DELEGA EN
RECTORADO LA APROBACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN SALARIOS PERSONAL DOCENTE Y NO
DOCENTE
Resolución CSU-413/22
Expte. 4043/22
BAHIA
BLANCA, 14 de julio de 2022
VISTO:
El
artículo 55 inciso f del Estatuto de la Universidad Nacional del Sur que
establece entre las funciones del Consejo Superior Universitario aprobar, de
acuerdo con las normas vigentes, el presupuesto de la UNS; y
CONSIDERANDO:
Que es
atribución y deber del Rector dirigir la gestión administrativa, económica y
financiera de la Universidad, de conformidad con el presupuesto aprobado y de
acuerdo con las normas estatutarias y resoluciones de la Asamblea y del Consejo
Superior Universitario (artículo 62, inciso a del Estatuto de la UNS);
Que la
Secretaría de Políticas Universitarias emite instructivos sobre el modo en que
deben liquidarse los salarios del personal docente y no docente de las
universidades nacionales;
Que los
mismos se elaboran habitualmente a partir de acuerdos paritarios celebrados con
las representaciones gremiales de los sectores correspondientes;
Que los
acuerdos paritarios nacionales, así como los instructivos de liquidación de
salarios elaborados por la SPU, son de cumplimiento obligatorio por parte de la
UNS;
Que la
liquidación de los salarios por parte de la Dirección General de Personal
requiere de un acto administrativo que respalde dicha liquidación;
Que a
través de una resolución del CSU se viene dando respaldo a la liquidación de
salarios del personal de la UNS;
Que el
escaso tiempo desde la emisión de los instructivos por parte de la SPU hasta la
liquidación de los salarios ha obligado en forma reiterada al Rector a emitir
resoluciones ad referéndum del Consejo Superior Universitario;
Que la
delegación de la potestad de aprobar la liquidación de salarios en el Rectorado
resultaría eficiente desde el punto de vista de los procesos administrativos;
Que el
Consejo Superior Universitario aprobó, en su sesión del 13 de julio de 2022, lo
dictaminado por su Comisión de Economía, Finanzas y Edificios;
POR
ELLO,
EL
CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO
1º: Delegar en el Rectorado la aprobación de la liquidación de los salarios del
personal docente y no docente en el ámbito de la Universidad Nacional del Sur.
ARTÍCULO
2º: Pase a la Secretaría General de Coordinación y por su intermedio, a la
Secretaría Privada de Rectorado, a la Secretaría General Técnica y a las
Direcciones Generales de Economía y Finanzas y de Personal a sus efectos. Tomen
razón ADUNS y ATUNS. Cumplido, archívese.
DR. DANIEL A. VEGA
RECTOR
DRA. ANDREA S. CASTELLANO
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO