PEUZO

DOCENTES JUBILADOS

 

 

Resolución CSU-393/03

Expediente SGRIyEU-2546/02

 

BAHIA BLANCA, 17 de julio de 2003.

 

            VISTO:

            El Programa de Estudios Universitario en la Zona de Influencia de la Universidad Nacional del Sur (PEUZO); y

 

            CONSIDERANDO:

            Que, en general, esta Casa de Altos Estudios cuenta en su planta permanente con personal docente idóneo para realizar las actividades académicas que dicho Programa conlleva, sin necesidad de recurrir a docentes jubilados;

 

            Que, en los casos particulares en que no se cuente con docentes de la especialidad requerida para atender el dictado de una asignatura, los Departamentos pueden designar como profesor a cargo de la misma a un docente que no pertenezca a la UNS;

 

            Que si bien el Programa contrata el beneficio de un seguro particular para los docentes contratados, el mismo no permite cubrir a aquellos mayores de 65 años;

 

            Que el Consejo Superior Universitario en su reunión de fecha 16/7/03 aprobó lo dictaminado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;

 

            POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Establecer que  no podrá contratarse personal docente jubilado para desempeñarse en el PEUZO, salvo en casos excepcionales donde no se cuente con docentes en actividad disponibles para atender el dictado de alguna asignatura.

 

ARTICULO 2º).- Pase a la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Extensión Universitaria, a las Direcciones de Economía y Finanzas  de Personal para su conocimiento. Tomen razón la Secretaría General Académica, la Dirección de Alumnos y Estudios  los Departamentos Académicos. Cumplido, archívese.

 

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

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