LABORATORIO
DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO EN INGENIERIA DE SOFTWARE Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN
(LISSI) /REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO
Resolución CSU-349/09
Expediente 3614/08
BAHIA BLANCA, 15 de mayo de 2009.
VISTO:
La
Res. AU-4/09 por la que la Asamblea Universitaria creó el Laboratorio de
Investigación y Desarrollo en Ingeniería de Software y Sistemas de Información
(LISSI); y
CONSIDERANDO:
Que,
en cumplimiento de la Res. CSU-443/07, corresponde la aprobación de su
reglamento de funcionamiento (art. 4º, Anexo)
Que
el Consejo Superior Universitario aconsejó, en su reunión del 6 de mayo de
2009, lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;
POR
ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º).- Aprobar el
Reglamento de Funcionamiento interno Laboratorio de Investigación y Desarrollo
en Ingeniería de Software y Sistemas de Información (LISSI), que consta como
anexo de la presente.
ARTICULO 2º).- Pase a la
Secretaría General Académica y al
Departamento de Ciencias e Ingeniería de la Computación a sus efectos. Dése al
Boletín Oficial. Cumplido, archívese.
DR.
GUILLERMO H. CRAPISTE
RECTOR
ABOG.
DIEGO A. J. DUPRAT
SEC.
GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
A N E X O
Resol. CSU-349/09
Reglamento de Funcionamiento Interno
Laboratorio de Investigación y
Desarrollo en Ingeniería de Software y Sistemas de Información LISSI.
Estructura de Gobierno y
Administración
Director
La autoridad representativa y ejecutiva del
Laboratorio es el Director. Se elegirá entre los miembros del Consejo Asesor.
Su designación deberá ser efectuada por el Consejo Departamental de
Ciencias de la Computación a propuesta
del Consejo Asesor del Laboratorio. La designación se hará cada cuatro años.
Será
deber del Director elevar al Consejo Departamental un plan de actividades del
Laboratorio al iniciar su mandato y un informe cada dos (2) años de las tareas
realizadas.
Consejo Asesor
El
Consejo Asesor estará constituido por los investigadores a cargo de cada una de
las diferentes líneas de investigación
que constituyen el Laboratorio.
El
Consejo Asesor asistirá al Director en todas las cuestiones relacionadas con la
marcha y el desarrollo del Laboratorio, así como en la creación de nuevas
líneas de investigación.
Su
función es la de colaborar con el Director
y designar al reemplazante en caso de ausencia.
El
Consejo Asesor se reunirá cada vez que sea convocado por el Director.
Funcionamiento
El
lugar físico y el equipamiento del Laboratorio serán solamente utilizados para
los fines específicos. Servirán de apoyo a los proyectos de investigación que
involucran las distintas líneas, a tesistas de postgrado, becarios, pasantes,
al desarrollo de tesis de licenciatura e ingeniería, proyectos finales de
ingeniería, asignaturas de grado y postgrado y cualquier otra actividad
relacionada con las funciones específicas del Laboratorio.
Sostén Económico
El
mantenimiento económico del Laboratorio se hará con el aporte principal de los
proyectos que involucran las líneas de
trabajo que lo componen y eventualmente cualquier otro aporte que resultare de
convenios y proyectos interuniversitarios nacionales o internacionales,
trabajos a terceros, aportes del Tesoro Nacional, organismos nacionales de
Ciencia Tecnología y donaciones.
Los
bienes adquiridos serán donados a la Universidad Nacional del Sur
DR.
GUILLERMO H. CRAPISTE
RECTOR
ABOG.
DIEGO A. J. DUPRAT
SEC. GRAL.
CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO