PERSONAL DOCENTE

CONCURSOS DE ASISTENTES Y AYUDANTES (MODIF. ART. 13º RES. CSU-512/10)

 

Resolución CSU-353/16

Expdte. X-35/16

 

BAHIA BLANCA, 30 de junio de 2016.

 

            VISTO:

            La Resolución CSU-309/16 que modifica el Reglamento de Concursos de Asistentes y Ayudantes (Resolución CSU-512/10);

           

            El Convenio Colectivo de Trabajo para los Docentes de las Universidades Nacionales homologado por el Decreto 1246/15;

           

            El Anexo de la Resolución CSU-222/16 que otorga mandato a los representantes de la UNS en la Comisión Paritaria Docente de Nivel Particular para que traten y consideren el preacuerdo que consta en su Anexo; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que la resolución CSU-309/16 surge de lo dispuesto por el Convenio Colectivo de Trabajo para los Docentes de las Universidades Nacionales y lo convenido en la Comisión Paritaria Docente de Nivel Particular  respecto a la cobertura del cargo de Jefe de Trabajos Práctico/Asistente;

 

            Que el requisito de antigüedad certificada que el Director Decano debe incorporar  al expediente dentro de los dos días de vencido el plazo de inscripción, se refiere a los concursos de Jefe de Trabajo Práctico / Asistente (artículo 6 inciso c) Res. CSU-309/16);

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó sobre tablas, en su reunión de fecha 29 de junio de 2016, lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E LV E :

 

ARTICULO  1º).- Rectificar el artículo 6º de la Resolución CSU-309/16 que quedará redactado de la siguiente manera:

 

“Artículo 13º de la Resolución CSU-512/10, inciso c): En los concursos de cargos de Asistentes, agregará al expediente certificación que indique qué postulantes pertenecen a el /las  áreas/s a las que corresponda /n la/s asignatura/s a concursar, indicando antigüedad de cada postulante en la misma y aclarando si dicha antigüedad fue continuada o discontinuada. En este último caso deberá indicar  la duración de cada período. Se dejará constancia de la antigüedad al momento de la exhibición de la nómina de los inscriptos (artículo 15º de  resolución CSU-512/10)”

 

ARTICULO 2º).- Pase a Rectorado, a la Secretaría General Académica y a las Direcciones Generales de Personal y de Economía y Finanzas para su conocimiento. Tome razón los Departamentos Académicos, la Escuela Normal Superior “Vicente Fatone” y el CEMS. Gírese al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.-

 

MG. CLAUDIA PATRICIA LEGNINI

VICERRECTORA

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

DR. DIEGO DUPRAT

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO