LICENCIAS PARA ESTUDIOS AVANZADOS E INVESTIGACION
Resolución CU-344/83.
Expediente QD-1301/88.
BAHIA BLANCA, 4 octubre 1989.
ARTICULO 1°). COMUNICAR a los Consejos Departamentales que por aplicación del articulo 46° inc. o) del Estatuto y del articulo 5° del Régimen de Licencias para el Personal Docente, las licencias sin goce de haberes para estudios avanzados e investigación que superen el mes de duración las concede el Consejo Universitario.
ARTICULO 2°). Ratificar todas las licencias sin goce de haberes actualmente en uso, que hayan sido otorgadas por los Consejos Departamentales por las causales indicadas en el artículo 5° del Régimen de Licencias para el Personal Docente.
ARTICULO 3°). De forma.
Ing. Qco. BRAULIO RAUL LAURENCENA
Rector
Lic. JOSE EMILIO ZAINA
Sec. Gral. Consejo Universitario