CARRERA DE MEDICINA
DESIGNACION
DEL SECRETARIO ORGANIZADOR (Mod.. RES. CSU-668/03, art. 1º)
Resolución CSU- 339/04
Expedientes. 27/04 y 1661/94 4º cuerpo
BAHIA BLANCA, 14 de Junio
de 2004.
VISTO:
La Resolución
CSU-668/03 mediante la cual se crea el cargo de Secretario Organizador de la
Carrera de Medicina; y,
CONSIDERANDO:
La renuncia presentada por
el Dr. Domingo Martínez al cargo de Secretario Organizador de la Carrera de
Medicina, aceptada por Res. CSU-333/04;
Que es necesario designar temporariamente a un docente
para que desempeñe el rol de funcionario a cargo de resolver las tareas
específicas para el comienzo del dictado de la carrera;
La nota presentada por el Sr. Rector, Dr. Luis M. Fernández,
proponiendo la designación del Lic. Miguel H. Lliteras para desempeñar el
mencionado cargo;
Que, si bien el Lic. Lliteras no es docente de la
especialidad, en términos de la Resolución CSU-668/03 sin embargo posee una
gran experiencia en lo referido a los órganos de gobierno de la Universidad,
tanto unipersonales como colegiados, y es este conocimiento del funcionamiento
de las diferentes instancias político - administrativas de la UNS lo que se
considera necesario en estos momentos para cumplir las funciones inherentes a
la estructuración y funcionamiento de la carrera;
Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su
reunión extraordinaria del 9 de junio de 2004, lo aconsejado por sus Comisiones
de Enseñanza y Economía, Finanzas y Edificios;
POR ELLO:
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Modificar el
Art. 1º de la Resolución CSU-668/03, que quedará redactado de la siguiente
manera:
“.. será ocupado preferentemente
por un docente de la especialidad de reconocida trayectoria y será designado
por el Consejo Superior Universitario a propuesta del Rector”.
ARTICULO 2º: Designar
al Lic. Miguel Hugo LLITERAS (DNI 11.089.685, Legajo 4845) como Secretario
Organizador de la Carrera de Medicina, con carácter temporario, hasta el 31 de
diciembre de 2004.
ARTICULO 3º: El cargo
desempeñado por el Secretario Organizador de la Carrera de Medicina será el
equivalente a un Secretario de Departamento con Tiempo Completo.
ARTICULO 4º: El desembolso
comprometido en el artículo precedente será financiado desde el Centro de
Costos 18, Finalidad 3, Función 1, inciso 1.1.
ARTICULO 5º: Notifíquese
al interesado. Pase a la Secretaría
General Académica y a las Direcciones Generales de Personal y de Economía y
Finanzas. Cumplido; archívese.
DR. LUIS MARIA FERNANDEZ
RECTOR
LIC. SANDRA BAIONI
SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO