 y CSU-226/99;
Que
especialistas de la Universidad Nacional de Cuyo en esta temática, han
manifestado su disposición a colaborar en esta etapa del proceso de
implementación de la Carrera de Medicina en el ámbito de la UNS, aportando su
valiosa experiencia en la organización de una currícula innovadora en la enseñanza
de la medicina;
Que
resulta necesario remunerar las tareas a realizar, pues implican una carga
adicional a sus respectivos trabajos;
Que
actualmente la Universidad Nacional del Sur cuenta con presupuesto específico
para atender estas erogaciones, teniendo presente la asignación de fondos
realizada a esta Universidad en el Presupuesto 2004, para la Función Salud, por
el Honorable Congreso de la Nación;
Que
la Res. AU-16/98, CSU-306/98 y CSU-226/99 establecieron el marco reglamentario
y administrativo de la carrera de Medicina en la UNS;
Que el Consejo Superior Universitario
aprobó, en su reunión extraordinaria del
9 de junio de 2004, lo aconsejado por sus Comisiones de Enseñanza y de
Economía, Finanzas y Edificios;
POR ELLO:
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
RESUELVE:
ARTICULO
1º: Designar como miembros de la
Comisión Consultiva de la Carrera de Medicina a los siguientes profesionales,
sin perjuicio de que el Consejo Superior Universitario incorpore nuevos
miembros a la misma.
AREA
BIOLÓGICA:
·
Mg. Marcelo SAGARDOY
(LE. 5.381.332, Legajo 2750), Director Decano del Departamento de Biología,
Bioquímica y Farmacia, UNS.
·
Méd. Jorge Alejandro
BLASCO (DNI 16.250.622), Médico de Planta del Servicio de Patología e
integrante del Comité de Docencia e Investigación, HIGA “Dr. José Penna”.
·
Méd. Marcos HURVITZ
(DNI 18.129.246), Médico del Servicio de Cirugía General, HMA “Dr. Leonidas
Lucero”, Magister en Educación Superior (UNComahue).
·
Méd. Marta CORTE (DNI
13.227.004 Leg. 6155), Ayudante de Docencia, Cátedra "Anátomo Histología", Departamento de Biología,
Bioquímica y Farmacia, UNS. Médico Patóloga, Instituto de Patología, Bahía
Blanca.
AREA ANÁLISIS EPIDEMIOLOGICOS Y DETERMINANTES DE LA
SALUD:
AREA SALUD INDIVIDUAL Y COLECTIVA:
AREA CLINICA:
AREA
CIENCIAS DEL COMPORTAMIENTO:
EVALUACIÓN
E INGRESO:
COORDINACIÓN
CICLO INICIAL:
COORDINACIÓN
CICLO CLINICO:
·
Méd. Juan E. PEREZ (LE
7.961.960. Legajo 5584), Profesor Asociado, Cátedra: “Anátomo-histología”,
Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia, UNS.
ARTICULO 2º: La Comisión designada en el Artículo 1º
caducará en sus funciones el 31 de diciembre de 2004.
ARTICULO
3º: La Comisión designada, dentro
del marco establecido por las Res. AU-16/98, CSU-306/98 y CSU-226/99, tendrá como actividades:
ARTICULO
4º: Designar como asesores externos
a la Comisión Consultiva de la Carrera de Medicina a los siguientes
profesionales:
ARTICULO
5º: Contratar a los profesionales
mencionados en el Artículo 1º que no forman parte de la planta docente de la
UNS, remunerándolos con una suma fija de $ 500 (pesos quinientos) por mes para cada uno de ellos.
ARTICULO 6º:
Abonar a los docentes de la UNS participantes en la Comisión designada en el
Artículo 1º, con excepción del Mg. SAGARDOY, quien la integra en su carácter de
Director Decano de una Unidad Académica, una asignación complementaria
equivalente al cargo que actualmente ocupa, con dedicación semiexclusiva.
ARTICULO
7º: Contratar hasta el 31 de
diciembre de 2004 a los asesores externos mencionados en el Art. 4º,
remunerándolos con una suma fija mensual de $ 1.000 (pesos mil) para cada uno
de ellos.
ARTICULO
8º: El desembolso comprometido en
los artículos 5º, 6º y 7º precedentes será financiado desde el Centro de Costos
18, Finalidad 3, Función 1, incisos 1.1 y 3.
ARTICULO
9º: Notifíquese a los interesados.
Pase a la Secretaría General Académica, a las Direcciones Generales de Personal
y de Economía y Finanzas. Gírese a la dependencia administrativa de la Carrera
de Medicina . Cumplido; archívese.
DR. LUIS
MARIA FERNANDEZ
RECTOR
LIC. SANDRA
BAIONI
SEC.GRAL.CONSEJO
SUPERIOR UNIVERSITARIO