PROGRAMA VOLUNTARIADO UNIVERSITARIO
Resolución CSU-444/07
Expediente 1923/07
BAHIA BLANCA, 6 de
agosto de 2007.
VISTO:
Que la nota
presentada por la Secretaría de Cultura y Extensión Universitaria con fecha 10
de junio de 2007 solicita la creación del Programa de Voluntariado
Universitario de la Universidad Nacional del Sur (PVUNS);
Que en la
Resolución de Consejo CSU-46 del 15 de marzo de 2007 se le asigna a la
Secretaría General de Cultura y Extensión Universitaria la misión de “Coordinar
las actividades y las relaciones entre la Universidad y la comunidad local y
regional en aspectos socioculturales”;
Y se le otorga
las funciones, entre otras, de:
ù
Formular
y coordinar los programas de vinculación e integración con el medio.
ù
Planificar
y organizar, junto con organismos públicos y organizaciones privadas, las
actividades comunitarias de la universidad de mutuo o público interés.
ù
Fomentar
la realización de cursos de extensión para la comunidad correspondiéndole por
lo tanto a la SGCyE orientar sus actividades de acuerdo a las necesidades
locales y regionales, colaborando con sus acciones a la formación integral de
los alumnos entendiendo que la misma no es solo el dominio de los conocimientos
técnicos y académicos, sino también, otorgar una mirada ética sobre lo social,
reconociendo la diversidad de realidades que nos circundan; y
CONSIDERANDO:
Que el Programa
de Voluntariado Universitario (PVUNS) tiene como ejes de acción una Universidad
que favorezca el desarrollo de una región socialmente inclusiva y en la que el
conocimiento y los demás bienes culturales se distribuyan democráticamente y
que aliente una fuerte actitud de responsabilidad para atender a las demandas y
necesidades de los ciudadanos, contribuyendo a la construcción de una sociedad
más abierta, plural y justa;
Que algunos de
los aspectos centrales de los ejes anteriores comprenden:
ù
Promover
mediante los Proyectos de Extensión la transferencia de los conocimientos y
saberes para que estos produzcan cambios en la sociedad que impacten en la
calidad de vida de los beneficiarios.
ù
Ampliar las
acciones de trabajo social mediante los Proyectos a efectos de mejorar la
formación de los estudiantes durante su carrera de grado al mismo tiempo que
realizan tareas de carácter comunitario.
ù
Establecer
un espacio interinstitucional de relación de la Universidad Nacional del Sur
con el llamado Tercer Sector para realizar actividades conjuntas de interés
comunitario;
Que el
Voluntariado en general y el Universitario en particular han tenido un
desarrollo sostenido en sociedades de muy distintas características,
presentando sin embargo parecidos a la hora de analizar objetivos generales y
particulares ya que en todos los casos se busca crear una conciencia activa de
los problemas de la sociedad, aumentar las posibilidades de producir cambios
generando un marco colectivo de acción y establecer los canales para que los
miembros de la comunidad universitaria interactúen con distintas organizaciones
de la sociedad civil, independientemente del grado de organización formal que
éstas presentan;
Que las prácticas
de Voluntariado Universitario se encuentran consolidadas en Europa, América del
Norte y muchos países de América del Sur y que organismos como Naciones Unidas
desarrollan programas de apoyo a las prácticas voluntarias de distintas
comunidades universitarias, siendo, en el mundo de habla hispana, el caso de
España el más estructurado ya que cuenta con resoluciones de la Casa Real y un
significativo cuerpo normativo orientado a la expansión de las acciones de
Voluntariado a todos los niveles de la vida de la ciudadanía española;
Que la Secretaría
de Políticas Universitarias (SPU) creó en el año 2000 el Programa Nacional de
Prácticas Solidarias y en el año 2006 el Programa de Voluntariado
Universitario, que estableció normativas al efecto dando un marco de referencia
a las Universidades Públicas y Privadas en torno al desarrollo de acciones de
promoción del Voluntariado y el desarrollo de prácticas solidarias con el
objeto de consolidar progresivamente los dispositivos que hagan del
Voluntariado una práctica sostenida e institucionalizada;
Que el PVUNS
propone promover la participación responsable y solidaria de la comunidad
universitaria en articulación con los distintos espacios de la sociedad civil
que realizan acciones en beneficio de grupos que presentan distintos grados de
vulnerabilidad y distintos tipos de necesidades;
Que el PVUNS se
basa en la promoción de los valores de Solidaridad, Compromiso y
Responsabilidad intentando lograr bases
para el desarrollo progresivo de una cultura solidaria sostenible especialmente, una educación integral de los
futuros profesionales, con la convicción que el buen profesional no es aquél
que sólo domina su campo de conocimiento, sino precisamente aquel que además
tiene una actitud solidaria ante lo social, una mirada ética que reconozca
otras realidades que afectan a grandes franjas de la población;
Que en un país como el nuestro con un nivel de pobreza
muy importante la creación de un programa de estas características se convierte
en un factor de importancia en la recuperación del tejido social, basado en una
vocación de solidaridad y compromiso con el cambio, que vincula a la UNS con la
sociedad nutriéndose ambas con el trabajo común y desinteresado;
POR ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º).- Crear el
Programa de Voluntariado Universitario, cuya coordinación y puesta en práctica
será instrumentado por la Secretaría de Cultura y Extensión Universitaria de la
Universidad Nacional del Sur.
ARTICULO 2º).- El Programa, funcionará a través del desarrollo de
Proyectos específicos que involucren a la Universidad Nacional del Sur y a
organizaciones de la comunidad (organizaciones no gubernamentales, asociaciones
civiles, fundaciones, etc.) que propendan a una mejora sostenida de la calidad
de vida de los ciudadanos de la región.
ARTICULO 3º). - Aprobar la Reglamentación del Programa de
Voluntariado Universitario que como Anexo acompaña la presente.
ARTICULO 4º).- Pase a la Secretaría General de Cultura y Extensión
Universitaria a sus efectos, Tomen razón los Departamentos Académicos, y el
CEMS.
DR.
GUILLERMO H. CRAPISTE
RECTOR
DR. JORGE CARRICA
SEC.
GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
A N E
X O I
(Resolución
CSU-444/07)
PROGRAMA DE VOLUNTARIADO
UNIVERSITARIO
ARTICULO 1º).- Los proyectos podrán
presentarse en los Departamentos Académicos o en la Secretaría General de Cultura
y Extensión. Para su puesta en marcha se requerirá el aval del Consejo
Departamental respectivo de acuerdo a la temática correspondiente.
ARTICULO 2º).- Las organizaciones
adherirán al Programa a través de la elaboración de una ficha Institucional en
donde constarán los datos de la institución y las posibles tareas a realizar
por los voluntarios. Estas fichas y necesidades surgirán de los encuentros que realice la Secretaría
institucionalmente o de la propuesta que cualquier Departamento o miembro de él
pueda acercar.
ARTICULO 3º).- Podrán ser voluntarios
los docentes, estudiantes, graduados y no docentes de la Universidad Nacional
del Sur y de las Escuelas Medias dependientes de la misma.
ARTICULO 4º).- La convocatoria de los
voluntarios se realizará en función de las necesidades que presenten las
organizaciones adherentes al Programa. Se dará a dicha convocatoria una amplia
difusión a través de los Departamentos Académicos y utilizando todas las
herramientas de que dispone la Universidad (Pregón, página etc...)
ARTICULO 5º).- La Secretaría de Cultura
y Extensión Universitaria llevará un registro total de los voluntarios y de los
proyectos presentados.
ARTICULO 6º).- La Secretaría de Cultura
y Extensión Universitaria gestionará conjuntamente con los Departamentos la
incorporación de los voluntarios a los proyectos.
ARTICULO 7º).- Los voluntarios serán
coordinados por voluntarios-guía que estarán determinados por los Departamentos
siempre que la temática que se aborde involucre a los mismos.
ARTICULO 8º).- Los guía tendrán a su
cargo el monitoreo de las actividades realizadas por los voluntarios y las
organizaciones comunitarias en el marco de cada proyecto. Periódicamente se
solicitará a los guías un informe, a presentarle al Consejo Departamental, y a
la SGCE, acerca de los logros, dificultades, y todo otro dato de utilidad en
vistas al mejoramiento continuo de la implementación de estas prácticas
solidarias.
ARTICULO 9º).- La Universidad Nacional
del Sur acreditará el servicio realizado por los voluntarios mediante la
extensión de un certificado a cada uno de ellos.
DR.
GUILLERMO H. CRAPISTE
RECTOR
DR. JORGE CARRICA
SEC.
GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO