CONVOCATORIA A ELECCIONES (CONFORMACIÓN ORGANOS DE GOBIERNO) - COMPLEMENTA CSU-282/08. / PERIODO 2009-2011

 

Resolución CSU-408/08

Expte. 1215/08

 

VISTO:

            La resolución Res. CSU  282/08 por la cual se establece la Convocatoria a Elecciones para el presente año y se aprueba el Cronograma Electoral (Anexo); y

 

CONSIDERANDO:

            Que en dicha resolución no se detallan los representantes de los distintos estamentos a ser elegidos para los órganos de gobierno de  la Universidad Nacional del Sur por el período estatutario 2009-2011, en el caso de los docentes y no docentes; y para el período 2009-2010 en el caso de alumnos;

 

            Que el Consejo Superior Universitario, en su reunión del 18 de junio de 2008, aprobó lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;

 

POR ELLO;

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Convocar a elecciones para el día viernes 24 de octubre de 2008, en el horario de 10 a 18 horas, a los integrantes de los Profesores, Docentes Auxiliares y Personal No Docente y Alumnos de la Universidad Nacional del Sur, para elegir representantes que integrarán los órganos de gobierno durante el período estatutario 2009-2011, según el siguiente detalle:

 

a) Asamblea Universitaria:

- Claustro de Profesores: treinta y seis (36) representantes titulares y dieciocho (36) suplentes.

- Claustro de Docentes Auxiliares: diez (10) representantes titulares y cinco (10) suplentes.

- Claustro de Alumnos: veinticuatro (24) representantes titulares y doce (24) suplentes.

- Claustro de Personal No Docente: dos (2) representantes titulares y un (2) suplentes.

 

b) Consejo Superior Universitario:

- Claustro de Profesores: nueve (9) representantes titulares y nueve (9) suplentes.

- Claustro de Docentes Auxiliares: tres (3) representantes titulares y tres (3) suplentes.

- Claustro de Alumnos: nueve (9) representantes titulares y nueve (9) suplentes.

- Claustro de Personal No Docente: un (1) representante titular y un (1) suplente.

 

c) Consejos Departamentales:

- Claustro de Profesores: seis (6) representantes titulares y seis (6) suplentes.

- Claustro de Docentes Auxiliares: dos (2) representantes titulares y dos (2) suplente.

- Claustro de Alumnos: cuatro (4) representantes titulares y cuatro (4) suplentes.

 

d)       Colegios Electorales:

Conformar los Colegios Electorales Departamentales que tendrán como finalidad elegir a los Directores Decanos. Los Colegios Electorales estarán compuestos por docentes (profesores y auxiliares) y alumnos conforme el Artículo 70 del Estatuto de la UNS.

 

ARTICULO 2°: Las elecciones se realizarán de acuerdo a lo establecido por el Estatuto de la Universidad y sus modificatorias, así como por el Reglamento Electoral vigente y sus modificatorias.

 

ARTICULO 3º: Pase a la Junta Electoral de la UNS a todos sus efectos. Tome razón el Rectorado. Cumplido; archívese.

 

LIC. MARIA DEL CARMEN VAQUERO VICERRECTORA

DR. JORGE CARRICA

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO