OBRAS PUBLICAS MENORES  / CONTRATISTAS (MODIF. ART. 1º RES. CSU-704/00)

Resolución CSU-429/15

Expte. 2541/99

 

BAHIA BLANCA, 29 de junio de 2015

 

            VISTO:

            La resolución CSU-704/00 mediante la cual se establecen condiciones para la calificación como obras menores y excepciones al régimen de la Ley de Obras Públicas; y

 

            CONSIDERANDO:

             

Que el Decreto 1724/1993 y su modificatorio Decreto 1621/1999 exigen por norma general la inscripción al Registro Nacional de Constructores de Obra Pública; 

 

            Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, por medio de su dictamen N° 4216/1999 opina que no existen objeciones legales a fin de establecer excepciones que se ajusten a la autoridad de aplicación de los mencionados Decretos;

 

            Que los montos establecidos en la resolución mencionada en el visto, se hayan desactualizados, resultando necesario fijar nuevos valores que se ajusten a los incrementos actuales;

 

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del 24 de junio de 2015,  lo aconsejado por su Comisión de Economía, Finanzas y Edificios;

 

POR ELLO;

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Modificar el Artículo 1° de la Resolución CSU-704/2000, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Disponer que las obras públicas cuyo monto total no exceda los Pesos dos millones ($ 2.000.000) puedan contratarse con oferentes no inscriptos en el registro Decreto 1724/1993".

 

ARTÍCULO 2º: Regístrese. Pase a la Secretaría General Técnica y a la Dirección General de Economía y Finanzas a sus efectos. Comuníquese a la Dirección General de Construcciones. Cumplido, archívese.-

 

DR. MARIO RICARDO SABBATINI

RECTOR

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

DR. DIEGO DUPRAT

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO