CERTIFICADOS
DE ALUMNO REGULAR / ESPECIFICACIONES
Resolución
CSU-342/14
Expte. 1335/2014
Bahía Blanca, 21 de mayo de 2014
VISTO:
La resolución CSU
147/2011 que recomienda la implementación de mecanismos para expedición de
certificados de alumno regular y analítico a través de Internet;
La propuesta de
reglamentación para emisión de certificados de alumno regular a
través del Sistema Guaraní
3W presentada por la Dirección General de Alumnos y Estudio; y
CONSIDERANDO:
Que el Sistema
Guaraní permite un control exhaustivo de la condición de regularidad de los
estudiantes;
Que los avances
tecnológicos permiten la utilización de códigos de validación y control de
documentos a través de los sistemas informáticos;
Que la autogestión de
certificados redundará en un notorio
beneficio para los
estudiantes, evitando traslados,
colas y demoras en las oficinas de la Dirección General de Alumnos y Estudio;
Que toda emisión de
certificado de alumno regular quedará registrada en la base de
datos del sistema SIU-
Guaraní y estará disponible para la eventual consulta y control de la Dirección
Certificaciones y Despacho;
Que existe informe
favorable de la Dirección General de Sistemas de Información sobre la
factibilidad técnica de implementar esta iniciativa;
Que la Dirección
General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 8111 se expidió en
concordancia con lo propuesto;
Que el Consejo Superior Universitario aprobó,
en su sesión del 4 de junio de 2014, lo recomendado por su comisión de
Economía, Finanza y Edificios;
POR ELLO,
El CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Establecer la emisión del
Certificado de Alumno Regular a través del Sistema Guaraní 3W, de acuerdo al
modelo que se consigna como Anexo I.
ARTÍCULO 2º. El certificado deberá autogestionarse por
cada estudiante a través del Sistema Guaraní 3W y no deberá ser suscripto, ni
consignarse sello de la Dirección General de Alumnos y Estudio.
ARTÍCULO 3º. Para comprobar su validez, se le
incluirá un código QR junto con la descripción del sitio web que la UNS
dispondrá para verificar el documento.
ARTÍCULO 4º. Toda destrucción intencional,
adulteración o falsificación total o parcial de los signos contenidos en el
certificado traerá aparejada la nulidad del trámite o del instrumento o del
certificado a que se refiere y dará lugar a las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO 5º. La emisión de la constancia de
alumno regular será gratuita.
ARTÍCULO 6º. El documento deberá contener
como mínimo la siguiente información:
• Datos del estudiante: nombre completo,
número de documento, número de legajo y
carreras en las que se
encuentra en condición regular.
• Datos generales: leyenda “Universidad
Nacional del Sur. Dirección General de
Alumnos y Estudio”, fecha de emisión, código
QR y web de certificación.
ARTÍCULO 7º. De ser necesario, el estudiante
podrá solicitar un certificado impreso con sello y firma en la Dirección
General de Alumnos y Estudio, tal como ocurre actualmente.
ARTÍCULO 8º. Pase a la Secretaría General
Académica y, por su intermedio, comuníquese
a los Departamentos
Académicos. Pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de
Alumnos y Estudio y a la Dirección General de Sistemas de Información. Dése al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.
DR. GUILLERMO H. CRAPISTE
RECTOR
DR. JUAN CARLOS LOBARTINI
SEC. GRAL. POSGRADO Y EDUCACION
CONTINUA a/c. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
ANEXO
Res. CSU-342/14
Especificaciones
técnicas y modelo de Certificado de Alumno Regular
ARTICULO 1º.- El certificado será
diseñado para ser impreso en hoja tamaño A4 o superior, tendrá como encabezado
el escudo UNS y la leyenda “Universidad Nacional del Sur, Dirección
General de Alumnos y Estudio”.
ARTICULO 2º.- El sello UNS aparecerá
también como fondo de agua detrás del texto.
ARTICULO 3º.- Indicará
el número de legajo del alumno, en alineación superior sobre margen derecho.
ARTICULO 4º.- Incluirá el texto:
La
Dirección General de Alumnos y Estudio
de la UNS certifica que XXXX XXXX DNI XXXXXXXX es
alumno/a regular de la carrera: XXXXXXX
Bahía Blanca xx/xx/xxxx
El presente certificado podrá ser
validado en la siguiente web: xxxxxx
ARTICULO 5º.- Contendrá un código QR para ser verificado en la web dispuesta a tal
efecto e indicará cuál es el sitio de certificación.
DR. GUILLERMO H. CRAPISTE
RECTOR
DR. JUAN CARLOS LOBARTINI
SEC. GRAL. POSGRADO Y EDUCACION
CONTINUA a/c. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO