COMISION ASESORA CONSULTIVA DE LA
CARRERA DE LIC. EN ENFERMERIA
Resolución CSU-367/07
Expediente 2675/98
Bahía Blanca, 5 de julio de 2007.
VISTO:
La Resolución
CSU-822/05 mediante la cual se aprueba el Contrato Programa Plurianual firmado
con la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación,
Ciencia y Tecnología, incluyendo el eje de fortalecimiento de la enseñanza de
grado y la distribución presupuestaria correspondiente; y
CONSIDERANDO:
Que en el
contrato mencionado en el visto se prevé la implementación de la carrera
Licenciatura en Enfermería como un incremento de la oferta educativa teniendo
en cuenta las necesidades regionales;
Que es necesario
conformar una Comisión Asesora Consultiva de la Secretaría General Académica, a
fin de revisar y adecuar los proyectos anteriores respecto a la implementación
de la carrera de Licenciatura en Enfermería;
Que el Consejo
Superior Universitario aprobó, en su sesión del 4 de julio de 2007, lo
dictaminado por su Comisión de Enseñanza;
POR ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º).- Designar como miembros de la Comisión Asesora
Consultiva de la Carrera de Licenciatura en Enfermería a los siguientes
profesionales:
▪
Lic. María Marta ARRECHEA (DNI 5.465.482)
▪
Méd. Alejandro Gabriel CRAGNO (DNI 15.250.028)
▪
Lic. José Luis D’ARRETTA (DNI 14.935.340)
▪
Lic. Adriana ILINCHETA (DNI 11.341.773)
▪
Lic. Miriam Ruth KRAVETZ (DNI 13.836.747)
▪
Lic. Adriana Alicia LOPEZ (DNI 17.848.461)
▪
Dra. Marta Elena ROQUE (LC 5.914.363)
▪
Méd. Pedro SILBERMAN (DNI 20.561.577)
▪
Lic. Rafael SUAREZ BALDO (DNI 12.671.868)
ARTICULO 2º).- La Comisión
será coordinada por la Secretaría General Académica y la Dirección del
Departamento de Ciencias Médicas y caducará en sus funciones el 31 de diciembre
de 2007.
ARTICULO 3º).- La Comisión designada tendrá como actividades
proponer el Plan de Estudios de la carrera de Licenciatura en Enfermería, así
como las condiciones de ingreso y articulación con títulos de pre-grado de las
Escuelas de Enfermería existentes en la ciudad y la región.
ARTICULO 4º).- Pase a la Secretaría General Académica y al
Departamento de Ciencias Médicas para su conocimiento y notificación a los
interesados. Cumplido, archívese.
DR.
GUILLERMO H. CRAPISTE
RECTOR
DR. JORGE CARRICA
SEC.
GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO