OBRAS
PUBLICAS MENORES / CONTRATISTAS (MODIF.
ART. 1º RES. CSU-704/00)
Resolución CSU-429/15
Expte.
2541/99
BAHIA BLANCA, 29 de junio de 2015
VISTO:
La resolución CSU-704/00 mediante la
cual se establecen condiciones para la calificación como obras menores y
excepciones al régimen de la Ley de Obras Públicas; y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 1724/1993 y su
modificatorio Decreto 1621/1999 exigen por norma general la inscripción al
Registro Nacional de Constructores de Obra Pública;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, por medio de su dictamen N° 4216/1999 opina que no existen objeciones legales a fin de establecer excepciones que se ajusten a la autoridad de aplicación de los mencionados Decretos;
Que los montos establecidos en la
resolución mencionada en el visto, se hayan desactualizados, resultando
necesario fijar nuevos valores que se ajusten a los incrementos actuales;
Que el Consejo Superior Universitario
aprobó, en su reunión del 24 de junio de 2015,
lo aconsejado por su Comisión de Economía, Finanzas y Edificios;
POR ELLO;
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO
1º: Modificar el Artículo 1° de la Resolución CSU-704/2000, el cual quedará
redactado de la siguiente manera: “Disponer
que las obras públicas cuyo monto total no exceda los Pesos dos millones ($
2.000.000) puedan contratarse con oferentes no inscriptos en el registro
Decreto 1724/1993".
ARTÍCULO
2º: Regístrese. Pase a la Secretaría General Técnica y a la Dirección General
de Economía y Finanzas a sus efectos. Comuníquese a la Dirección General de
Construcciones. Cumplido, archívese.-
DR. MARIO RICARDO
SABBATINI
RECTOR
UNIVERSIDAD NACIONAL
DEL SUR
DR. DIEGO DUPRAT
SEC. GRAL. CONSEJO
SUPERIOR UNIVERSITARIO