NORMAS JURISDICCIONALES
RECTIF. ART. 4º RES. CSU-414/14
Resolución CSU-430/15
Expte.
3152/05
Bahía Blanca,
29 de junio de 2015.
VISTO:
La Resolución CSU -Nº
414/2014 que fija las Normas Jurisdiccionales en materia de autorización y
aprobación de contrataciones; y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 14° del Decreto
893/2012 (Reglamento de Contrataciones de la Administración Nacional) y el
artículo 35° del Decreto 1344/2007 son modificados respectivamente por el
Decreto 1039/2013 en tanto, fijan cuales son las autoridades competentes para
autorizar y aprobar los procedimientos y procesos de las contrataciones al
determinar el monto de los mismos;
Que resulta necesario
resolver y satisfacer las observaciones y recomendaciones efectuadas por los
actores intervinientes de los procesos económicos y financieros, fijando reglas
claras y precisas que profundicen y fortalezcan la eficiencia en los
procedimientos;
Que es el Consejo
Superior Universitario, la autoridad competente para determinar la aptitud
pertinente de cada órgano de gobierno de esta Institución a los fines de
ejecutar los procedimientos de las contrataciones;
Que
resulta necesario modificar los Órganos Jurisdiccionales designados en la
Resolución mencionada en el visto, en virtud de promover la mejora de los
procesos y el funcionamiento de las estructuras administrativas;
Que
el Consejo Superior Universitario aprobó en su sesión del 24 de junio de 2015
lo recomendado por su Comisión de Economía, Finanzas y Edificios;
POR ELLO;
EL CONSEJO SUPERIOR
UNIVERSITARIO
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º:
Rectificar el artículo 4° de la Resolución CSU-N° 414/2014, el cuál quedará
redactado de la siguiente manera:
“Modificar y delegar en los Órganos
Jurisdiccionales que se designan en la presente resolución, las facultades de
autorización y aprobación de gastos. Dichos Órganos Jurisdiccionales serán, el
Sr. Rector, los Directores de Departamentos Académicos en sus áreas
respectivas, la Secretaría General Técnica, la Presidencia del CEMS y la
Dirección de la Escuela de Agricultura y Ganadería”.
ARTÍCULO 2º: Incorporar a las Normas Jurisdiccionales
en materia de autorización y aprobación de las contrataciones a la Escuela de
Agricultura y Ganadería, a saber:
ORGANO JURISDICCIÓ NAL |
AUTORIZA |
APRUEBA |
Dirección de la Escuela de Agricultura y Ganadería
“Ing. Agr. Adolfo Joaquín Zabala” |
Contrataciones hasta los $21.760.000,00 (Pesos
veintiún millones setecientos sesenta mil)) |
Contrataciones hasta los $13.600.000 (Pesos trece
millones seiscientos mil) |
ARTÍCULO 3º: Pase a la Secretaría General
Técnica a sus efectos y comunicación a la Dirección General de Economía y
Finanzas, a las Secretarías Generales, al CEMS, a la Escuela de Agricultura y
Ganadería “Ing. Agr. Adolfo Joaquín Zabala”, a la Asamblea Universitaria. Dése al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.
DR. MARIO RICARDO SABBATINI
RECTOR
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
DR.
DIEGO DUPRAT
SEC.
GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO