LABORATORIO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO EN INGENIERIA DE SOFTWARE Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN (LISSI)  /REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO

 

Resolución CSU-349/09

Expediente 3614/08

 

BAHIA BLANCA, 15 de mayo de 2009.

 

            VISTO:

            La Res. AU-4/09 por la que la Asamblea Universitaria creó el Laboratorio de Investigación y Desarrollo en Ingeniería de Software y Sistemas de Información (LISSI); y

 

            CONSIDERANDO:

            Que, en cumplimiento de la Res. CSU-443/07, corresponde la aprobación de su reglamento de funcionamiento (art. 4º, Anexo)

 

            Que el Consejo Superior Universitario aconsejó, en su reunión del 6 de mayo de 2009, lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Aprobar el Reglamento de Funcionamiento interno Laboratorio de Investigación y Desarrollo en Ingeniería de Software y Sistemas de Información (LISSI), que consta como anexo de la presente.

 

ARTICULO 2º).- Pase a la Secretaría  General Académica y al Departamento de Ciencias e Ingeniería de la Computación a sus efectos. Dése al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

 

DR. GUILLERMO H. CRAPISTE

RECTOR

ABOG. DIEGO A. J. DUPRAT

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

 

A N E X O

Resol. CSU-349/09

 

Reglamento de Funcionamiento Interno

 

Laboratorio de Investigación y Desarrollo en Ingeniería de Software y Sistemas de Información LISSI.

 

Estructura de Gobierno y Administración

Director

            La autoridad representativa y ejecutiva del Laboratorio es el Director. Se elegirá entre los miembros del Consejo Asesor. Su designación deberá ser efectuada por el Consejo Departamental de Ciencias  de la Computación a propuesta del Consejo Asesor del Laboratorio. La designación se hará cada cuatro años.

            Será deber del Director elevar al Consejo Departamental un plan de actividades del Laboratorio al iniciar su mandato y un informe cada dos (2) años de las tareas realizadas.

 

Consejo Asesor

            El Consejo Asesor estará constituido por los investigadores a cargo de cada una de las diferentes  líneas de investigación que constituyen el Laboratorio.

            El Consejo Asesor asistirá al Director en todas las cuestiones relacionadas con la marcha y el desarrollo del Laboratorio, así como en la creación de nuevas líneas de investigación.

            Su función es la de colaborar con el Director  y designar al reemplazante en caso de ausencia.

            El Consejo Asesor se reunirá cada vez que sea convocado por el Director.

 

Funcionamiento

            El lugar físico y el equipamiento del Laboratorio serán solamente utilizados para los fines específicos. Servirán de apoyo a los proyectos de investigación que involucran las distintas líneas, a tesistas de postgrado, becarios, pasantes, al desarrollo de tesis de licenciatura e ingeniería, proyectos finales de ingeniería, asignaturas de grado y postgrado y cualquier otra actividad relacionada con las funciones específicas del Laboratorio.

 

Sostén Económico

            El mantenimiento económico del Laboratorio se hará con el aporte principal de los proyectos que involucran  las líneas de trabajo que lo componen y eventualmente cualquier otro aporte que resultare de convenios y proyectos interuniversitarios nacionales o internacionales, trabajos a terceros, aportes del Tesoro Nacional, organismos nacionales de Ciencia  Tecnología y donaciones.

            Los bienes adquiridos serán donados a la Universidad Nacional del Sur

 

DR. GUILLERMO H. CRAPISTE

RECTOR

ABOG. DIEGO A. J. DUPRAT

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO