CARRERA DE MEDICINA

DESIGNACION DEL SECRETARIO DE ACTIVIDADES DOCENTES

 

Resolución CSU-379/05

Expediente 1693/05

 

BAHIA BLANCA, 10 de junio de 2005.

 

            VISTO:

            El inicio de actividades curriculares de la carrera de Medicina, y la necesidad de asegurar el correcto funcionamiento de las mismas;

 

            CONSIDERANDO:

            Que las actividades de gestión de la carrera se han visto sustancialmente incrementadas por el inicio de la misma;

            Que para la coordinación de las actividades docentes resulta indispensable contar con un profesional de la especialidad que actúe como Secretario de Actividades Docentes;

            Que a partir de la sustanciación de los llamados a inscripción para cubrir cargos docentes, la carrera cuenta con un cuerpo de Médicos en calidad de Profesores Adjuntos y Auxiliares de Docencia;

            Que el Médico Pedro Silberman, Profesor Adjunto por el área Salud Individual y colectiva, reúne los requisitos para desempeñarse como Secretario de Actividades Docentes;

            Que el Consejo Superior Universitario, en su reunión de fecha 1º de junio de 2005, aprobó lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Designar al Médico Pedro SILBERMAN (DNI 20.561.577) como Secretario de Actividades Docentes de la Carrera de Medicina de la UNS hasta el 31 de  diciembre de 2005.

 

ARTICULO 2º).- Serán funciones del Secretario de Actividades Docentes: facilitar y asegurar el correcto funcionamiento de la Comisión de Actividades Docentes (CAD) y del Comité de Evaluación, así como lograr un adecuado ensamble de las actividades en los Laboratorios con el resto de las actividades curriculares teóricas  prácticas llevadas a cabo por los docentes y los alumnos de la carrera.

 

ARTICULO 3º).- Remunerar el cargo de Secretario de Actividades Docentes, mediante una asignación complementaria mensual remunerativa, no bonificable de pesos Mil ciento cincuenta ($ 1150.-), la misma incluye la proporción de sueldo anual complementario correspondiente.

 

ARTICULO 4º).-  Pase a la dependencia administrativa del a Comisión de la Carrera de Medicina para su conocimiento y comunicación al interesado. Gírese a las Direcciones Generales de Economía y Finanzas y de Personal. Tome razón la Secretaría General Académica. Cumplido, archívese.

 

MG. JORGE RAUL ARDENGHI

VICERRECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO