CARRERA DE MEDICINA

DESIGNACION DEL SECRETARIO ORGANIZADOR (Mod.. RES. CSU-668/03, art. 1º)

 

Resolución CSU- 339/04

Expedientes. 27/04 y 1661/94 4º cuerpo

 

BAHIA BLANCA, 14 de Junio de 2004.

 

VISTO:

La Resolución CSU-668/03 mediante la cual se crea el cargo de Secretario Organizador de la Carrera de Medicina; y,

 

CONSIDERANDO:

La renuncia presentada por el Dr. Domingo Martínez al cargo de Secretario Organizador de la Carrera de Medicina, aceptada por Res. CSU-333/04;

            Que es necesario designar temporariamente a un docente para que desempeñe el rol de funcionario a cargo de resolver las tareas específicas para el comienzo del dictado de la carrera;

            La nota presentada por el Sr. Rector, Dr. Luis M. Fernández, proponiendo la designación del Lic. Miguel H. Lliteras para desempeñar el mencionado cargo;

            Que, si bien el Lic. Lliteras no es docente de la especialidad, en términos de la Resolución CSU-668/03 sin embargo posee una gran experiencia en lo referido a los órganos de gobierno de la Universidad, tanto unipersonales como colegiados, y es este conocimiento del funcionamiento de las diferentes instancias político - administrativas de la UNS lo que se considera necesario en estos momentos para cumplir las funciones inherentes a la estructuración y funcionamiento de la carrera;

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión extraordinaria del 9 de junio de 2004, lo aconsejado por sus Comisiones de Enseñanza y Economía, Finanzas y Edificios;

 

POR ELLO:

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

 

ARTICULO 1º: Modificar el Art. 1º de la Resolución CSU-668/03, que quedará redactado de la siguiente manera:

 “.. será ocupado preferentemente por un docente de la especialidad de reconocida trayectoria y será designado por el Consejo Superior Universitario a propuesta del Rector”.

 

ARTICULO 2º: Designar al Lic. Miguel Hugo LLITERAS (DNI 11.089.685, Legajo 4845) como Secretario Organizador de la Carrera de Medicina, con carácter temporario, hasta el 31 de diciembre de 2004.

 

ARTICULO 3º: El cargo desempeñado por el Secretario Organizador de la Carrera de Medicina será el equivalente a un Secretario de Departamento con Tiempo Completo.

 

ARTICULO 4º: El desembolso comprometido en el artículo precedente será financiado desde el Centro de Costos 18, Finalidad 3, Función 1, inciso 1.1.

 

ARTICULO 5º: Notifíquese al  interesado. Pase a la Secretaría General Académica y a las Direcciones Generales de Personal y de Economía y Finanzas. Cumplido; archívese.

 

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO