REGLAMENTO DE INGRESO A LA ESCUELA DE CICLO BÁSICO COMÚN 2022 (SUSPENDE TRANSITORIAMENTE RES. CSU-283/14)

 

Resolución CSU-353/21

Expte.2634/13

 

BAHÍA BLANCA, 08 de julio de 2021

 

VISTO:

La resolución CSU-283/2014 que reglamenta el ingreso a la Escuela de Ciclo Básico Común;

 

La resolución CSU-249/20;

 

La resolución CSU 171/2021 que modifica el Calendario Específico para las Escuelas Preuniversitarias del año 2021;

 

El Decreto del Poder Ejecutivo 235/2021 y su modificatorio 241/2021;

 

La resolución CEMS-024/21; y

 

CONSIDERANDO:

Que la resolución CSU-283/14 establece la modalidad del “Curso de Nivelación” y del “Ingreso” a la Escuela de Ciclo Básico Común;

 

Que las actividades educativas presenciales están limitadas en función de los aforos según los Protocolos aprobados por el Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo de la UNS;

 

Que la resolución CSU-249/20 reemplazó provisoriamente, durante el Ciclo Lectivo 2020, la modalidad presencial del “Curso de Nivelación” por el dictado con modalidad virtual asincrónica en función de lo dispuesto por las medidas adoptadas por la pandemia de Covid-19;

 

Que es necesario contar con una normativa actual que regule el proceso de Ingreso a la Escuela de Ciclo Básico Común para el Ciclo Lectivo 2022, teniendo en cuenta la dinámica del sistema de fases que establece cuáles actividades están habilitadas en los Municipios de acuerdo a la situación sanitaria y epidemiológica que presentan;

 

Que el Proyecto de Ingreso a la Escuela de Ciclo Básico Común fue elevado por la Dirección de la Escuela y trabajado al interior de la Comisión de Interpretación y Reglamento para luego ser aprobado por el CEMS;

 

Que en el texto de la resolución CEMS-024/21 se contemplan distintas posibilidades para el Ingreso a la ECBC según los posibles contextos en relación a las medidas que se hayan tomado en las fechas establecidas por Res.CSU-171/2021Calendario Específico para las Escuelas Preuniversitarias del año 2021”;

 

Que el Consejo Superior Universitario aprobó por unanimidad, en su reunión del 07 de julio de 2021, lo aconsejado por sus Comisiones de Establecimientos Secundarios y Terciarios y de Interpretación y Reglamento;

 

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Suspender transitoriamente la resolución CSU-283/14 para el ingreso al ciclo lectivo 2022 de la Escuela de Ciclo Básico Común en el marco del contexto epidemiológico actual debido a la pandemia por Covid-19.

 

ARTÍCULO 2°: Aprobar, para el Ciclo Lectivo 2022, el Reglamento de Ingreso a la Escuela de Ciclo Básico Común según corre como ANEXO a la presente resolución.

 

ARTÍCULO 3°: Establecer como fecha límite para la toma de decisión sobre el sostenimiento de la modalidad de ingreso por examen, el día15 de octubre de 2021. El Consejo de Enseñanza Media y Superior emitirá una resolución teniendo en cuenta un informe actualizado de la Dirección de Higiene y Seguridad del Trabajo de la UNS. El informe contemplará las normativas que en ese momento se encuentren vigentes y establecerá la factibilidad y protocolo para la toma de examen presencial, teniendo en cuenta la capacidad disponible en toda la Universidad. En caso de no ser esto posible, el mecanismo de ingreso será por sorteo. En tal caso el sorteo se realizará el viernes posterior a la finalización del curso de nivelación, o el mismo día en que finalice el curso de nivelación si este es un viernes.

 

ARTÍCULO 4°: Solicitar a la Secretaría General de Bienestar Universitario que realice acciones tendientes a garantizar el acceso al Curso de Nivelación virtual de las/os aspirantes con limitaciones de conectividad y dispositivo. Al momento de la inscripción, se realizará un relevamiento sobre la disponibilidad de acceso a Internet y/o dispositivo de cada aspirante.

 

ARTÍCULO 5º: Pase a la Secretaría General Académica para su conocimiento. Gírese al CEMS y por su intermedio a la Escuela de Ciclo Básico Común a sus efectos. Dese a la Dirección General de Boletín Oficial y Digesto. Cumplido, archívese.

 

DR. DANIEL A. VEGA

RECTOR

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

ABOG. MARIO A. ARRUIZ

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

 

ANEXO

Resolución CSU-353/2021

 

REGLAMENTO DE INGRESO A LA ESCUELA DE CICLO BÁSICO COMÚN

CICLO LECTIVO 2022

 

 

PARTE I - DEL INGRESO POR EXAMEN

ARTÍCULO 1º: De la inscripción

a) Todas/os las/os aspirantes a ingresar a 1º año de la Escuela de Ciclo Básico Común, ciclo lectivo 2022, deberán realizar la inscripción online en el período comprendido entre el lunes 2 de agosto y el viernes 13 de agosto de 2021 inclusive. Antes de esa fecha y durante el mes de julio se realizará la difusión a través de los medios masivos de comunicación, página web de la Escuela y de la Universidad.

 

b) La inscripción se realizará de forma virtual a través de un enlace que estará disponible en la página Web de la Escuela de Ciclo Básico Común, desde las 00:00 horas del lunes 2 de agosto y hasta las 23:59 horas del viernes 13 de agosto.

c) La “Planilla de Inscripción” se presentará de manera digital a través de un formulario de Google. El enlace para la entrega estará disponible en la página Web de la Escuela desde las 00:00 horas del lunes 16 de agosto y hasta las 23:59 horas del viernes 20 de agosto.

 

d) La institución dispondrá de un número telefónico para atender consultas pertinentes a la inscripción online. Para aquellos casos que así lo requieran se proveerá la asistencia telefónica necesaria para realizar la inscripción.

 

e) Las/os aspirantes a ingresar a la Escuela de Ciclo Básico Común deben tener menos de 15 años de edad al 1 de julio del año 2022.

 

f) Las/os interesadas/os que no efectivicen la inscripción y la presentación de la planilla de inscripción en las fechas dispuestas por la resolución CSU-171/2021, no tendrán derecho a realizar el Curso de Nivelación, rendir los exámenes ni participar del sorteo, por lo que no podrán ingresar a la Escuela de Ciclo Básico Común.

 

ARTÍCULO 2º: Conformación de las divisiones

Fijar en 10 (diez) el número de divisiones de 1º año de la Escuela de Ciclo Básico Común, y en 26 (veintiséis) el número de alumnas/os que ingresa a cada división.

 

ARTÍCULO 3º: Del ingreso

Las 260 vacantes se cubrirán de la siguiente manera:

a) Por las/os estudiantes provenientes de sexto año de la Escuela de Enseñanza Inicial y Primaria de la UNS que opten por continuar sus estudios en la Escuela de CBC y que hayan asistido al 80% de las clases del curso de nivelación y rendido los dos exámenes, en caso que éstos puedan ser realizados.

 

b) Por 50 (cincuenta) alumnas/os sorteadas/os de la totalidad de inscriptas/os, que hayan asistido al menos al 80% de las clases del curso de nivelación y rendido los dos exámenes (Lengua y Matemática), sin incluir a quienes provienen de la Escuela de Enseñanza Inicial y Primaria de la UNS. Dicho sorteo se realizará por la Quiniela Nocturna de la Lotería de la Ciudad (ex Lotería Nacional) correspondiente al viernes posterior a la toma del último examen o el mismo día en el caso de que dicho examen se tome un viernes.

Para el sorteo se tendrán en cuenta las 3 (tres) últimas cifras del DNI de la/del aspirante, correspondiendo en primer término, a aquellos cuyas tres últimas cifras del DNI coincidan con las tres últimas cifras del primer premio de la fecha del sorteo correspondiente; a continuación, los que posean terminación en orden creciente hasta el 999 y luego desde el 000 hasta el número anterior a la cifra sorteada. En caso de empate, se continuará con la cuarta cifra (unidad de mil). En caso de persistir la igualdad, se desempatará con la decena de mil y así sucesivamente.

 

c) Por las/os aspirantes no incluidos en los incisos a) y b) del presente ARTÍCULO, que hayan asistido al menos al 80% de las clases del curso de nivelación y que hayan rendido los exámenes de Lengua y Matemática, de acuerdo con el orden de mérito surgido de la sumatoria de las calificaciones obtenidas en ambas evaluaciones. En caso de no poder realizarse el examen, la totalidad de las vacantes se cubrirán siguiendo el criterio establecido en los incisos a) y b) del presente ARTÍCULO.

 

ARTÍCULO 4º: Del Curso de Nivelación

a) La Escuela de Ciclo Básico Común ofrecerá un Curso de Nivelación de Lengua y Matemática, con modalidad virtual, de 12 (doce) semanas de duración, entre los meses de septiembre y noviembre.

 

b) Estará organizado por el Equipo Directivo, la coordinación de ingreso de la Escuela de Ciclo Básico Común y las Coordinadoras de Espacios Curriculares Afines de Lengua y Matemática.

 

c) La preparación del material didáctico, de los contenidos digitales, la coordinación de las clases y el acompañamiento de profesoras/es y docentes de apoyo, estará a cargo de un equipo integrado por las Coordinadoras de Espacios Curriculares Afines de Lengua y Matemática, una/un profesora/or de la Escuela de Ciclo Básico Común de cada área y un/una profesor/a de la Escuela de Enseñanza Inicial y Primaria de cada área.

 

d) Las clases estarán a cargo de profesoras/es, que realizarán la mediación pedagógica de las actividades, la elaboración de videos explicativos y la atención de consultas sincrónicas.

Podrán acceder a las horas de las áreas específicas de Lengua y Matemática quienes hayan trabajado en el curso de nivelación para ingreso a la Escuela de Ciclo Básico Común, se desempeñen como docentes en las Escuelas Preuniversitarias de la UNS en las áreas de Lengua y Matemática o sean alumnas/os avanzadas/os de los Profesorados de Letras y Matemática de la UNS. Se considerará “alumnas/os avanzadas/os” quienes hayan aprobado el 80% de la carrera y la correspondiente práctica docente.

 

e) Cada aula virtual y cada profesora/or a cargo del aula contará con la colaboración de una/un docente de apoyo que sistematizará la participación de los/las aspirantes y realizará tareas de acompañamiento didáctico a aquellas/os aspirantes que presenten dificultades para la realización de las actividades. Podrán acceder al cargo profesoras/es de las áreas específicas o estudiantes de los Profesorados de Letras y Matemática que acrediten el 50% de la carrera.

 

ARTÍCULO 5º: De los exámenes

a) Todos las/los aspirantes deberán rendir un examen de Lengua y otro de Matemática, ambos con carácter obligatorio. Estos exámenes serán escritos, individuales, presenciales y valorados con una calificación de 0 a 100 puntos.

 

b) Los exámenes de cada área se tomarán el mismo día y hora para todas/os las/os aspirantes.

 

c) Las inasistencias a las evaluaciones se justificarán en los siguientes casos: enfermedad del/de la aspirante con presentación de certificado médico expedido por hospital público o privado; fallecimiento de familiar directo, en este grupo se incluyen madres, padres, hermanos/as, abuelos/as o integrantes del grupo familiar conviviente.

 

d) Para determinar el ingreso de aspirantes no incluidas/os en forma directa (ingresantes provenientes de la Escuela de Enseñanza Inicial y Primaria y los 50 (cincuenta) sorteados Art. 3º incisos a) y b)), se confeccionará un listado por orden de mérito desde la calificación más alta a la más baja, que será el resultado de la sumatoria de los puntajes obtenidos en los exámenes, siempre que hayan asistido al menos al 80% de las clases del curso de nivelación y rendido los dos exámenes (Lengua y Matemática)

 

ARTÍCULO 6º: De los turnos

Para la adjudicación del turno a las/os alumnas/os ingresantes a 1º año de la Escuela de Ciclo Básico Común se seguirán las siguientes pautas:

a) Las/os alumnas/os provenientes de la Escuela de Enseñanza Inicial y Primaria de la UNS que hayan optado por la ECBC ingresarán al turno que elijan.

 

b) Las 130 vacantes en el turno mañana se cubrirán de la siguiente manera:

1. Con las/os alumnas/os de la Escuela de Enseñanza Inicial y Primaria que hayan elegido este turno.

2. Con las/os veinticinco (25) primeras/os alumnas/os pertenecientes al listado de los cincuenta (50) aspirantes por sorteo (de acuerdo con Art.3 inc. b) distribuidos equitativamente entre las 5 divisiones del turno mañana.

3. Con las/os aspirantes del listado por orden de mérito que hayan ingresado de acuerdo al resultado de los exámenes y según el orden de Sorteo de la Quiniela Nocturna de la Lotería de la Ciudad (ex Lotería Nacional) correspondiente a las 48 (cuarenta y ocho) horas hábiles posteriores a la publicación del listado hasta cubrir las 130 vacantes disponibles en el turno mañana. En caso de no poder realizarse el examen, la asignación de turnos se efectuará siguiendo el criterio establecido en los puntos 1 y 2 hasta cubrir las 130 vacantes disponibles.

Para el sorteo del turno se tendrán en cuenta las 3 (tres) últimas cifras del DNI del/de la aspirante, correspondiendo en primer término, a aquellos cuyas tres últimas cifras del DNI coincidan con las tres últimas cifras del primer premio de la fecha del sorteo correspondiente; a continuación, los que posean terminación en orden creciente hasta el 999 y luego desde el 000 hasta el número anterior a la cifra sorteada. En caso de empate, se continuará con la cuarta cifra (unidad de mil). En caso de persistir la igualdad, se desempatará con la decena de mil y así sucesivamente.

 

c) Las 130 vacantes en el turno tarde se cubrirán de la siguiente manera:

1. Con las/os alumnas/os de la Escuela de Enseñanza Inicial y Primaria que hayan optado por la ECBC y hayan elegido este turno.

2. Con los/as veinticinco (25) alumnos/as restantes pertenecientes al listado de los cincuenta (50) aspirantes por sorteo (de acuerdo con Art.3 inc. b) distribuidos equitativamente entre las 5 divisiones del turno tarde.

 3. Con los/las aspirantes del listado por orden de mérito que hayan ingresado, pero no al turno mañana, según el orden de Sorteo de la Quiniela Nocturna de la Lotería de la Ciudad (ex Lotería Nacional) correspondiente a las 48 (cuarenta y ocho) horas hábiles posteriores a la publicación del listado hasta cubrir las 130 vacantes. En caso de no poder realizarse el examen, la asignación de turnos se efectuará siguiendo el criterio establecido en los puntos 1 y 2 hasta cubrir las 130 vacantes disponibles.

 

d) No será causal para solicitar cambio al turno mañana:

            1. Manifestar tener hermanas/os estudiando en el turno mañana, en cualquier establecimiento educativo.

            2. Invocar motivos laborales del padre, madre, tutora/or o representante legal.

            3. Invocar asistencia a actividades extracurriculares en el turno tarde. Entre estas actividades se incluyen las actividades deportivas, culturales, religiosas, educativas, artísticas, otras.

 

e) Los cupos para cubrir las divisiones de 1er Año se cubren por el mecanismo de vacantes, no aceptándose permutas.

 

ARTÍCULO 7º: de la Matriculación

a) Las/os alumnas/os ingresantes deberán efectivizar su matriculación de forma digital en el mes de diciembre, en el período que fije la Escuela de Ciclo Básico Común y que se informará a las familias al finalizar el Curso de Nivelación. De no concretarse la matriculación en el período establecido, se les dará de baja.

 

b) Si una/un alumna/o está en condiciones de ingresar, y su familia decidiera no aceptar la vacante, deberá renunciar a esta posibilidad mediante nota enviada por correo electrónico a: ingreso.ecbc@uns.edu.ar

 

c) Para cubrir las vacantes producidas por renuncias, se procederá del siguiente modo:

            1. Si la vacante se produjera en el Turno Mañana, esta se cubrirá con los/las alumnos/as del Turno Tarde, según el orden del listado del Art. 6 inc. b) 3.

2.  Si la vacante se produjera en el Turno Tarde, se cubrirá de acuerdo al orden de mérito del listado por examen o por orden del sorteo a partir del último ingresante en caso que el examen no pudiera realizarse.

 

ARTÍCULO 8º: Disposiciones generales

a) Si las/os alumnas/os ingresantes poseen hermanas/os, estas/os no ingresarán bajo ninguna condición que no sea respetando el orden de mérito de las/os alumnas/os no ingresantes o por orden del sorteo en caso que el primero no pudiera realizarse.

 

b) Toda situación no prevista en la presente reglamentación será resuelta por el Equipo Directivo de la Escuela de Ciclo Básico Común con la asistencia del DOE, con eventual interposición de recurso jerárquico ante el CEMS.

 

PARTE II - DEL INGRESO POR SORTEO

ARTÍCULO 9º: Del sorteo

En caso que el ingreso se deba realizar por sorteo, participarán del mismo, las/os aspirantes que no pertenecen a la Escuela de Enseñanza Inicial y Primaria de la UNS y que hayan asistido al menos al 80% de las clases del curso de nivelación.

Dicho sorteo se realizará por la Quiniela Nocturna de la Lotería de la Ciudad (ex Lotería Nacional) correspondiente al viernes posterior a la finalización del Curso de Nivelación o el mismo día en el caso de que el curso finalice un viernes.

Para el sorteo y posterior confección del listado, se tendrán en cuenta las 3(tres) últimas cifras del DNI del/de la aspirante, correspondiendo en primer término, a aquellos cuyas tres últimas cifras del DNI coincidan con las tres últimas cifras del primer premio de la fecha del sorteo correspondiente; a continuación, los que posean terminación en orden creciente hasta el 999 y luego desde el 000 hasta el número anterior a la cifra sorteada. En caso de empate, se continuará con la cuarta cifra (unidad de mil). En caso de persistir la igualdad, se desempatará con la decena de mil y así sucesivamente