LICENCIAS PARA ESTUDIOS AVANZADOS E INVESTIGACION


Resolución CU-344/83.

Expediente QD-1301/88.


BAHIA BLANCA, 4 octubre 1989.


ARTICULO 1°). COMUNICAR a los Consejos Departamentales que por aplicación del articulo 46° inc. o) del Estatuto y del articulo 5° del Régimen de Licencias para el Personal Docente, las licencias sin goce de haberes para estudios avanzados e investigación que superen el mes de duración las concede el Consejo Universitario.


ARTICULO 2°). Ratificar todas las licencias sin goce de haberes actualmente en uso, que hayan sido otorgadas por los Consejos Departamentales por las causales indicadas en el artículo 5° del Régimen de Licencias para el Personal Docente.


ARTICULO 3°). De forma.



Ing. Qco. BRAULIO RAUL LAURENCENA

Rector

Lic. JOSE EMILIO ZAINA

Sec. Gral. Consejo Universitario