TEXTO ORDENADO DE LA ACTIVIDAD ESTUDIANTIL (DEROGA ART. 3º ANEXO RES. CSU-332/01 y ART. 32 RES. CSU-406/12)

 

Resolución CSU-359/15

Expte. 993/11

 

BAHIA BLANCA, 11 de junio de 2015

 

            VISTO:

            El  artículo 3 del Anexo de la Resolución CSU-332/01 (Reglamento de Exámenes Libres) y el artículo 32 de la resolución CSU-406/12 (Texto Ordenado de la Actividad Estudiantil) que establecen que: “Se podrá rendir en calidad de libre una misma asignatura hasta tres (3) veces consecutivas. En caso de no aprobar en la tercera oportunidad deberá mediar un lapso de tres meses para poder rendir nuevamente en calidad de libre la asignatura en cuestión”; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que la citada disposición carece de fundamentos pedagógicos, dado que no contribuye de modo alguno en la formación del estudiante;

 

            Que no existen tampoco razones técnicas que justifiquen su existencia ya que el hecho de que un alumno rinda en sucesivas oportunidades una materia en modalidad de libre, no genera perjuicio alguno, ni a los docentes, ni a las autoridades administrativas;

 

            Que esta limitación constituya un obstáculo para el avance en la carrera de los estudiantes;

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en la reunión del 10 de junio de 2015, el dictamen de su Comisión de Enseñanza e Interpretación y Reglamento;

 

            Que lo aprobado se enmarca en el Eje Estratégico 2 – Gestión de la Calidad Académica del Plan Estratégico Institucional aprobado por Resolución CSU-325/12;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E:

 

ARTICULO 1º: Derogar el art. 3 del Anexo de la Res. CSU-332/01 y art. 32 de la Resolución CSU-406/12 (Texto Ordenado de la Actividad Estudiantil)

 

ARTICULO 2º: Pase a la Secretaría General Académica y a la Dirección General de Alumnos y Estudios para conocimiento. Tomen razón los Departamentos Académicos. Dése al Boletín Oficial para su publicación. Cumplido, archívese.

 

DR. MARIO RICARDO SABBATINI

RECTOR

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

DR. DIEGO DUPRAT

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO