PEUZO - CURSO INTENSIVO - DICTADO DE UNA ASIGNATURA

Resolución CSU-377/01.

Expediente SGRIyEU-2511/00

BAHIA BLANCA, 20 de julio de 2001.

VISTO:

La necesidad de realizar el dictado de la asignatura Estadística Básica correspondiente a la carrera de Técnico Universitario en Emprendimientos Turísticos en le marco del PEUZO con la modalidad de Curso Intensivo en la localidad de Punta Alta; y

CONSIDERANDO:

Que dicha asignatura no se vuelve a dictar en esa localidad, debido a que está previsto que la carrera se dicte en otra ciudad a partir del próximo año;

Que la selección de las materias a dictar como curso intensivo se pueden definir una vez finalizado el cuatrimestre, ya que estos cursos están destinados a los alumnos que no han cursado la materia durante el cuatrimestre;

Que de acuerdo con las consultas realizadas al Departamento responsable del dictado de dicha materia, le es factible dictar la misma como curso intensivo durante el período julio-agosto;

Que para el dictado del curso es necesario designar al profesor que se hará cargo del mismo;

Que el Consejo Superior Universitario en su reunión de fecha 18/7/01 aprobó sobre tablas lo dictaminado por su Comisión de Planeamiento;

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO R E S U E L V E :

ARTICULO 1º).- Aprobar el dictado de la asignatura Estadística Básica en la localidad de Punta Alta bajo la modalidad de Curso Intensivo .

ARTICULO 2º).- El dictado del curso mencionado en el art. 1º se realizará en el período del 17 de julio al 13 de agosto.

ARTICULO 3º)..- Se le abonará al profesor por el dictado completo de la asignatura, como asignación complementaria bruta (que ya incluye el S.A.C.) $ 880 (pesos ochocientos ochenta) como único pago al finalizar el curso.

ARTICULO 4º).- En el caso que el curso supere los 15 alumnos y el profesor lo considere conveniente se designará un auxiliar para las clases prácticas, al que se le pagará $ 377 (pesos trescientos setenta y siete) por única vez, como asignación complementaria bruta (que ya incluye el S.A.C)

ARTICULO 5º).- Los montos mencionados en los artículos 3º y 4º así como los gastos de traslado y estadía de los docentes serán financiados por el PEUZO.

ARTICULO 6º).- Pase a la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Extensión Universitaria, a las Direcciones de Economía y Finanzas y de Personal y a la Secretaría General Académica y a la Dirección General de Alumnos y Estudios para su conocimiento , Tome conocimiento el Departamento de Matemática. Cumplido, archívese.

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

DR. LEANDRO BENGOCHEA

SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO