PERSONAL DOCENTE
CONCURSOS DE ASISTENTES Y AYUDANTES (MODIF. ART. 13º RES. CSU-512/10)
Resolución CSU-353/16
Expdte. X-35/16
BAHIA BLANCA, 30 de junio de 2016.
VISTO:
La Resolución CSU-309/16 que
modifica el Reglamento de Concursos de Asistentes y Ayudantes (Resolución
CSU-512/10);
El Convenio Colectivo de Trabajo
para los Docentes de las Universidades Nacionales homologado por el Decreto
1246/15;
El Anexo de la Resolución CSU-222/16
que otorga mandato a los representantes de la UNS en la Comisión Paritaria
Docente de Nivel Particular para que traten y consideren el preacuerdo que
consta en su Anexo; y
CONSIDERANDO:
Que la resolución CSU-309/16 surge
de lo dispuesto por el Convenio Colectivo de Trabajo para los Docentes de las
Universidades Nacionales y lo convenido en la Comisión Paritaria Docente de
Nivel Particular respecto a la cobertura
del cargo de Jefe de Trabajos Práctico/Asistente;
Que el requisito de antigüedad
certificada que el Director Decano debe incorporar al expediente dentro de los dos días de
vencido el plazo de inscripción, se refiere a los concursos de Jefe de Trabajo
Práctico / Asistente (artículo 6 inciso c) Res. CSU-309/16);
Que el Consejo Superior
Universitario aprobó sobre tablas, en su reunión de fecha 29 de junio de 2016,
lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;
POR ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E LV E :
ARTICULO 1º).- Rectificar el artículo 6º de la
Resolución CSU-309/16 que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 13º de la Resolución CSU-512/10, inciso c):
En los concursos de cargos de Asistentes, agregará al expediente certificación
que indique qué postulantes pertenecen a el /las áreas/s a las que corresponda /n la/s
asignatura/s a concursar, indicando antigüedad de cada postulante en la misma y
aclarando si dicha antigüedad fue continuada o discontinuada. En este último
caso deberá indicar la duración de cada
período. Se dejará constancia de la antigüedad al momento de la exhibición de
la nómina de los inscriptos (artículo 15º de
resolución CSU-512/10)”
ARTICULO 2º).-
Pase a Rectorado, a la Secretaría General Académica y a las Direcciones
Generales de Personal y de Economía y Finanzas para su conocimiento. Tome razón
los Departamentos Académicos, la Escuela Normal Superior “Vicente Fatone” y el CEMS. Gírese al Boletín Oficial. Cumplido,
archívese.-
MG.
CLAUDIA PATRICIA LEGNINI
VICERRECTORA
UNIVERSIDAD
NACIONAL DEL SUR
DR.
DIEGO DUPRAT
SEC.
GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO