CONVOCATORIA Y CRONOGRAMA ELECTORAL 2005
Resolución
CSU-428/05
Expediente
1702/05
BAHIA BLANCA, 23 de junio de 2005
VISTO:
El Proyecto de
Convocatoria y Cronograma Electoral para el año 2006; y
CONSIDERANDO:
Que corresponde llevar a cabo el acto eleccionario
para renovar los representantes de los órganos colegiados de gobierno de esta
Universidad, en virtud de la caducidad que se producirá en sus mandatos;
Que los artículos 25°, 36°, 37°, 38°, 39°,
40°, 41°, 42°, 43°, 50°, 51°, 52°, 54°, 55° inc. d), 66°, 67°, 68°, 70°, 71° y
72° del Estatuto de esta Universidad constituyen las fuentes que regulan este
evento;
Que es necesario establecer el cronograma de actos
pre y post-electorales;
Que el Consejo Superior
Universitario aprobó, en su reunión de fecha 21 de junio de 2005, lo aconsejado
por su Comisión de Interpretación y Reglamento;
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
ARTICULO 1°: Convocar a elecciones para el día 14 de octubre de 2005 en
el horario de 10 a 18 hs., a los
integrantes de los claustros de Profesores, Docentes Auxiliares, Alumnos y
Personal No Docente la Universidad Nacional del Sur, para elegir los
representantes que integrarán los órganos de gobierno durante el período
estatutario 2006, según el siguiente detalle:
a) Asamblea Universitaria:
- Claustro de Profesores: treinta y seis (36) representantes
titulares y treinta y seis (36)
suplentes.
- Claustro de Docentes Auxiliares: diez (10) representantes
titulares y diez (10) suplentes.
- Claustro de Alumnos: veinticuatro (24) representantes titulares
y veinticuatro (24) suplentes.
- Claustro de Personal No Docente: dos (2) representantes
titulares y dos (2) suplentes.
b) Consejo Superior
Universitario:
- Claustro de Profesores: nueve (9) representantes titulares y
nueve (9) suplentes.
- Claustro de Docentes Auxiliares: tres (3) representantes
titulares y tres (3) suplentes.
- Claustro de Alumnos: nueve (9) representantes titulares y nueve
(9) suplentes.
- Claustro de Personal No Docente: un (1) representante titular y
un (1) suplente.
c) Consejos
Departamentales:
- Claustro de Profesores: seis (6) representantes titulares y seis
(6) suplentes.
- Claustro de Docentes Auxiliares: dos (2) representantes
titulares y dos (2) suplente.
- Claustro de Alumnos: cuatro (4) representantes titulares y
cuatro (4) suplentes.
ARTICULO 2°: Las elecciones se realizarán de acuerdo a lo establecido por
el Estatuto de la Universidad y sus modificatorias, así como por el Reglamento
Electoral vigente y sus modificatorias.
ARTICULO 3°: Fijar el Cronograma Electoral que corre como Anexo de la
presente resolución.
ARTICULO 4°: Tome razón la Junta
Electoral. Pase a la Secretaría General Académica, a las Direcciones Generales
de Personal, de Alumnos y Estudios y a los Departamentos Académicos para su
conocimiento. Dése al Boletín Oficial y, cumplido, archívese.
MG.
JORGE RAUL ARDENGHI
VICERRECTOR
LIC.
SANDRA BAIONI
SEC.
GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
Cierre del
Registro Electoral.
a) La Dirección
General de Personal entrega a la Junta Electoral los listados provisorios de:
-
Profesores por concurso y aquellos que, -habiendo accedido a su cargo
por concurso-, se encuentren con designación prorrogada por vencimiento del
mismo o por cambio de dedicación. Los listados se entregarán en forma general y
por Departamento;
-
Docentes Auxiliares por concurso y aquellos que, -habiendo accedido a su cargo por concurso-,
se encuentren con designación prorrogada por vencimiento del mismo o por cambio
de dedicación. Los listados se entregarán en forma general y por Departamento;
-
Personal No Docente con una antigüedad en el servicio efectivo no
menor a cinco años y categoría no inferior a siete.
b) La Dirección
General de Alumnos y Estudio entrega a la J.E. los listados provisorios de:
-
Alumnos que hayan aprobado por
lo menos dos materias en los 365 días anteriores al cierre del registro
electoral,
-
Alumnos incluidos en el listado anterior que hayan aprobado por lo
menos el 30% de las materias de su carrera.
Los listados
deberán ser firmados por los responsables de las dependencias encargadas de
confeccionarlos. Se entregarán además en soporte magnético, con un sistema que
permita introducir las modificaciones que surjan de las impugnaciones y
reclamos.
Los Directores
de Departamento comunican a la Junta Electoral (J.E.) el nombre del Coordinador
Departamental designado (Art. 23° del Reglamento Electoral)
Exhibición de padrones provisorios (generales y por
Departamento).
La J.E. recibe
impugnaciones, observaciones, tachas e inclusiones a los padrones.
La J.E. se
expide sobre impugnaciones, observaciones, tachas e inclusiones a los padrones.
La. J.E. eleva
al CSU lo resuelto sobre impugnaciones, observaciones, tachas e inclusiones a
los padrones.
3 AL 9 DE AGOSTO DE 2005
El Consejo
Superior Universitario (CSU) recibe apelaciones interpuestas contra resoluciones
de la J.E.
El CSU se
expide sobre las apelaciones ingresadas y las comunica a la J.E. para la
confección de padrones definitivos.
Período de
recepción de listas de candidatos en
la Junta Electoral.
Exhibición de listas de candidatos.
29 DE AGOSTO AL
22 DE SETIEMBRE DE 2005
La J.E. recibe
observaciones o impugnaciones interpuestas a candidatos o listas.
- Los Departamentos Académicos elevan a la J.E. el listado de
candidatos a constituir las autoridades
de mesas por cada claustro, tanto departamentales como generales.
- Los miembros
del claustro No Docente serán propuestos por el consejero representante en el
CSU.
La J.E. se expide
sobre las observaciones o impugnaciones interpuestas a candidatos o listas.
El CSU recibe
apelaciones interpuestas contra resoluciones de la J.E. sobre candidatos o
listas.
El CSU se
expide sobre apelaciones interpuestas contra resoluciones de la J.E. sobre
candidatos o listas, oficializa padrones y listas definitivas.
-La J.E. designa autoridades de mesas
departamentales de acuerdo al listado elevado por los departamentos y comunica
a los mismos la nómina para
notificación a los interesados.
- La J.E.
selecciona las autoridades de mesas generales y lo comunica en forma
individual.
Exhibición de listas y padrones definitivos.
C O M I C I O
La J.E.
comunica al CSU el resultado de las elecciones.
La J.E. recibe
justificaciones por falta de emisión del voto.
La J.E.
realiza el acto de proclamación de
los integrantes de los diferentes órganos de gobierno y entrega los respectivos
diplomas.
La J.E.
comunica la nómina de electores que no justificaron debidamente la falta de
emisión del voto al CSU, en el caso de los agentes docentes y no docentes, y a la Dirección General de Alumnos y
Estudio en el caso de los alumnos.