REGLAMENTO DE LA EDIUNS
(Modif. art. 10º / CSU-544/95 modif. por CSU-658/97)
Resolución CSU-409/08
Expte. 1977/07.
BAHIA BLANCA, 19 de junio de 2008.
VISTO:
La nota presentada por la Directora de la Editorial de la
Universidad Nacional del Sur (EDIUNS) informando que el Consejo Editor en su
reunión mensual del miércoles 7 de mayo de 2008, acordó solicitar una
modificación en el Reglamento de la EDIUNS (Res. CSU-544/95 modificado por Res.
CSU-658/97) respecto al pago de referatos y/o derechos de autor; y
CONSIDERANDO:
Que es necesario contemplar la situación de los docentes
de la UNS que requieran el pago de derechos de autor o de referatos y no son
monotributistas;
Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su
reunión del 18 de junio de 2008, lo aconsejado por su Comisión de
Interpretación y Reglamento;
POR ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º).-
Modificar el Reglamento de la EDIUNS (Res.CSU-544/95
modificado por Res. CSU-658/97) incorporando el
siguiente artículo como artículo 10º:
“El importe correspondiente
al pago de referatos y/o derechos de autor se
abonará de una de las siguientes formas:
-
Contra entrega de factura
-
En caso de ser docente de la UNS y no estar habilitado
para emitir factura, el importe se abonará con los haberes mensuales.
-
El monto de la retribución por referatos será
establecido por el Consejo Editor.”
ARTICULO 2º).- Pase a la Secretaría General de Comunicación
y Cultura y por su intermedio, comuníquese a la EDIUNS. Tome razón la FUNS, las
Direcciones Generales de Economía y Finanzas y de Personal. Dése al Boletín
Oficial. Cumplido, archívese.
LIC. MARIA DEL CARMEN VAQUERO VICERRECTORA
DR. JORGE CARRICA
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR
UNIVERSITARIO