PRESUPUESTO
DISTRIBUCIÓN DE FONDOS
(MODIF. R-558/04 RATIF. POR CSU-500/04)
Resolución CSU-412/09
Expediente 2065/03
BAHIA BLANCA, 4 de junio de 2009.
VISTO:
La
Resolución R-558/04 ad referéndum del Consejo Superior Universitario,
ratificada por Res. CSU-500/04, en la cual se distribuyen fondos de la Fuente
de Financiamiento 16 - Economías de Ejercicios Anteriores para el ejercicio
2008, Centro de Costo 191 (Planes estratégicos de desarrollo);
El
proyecto de presupuesto para el Ejercicio 2009 que se encuentra en tratamiento
en el Consejo Superior Universitario donde se distribuyen fondos del Centro de
Costo 191 (Planes Estratégicos de Desarrollo); y
CONSIDERANDO:
Que
las Unidades Académicas tienen la facultad de formular proyectos que tienen
como finalidad el mejoramiento de la calidad de la enseñanza en los niveles de
grado y de posgrado;
Que
existen fondos presupuestariamente asignados para Planes Estratégicos de
Desarrollo;
Que
de acuerdo a la disposición del Consejo Superior Universitario los fondos
asignados a dichos planes deben destinarse a la adquisición de Bienes de Uso
(Inciso 4);
Que
las Unidades Académicas necesitan contar con los fondos asignados a Planes
Estratégicos de Desarrollo, no sólo para la adquisición de Bienes de Uso
(Inciso 4), sino también para la ejecución de los Proyectos Estratégicos de
Desarrollo que dichas Unidades Académicas puedan formular;
Que
el Consejo Departamental de Matemática, en su sesión del día 7 de mayo de 2009,
avaló la propuesta de reasignación de fondos del Centro de Costo 191 para
Servicios No Personales (Inciso 3);
Que
el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del 3 de junio de 2009,
lo aconsejado por su Comisión de Economía, Finanzas y Edificios;
POR
ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR
UNIVERSITARIO
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º).- Modificar El artículo 2º de la Res. R-558/04
ratificada por Res. CSU-500/04, que quedará redactado de la siguiente manera:
“Los Departamentos Académicos podrán
destinar los fondos de Planes Estratégicos para los Incisos 2.3 y 4 según el
Plan Estratégico de Desarrollo de cada Unidad Académica, aprobado por el
Consejo Departamental respectivo.”
ARTICULO 2º).- Pase a la Secretaría General Técnica,
a la Dirección General de Economía y Finanzas a todos sus efectos. Cumplido,
archívese.
LIC. MARIA DEL CARMEN VAQUERO
VICERRECTORA
ABOG. DIEGO A. J. DUPRAT
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO