PEUZO
DOCENTES JUBILADOS
Resolución CSU-393/03
Expediente SGRIyEU-2546/02
BAHIA BLANCA, 17 de julio de 2003.
VISTO:
El
Programa de Estudios Universitario en la Zona de Influencia de la Universidad
Nacional del Sur (PEUZO); y
CONSIDERANDO:
Que,
en general, esta Casa de Altos Estudios cuenta en su planta permanente con
personal docente idóneo para realizar las actividades académicas que dicho
Programa conlleva, sin necesidad de recurrir a docentes jubilados;
Que,
en los casos particulares en que no se cuente con docentes de la especialidad
requerida para atender el dictado de una asignatura, los Departamentos pueden
designar como profesor a cargo de la misma a un docente que no pertenezca a la
UNS;
Que
si bien el Programa contrata el beneficio de un seguro particular para los
docentes contratados, el mismo no permite cubrir a aquellos mayores de 65 años;
Que
el Consejo Superior Universitario en su reunión de fecha 16/7/03 aprobó lo
dictaminado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;
POR
ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO R E S U E L
V E :
ARTICULO 1º).- Establecer que no podrá contratarse personal docente jubilado para desempeñarse
en el PEUZO, salvo en casos excepcionales donde no se cuente con docentes en
actividad disponibles para atender el dictado de alguna asignatura.
ARTICULO 2º).- Pase a la Secretaría General de
Relaciones Institucionales y Extensión Universitaria, a las Direcciones de
Economía y Finanzas de Personal para su
conocimiento. Tomen razón la Secretaría General Académica, la Dirección de
Alumnos y Estudios los Departamentos
Académicos. Cumplido, archívese.
DR. LUIS MARIA FERNANDEZ
RECTOR
LIC. SANDRA BAIONI
SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
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