TEXTO ORDENADO DE LA ACTIVIDAD ESTUDIANTIL  (MOD. ART. 50 CAP. VIII Res.CSU-406/12 - EXCEPCIONES)

 

Resolución CSU-355/15

Expte. 993/11

 

BAHIA BLANCA, 1 de junio de 2015

 

            VISTO:

            El artículo 50 del Texto Ordenado de la Actividad Estudiantil aprobado por Resolución CSU-406/12;

 

            CONSIDERANDO:

            Que es conveniente que las excepciones vinculadas a los alumnos sean resueltas por los Departamentos Académicos que tienen mayor conocimiento de las cuestiones planteadas;

 

            Que por Resolución CSU-388/89 se delegó en los Consejos Departamentales la facultad de resolver las solicitudes de excepción formuladas por alumnos relativas a las condiciones establecidas en los planes de estudio correspondiente;

 

            Que existe la necesidad de delegar en los Departamentos Académicos la facultad de resolver todos los temas de la Actividad Estudiantil en primera instancia, lo cual no vulnera el derecho a una segunda instancia en el Consejo Superior Universitario;

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó en su reunión del 27 de mayo de 2015, lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E:

 

ARTICULO 1º).- Modificar el artículo 50 del Capítulo VIII – Excepciones – del Texto Ordenado de la Actividad Estudiantil Resolución CSU-406/12, cuya redacción final será la siguiente

 

Delégase en los Consejos Departamentales la facultad para resolver, en primera instancia las solicitudes de excepción a lo dispuesto en el presente reglamento”

 

ARTICULO 2º).- Pase a la Secretaría General Académica y a la Dirección General de Alumnos y Estudios para conocimiento. Tomen  razón los Departamentos Académicos. Dése al Boletín Oficial para su publicación. Cumplido, archívese.

 

DR. MARIO RICARDO SABBATINI

RECTOR

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

 

DR. DIEGO DUPRAT

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO