REGLAMENTO DE LA EDIUNS

(Modif. art. 10º / CSU-544/95 modif. por CSU-658/97)

 

Resolución CSU-409/08

Expte. 1977/07.

 

BAHIA BLANCA, 19 de junio de 2008.

 

            VISTO:          

            La nota presentada por la Directora de la Editorial de la Universidad Nacional del Sur (EDIUNS) informando que el Consejo Editor en su reunión mensual del miércoles 7 de mayo de 2008, acordó solicitar una modificación en el Reglamento de la EDIUNS (Res. CSU-544/95 modificado por Res. CSU-658/97) respecto al pago de referatos y/o derechos de autor; y

 

            CONSIDERANDO: 

            Que es necesario contemplar la situación de los docentes de la UNS que requieran el pago de derechos de autor o de referatos y no son monotributistas;

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del 18 de junio de 2008, lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Modificar el Reglamento de la EDIUNS (Res.CSU-544/95 modificado por Res. CSU-658/97) incorporando el siguiente artículo como artículo 10º:

“El importe correspondiente al pago de referatos y/o derechos de autor se  abonará de una de las siguientes formas:

 

-         Contra entrega de factura

-         En caso de ser docente de la UNS y no estar habilitado para emitir factura, el importe se abonará con los haberes mensuales.

-         El monto de la retribución por referatos será establecido por el Consejo Editor.”

 

ARTICULO 2º).-  Pase a la Secretaría General de Comunicación y Cultura y por su intermedio, comuníquese a la EDIUNS. Tome razón la FUNS, las Direcciones Generales de Economía y Finanzas y de Personal. Dése al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

 

LIC. MARIA DEL CARMEN VAQUERO VICERRECTORA

DR. JORGE CARRICA

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO