COMISION DE ACTIVIDADES
DOCENTES (CAD) CARRERA DE MEDICINA
Resolución
CSU-381/05
Expediente 35/05
(1661/94)
BAHIA BLANCA, 10
de junio de 2005
VISTO:
El inicio de las actividades
curriculares de la carrera de Medicina, y la necesidad de asegurar el correcto
funcionamiento de las mismas; y
CONSIDERANDO:
Que las actividades docentes deben
responder a la integración de los contenidos de las áreas en unidades, tal como
está establecido en el Plan de Estudios de la Carrera;
Que para lograr lo anterior es
imprescindible la actividad periódica y permanente de un grupo de trabajo que
represente las áreas;
Que al área de Ciencias de
Comportamiento se han incorporado otras
disciplinas de las Ciencias Sociales como Sociología, Economía de la Salud,
Antropología y Bioética, las que deben estar adecuadamente representadas en los
procesos de integración curricular;
Que la evaluación formativa es otro
componente sustancial para el funcionamiento de la carrera;
Que el Consejo Superior
Universitario aprobó, en su reunión del 1 de junio de 2005, lo aconsejado por
su Comisión de Medicina;
POR ELLO,
EL CONSEJO
SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º).-
Crear una Comisión denominada “Comisión de Actividades Docentes (CAD)”,
que tendrá como funciones determinar, coordinar y efectuar el seguimiento de
las actividades de los docentes en cada unidad y curso de la carrera, según los
principios de integración de los contenidos de las áreas en unidades.
ARTICULO 2º).- La
CAD estará integrada por 7 (siete) miembros titulares y otros tantos suplentes,
que actuarán únicamente en ausencia de los titulares; los miembros titulares
deberán ser Profesores, mientras que los miembros suplentes podrán ser
Profesores o Auxiliares de Docencia. La CAD, interactuará con los Coordinadores
de Unidades y con el Secretario de Actividades Docentes.
ARTICULO 3º).- Los
miembros de la CAD pertenecerán a las Áreas y al Comité de Evaluación de
acuerdo a la siguiente distribución: Áreas: Clínica, Biológica, Salud
Individual y Colectiva, y Epidemiológica: un titular y un suplente cada una; Área Ciencias del Comportamiento: dos
titulares y dos suplentes (uno por salud mental y otro por las disciplinas
conexas); Comité de Evaluación: un titular y un suplente.
ARTICULO 4º).-
Pase a la Secretaría General Académica y a la dependencia administrativa de
Medicina. Cumplido, archívese.
MG. JORGE RAUL ARDENGHI
VICERRECTOR
LIC. SANDRA BAIONI
SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO