INSTITUYESE EL "DIA DE LOS DERECHOS DEL ESTUDIANTE SECUNDARIO"


Resolucion CU346/95.


BAHIA BLANCA, 15 de setiembre de 1995.


VISTO:

La Ley 10671 de la Provincia de Buenos Aires por la que se instituye en esta Provincia el 16 de setiembre de 1976 como DIA DE LOS DERECHOS DEL ESTUDIANTE SECUNDARIO y se establece que los establecimientos dependientes de la Direccion General de Escuelas de la Provincia desarrollaran en una clase el tema Democracia y Derechos Humanos a los efectos de recordacion de dicha fecha;

La Ordenanza N° 7580 del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Bahia Blanca, por la que se instituye el dia 16 de setiembre como DIA DE LOS DERECHOS DEL ESTUDIANTE SECUNDARIO EN EL PARTIDO DE BAHIA BLANCA y


CONSIDERANDO:

Que la Universidad tiene como fin, segun su Estatuto, la formacion integral de sus miembros, inculcandoles el respeto de las normas de la Constitucion Nacional, que incluyen los derechos humanos universalmente consagrados;

Que la memoria es la mejor garantia para evitar que hechos como los ocurridos el 16 de setiernbre de 1976 vuelvan a repetirse,

Que el Consejo Universitario, mediante Resolucion CU319/94 adhirio a los actos conmemorativos de "La Noche de los Lapices", realizados en nuestra ciudad el 16 de setiembre de 1994;

Lo aprobado por el Consejo en su reunion del 13/9/95;


POR ELLO,

EL CONSEJO UNIVERSITARIO

RESUELVE:


ARTICULO 1°). Instituir el 16 de setiembre como "DIA DE LOS DERECHOS DEL ESTUDIANTE SECUNDARIO" en el ámbito de los Establecimientos Secundarios dependientes de la UNS.

ARTICULO 2°). Los mencionados Establecimientos desarrollaran durante la semana de ese Dia actividades alusivas y encomendaran a sus alumnos tareas grupales sobre:

- Derechos del Estudiante Secundario.

- Los jovenes como protagonistas de la vida democratica.

- Derechos Humanos en la Constitucion Nacional.

- El respeto mutuo; la valoracion de la opinión ajena y de la critica como pilares de un futuro de paz compartido.

- Todo otro tema que haga a los derechos humanos y a la convivencia democrática.

ARTICULO 3°). Adherir a los actos a realizarse en nuestra ciudad en conmemoracion de dicho Dia.

ARTICULO 4°). Pase a conocimiento de la Secretaria General Academica y del CEMS. Comuniquese a las Escuelas de Ciclo Basico, Agricultura y Ganaderia Normal Superior y Superior de Comercio. Dese a la Direccion de Prensa y Ceremonial y al Boletin Oficial a sus efectos.



DR. GUSTAVO A. ORIOLI

VICERRECTOR

LIC. GUILLERMO M. LUCANERA

SEC. GRAL. CONSEJO UNIVERSITARIO