NORMAS JURISDICCIONALES

RECTIF. ART. 4º RES. CSU-414/14

 

Resolución  CSU-430/15

Expte. 3152/05

 

Bahía Blanca, 29 de junio de 2015.

 

VISTO:

La Resolución CSU -Nº 414/2014 que fija las Normas Jurisdiccionales en materia de autorización y aprobación de contrataciones; y

 

CONSIDERANDO:

           Que el artículo 14° del Decreto 893/2012 (Reglamento de Contrataciones de la Administración Nacional) y el artículo 35° del Decreto 1344/2007 son modificados respectivamente por el Decreto 1039/2013 en tanto, fijan cuales son las autoridades competentes para autorizar y aprobar los procedimientos y procesos de las contrataciones al determinar el monto de los mismos;

 

Que resulta necesario resolver y satisfacer las observaciones y recomendaciones efectuadas por los actores intervinientes de los procesos económicos y financieros, fijando reglas claras y precisas que profundicen y fortalezcan la eficiencia en los procedimientos;

 

Que es el Consejo Superior Universitario, la autoridad competente para determinar la aptitud pertinente de cada órgano de gobierno de esta Institución a los fines de ejecutar los procedimientos de las contrataciones;

 

            Que resulta necesario modificar los Órganos Jurisdiccionales designados en la Resolución mencionada en el visto, en virtud de promover la mejora de los procesos y el funcionamiento de las estructuras administrativas;

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó en su sesión del 24 de junio de 2015 lo recomendado por su Comisión de Economía, Finanzas y Edificios;

 

POR ELLO;

 

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E:

 

 

ARTÍCULO 1º: Rectificar el artículo 4° de la Resolución CSU-N° 414/2014, el cuál quedará redactado de la siguiente manera:

 

“Modificar y delegar en los Órganos Jurisdiccionales que se designan en la presente resolución, las facultades de autorización y aprobación de gastos. Dichos Órganos Jurisdiccionales serán, el Sr. Rector, los Directores de Departamentos Académicos en sus áreas respectivas, la Secretaría General Técnica, la Presidencia del CEMS y la Dirección de la Escuela de Agricultura y Ganadería”.

 

ARTÍCULO 2º: Incorporar a las Normas Jurisdiccionales en materia de autorización y aprobación de las contrataciones a la Escuela de Agricultura y Ganadería, a saber:

 

 

 

ORGANO

JURISDICCIÓ

NAL

AUTORIZA

APRUEBA

Dirección de la Escuela de Agricultura y Ganadería “Ing. Agr. Adolfo Joaquín Zabala”

Contrataciones hasta los $21.760.000,00 (Pesos veintiún millones setecientos sesenta mil))

Contrataciones hasta los $13.600.000 (Pesos trece millones seiscientos mil)

 

 

ARTÍCULO 3º: Pase a la Secretaría General Técnica a sus efectos y comunicación a la Dirección General de Economía y Finanzas, a las Secretarías Generales, al CEMS, a la Escuela de Agricultura y Ganadería “Ing. Agr. Adolfo Joaquín Zabala”,  a la Asamblea Universitaria. Dése al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

 

DR. MARIO RICARDO SABBATINI

RECTOR

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

 

DR. DIEGO DUPRAT

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO