PERSONAL DOCENTE
REGLAMENTO DE CONCURSOS DE PROF. ORDINARIOS (MODIF. ART. 52º INC C) 229/08)
Resolución CSU-383/16
Expte. X-49/06
BAHIA
BLANCA, 14 julio de 2016
VISTO:
El Reglamento de Concursos para Profesores
Ordinarios de la UNS (T.O: Res. CSU-229/08 y modificatorias); y
CONSIDERANDO:
Que los recursos tecnológicos fácilmente
disponibles actualmente permiten la interacción a distancia de gran calidad
entre concursantes y jurados a bajo costo;
Que actualmente el artículo 52º del
Reglamento de Concursos para Profesores Ordinarios de la UNS habilita la
posibilidad de sustanciar la entrevista mediante videoconferencia
correspondiente, únicamente en aquellos casos en que "se presente un solo
aspirante y que ya hubiese obtenido por concurso un cargo de profesor ordinario
del mismo grado que el concursado y el
jurado unánimemente decida no tomar la clase pública";
Que se considera conveniente ampliar la
posibilidad de utilización de videoconferencia para otras etapas (clase
pública, entrevista, deliberación y elaboración del acta del jurado) y para
otros casos (uno o más postulantes, que ya hubiesen obtenido o no un cargo de
igual jerarquía por concurso);
Que esta modificación reducirá
considerablemente el costo, tiempo y esfuerzo para la sustanciación de los
concursos;
Que el Consejo Superior Universitario aprobó,
en su reunión de fecha 13 de julio de 2016, lo aconsejado por sus Comisiones de
Enseñanza y de Interpretación y Reglamento;
POR
ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E L V E :
ARTÍCULO
1º: Modificar el artículo 52º inciso c) de la Resolución CSU-252/2014 referida
al Reglamento de Concursos de Profesores Ordinarios, que quedará redactado de
la siguiente manera:
Artículo 52º- inc. c)
El Director Decano del Departamento podrá decidir constituir el jurado mediante
videoconferencia para la sustanciación de la clase pública y de la entrevista.
Cuando se utilice el
mecanismo de videoconferencia, los miembros del jurado elaborarán un acta en
que conste el dictamen de mayoría y de minoría (si lo hubiera) que será firmada
en tres (3) ejemplares del mismo contenido en el lugar que se encuentren y que
luego serán remitidos al Departamento correspondiente para agregarlas al
expediente.
La videoconferencia será organizada por las autoridades del Departamento y procurará garantizar una calidad adecuada en la transmisión.
ARTICULO
2º).- Pase a Rectorado y a la Secretaría General Académica para su
conocimiento. Tome razón los Departamentos Académicos, la Escuela Normal
Superior “Vicente Fatone” y el CEMS. Gírese al
Boletín Oficial. Cumplido, archívese.
DR. MARIO RICARDO SABBATINI
RECTOR
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
DR. DIEGO DUPRAT
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO