COMISIONES
COMITÉ DE SEGURIDAD DE
LA INFORMACIÓN (MODIF. ART. 2º RES.CSU-369/12)
Resolución CSU-444/16
Expte. 1977/10
BAHIA
BLANCA, 11 de agosto de 2016
VISTO:
La Decisión Administrativa 669/2004 de
Jefatura de Gabinete, que establece que los organismos del sector público
nacional comprendidos en los incisos a) y c) del artículo 8° de la ley 24156 y
sus modificatorias, deberá dictar o adecuar sus políticas de seguridad de la
información;
La resolución R- 522/2010 mediante la cual se
creó un Comité de Seguridad de la Información de la UNS bajo la dependencia de
Rectorado y se designó un Coordinador General y sus funciones;
La resolución CSU- 369/2012 mediante la cual
se creó el Comité Ejecutivo responsable de coordinar entre las distintas
Direcciones y Dependencias la implementación de las políticas de seguridad de
la Información establecidas por el Comité de Seguridad de la Información de la
UNS; y
CONSIDERANDO:
Que se considera apropiado reordenar las
funciones establecidas para el Comité de Seguridad, según la Resolución R- Nº
522/2010, y asignarlas al Comité Ejecutivo creado por la Resolución CSU-
369/2012;
Que a efectos de otorgar mayor operatividad
al Comité Ejecutivo se considera necesario definir una nueva composición del
mismo;
Que en consonancia con lo anteriormente
mencionado, y dada la importancia de las cuestiones vinculadas a la seguridad
informática en el ámbito de la Universidad, se requiere la conformación de un
equipo técnico altamente calificado en la temática;
Que en
cumplimiento del objetivo propuesto se ha designado al Lic. Fernando Martínez
en un cargo categoría 5 del agrupamiento técnico profesional B, en el Área de
Seguridad Informática dependiente de la Secretaría General Técnica;
Que es
necesario designar un Coordinador experto en la temática que interactúe entre
los recursos técnicos y el Comité Ejecutivo;
Que la Dirección de Programación y Control
Presupuestario eleva informe referente al costo de abonar asignaciones
complementarias y la afectación correspondiente;
Que el Consejo Superior Universitario aprobó,
en su reunión de fecha 10 de agosto de 2016, lo aconsejado por su Comisión de
Economía, Finanzas y Edificios;
Por ello,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO
1º: Rectificar el artículo 2° de la resolución CSU- 369/12 el cual quedará
redactado de la siguiente manera:
“Artículo
1°: La composición del Comité Ejecutivo quedará integrada por:
El Secretario General Técnico.
El Director Decano del Departamento de Ciencia
e Ingeniería de la Computación.
El Director Decano del Departamento de
Derecho.
El Director General de Sistemas de la
Información.
El Director General de Telecomunicaciones.
El Director de la Biblioteca Central.
El Coordinador del área de Seguridad
Informática.”
ARTÍCULO
2º: Designar al Lic. Pablo Davicino (Legajo Nº 11663)
como Coordinador General del Comité de Seguridad de la Información con las
siguientes funciones:
Identificar y evaluar los activos de
información, sistemas y redes críticas de la Universidad.
Identificar y analizar los riesgos de
seguridad informática en los sistemas de la UNS a partir de estándares
internacionales.
Evaluar los controles de seguridad que
actualmente protegen la información crítica de la UNS.
Proponer recomendaciones que tiendan a
minimizar las amenazas y vulnerabilidades sobre los sistemas.
Crear un programa de gestión de riesgos
adecuado teniendo en cuenta todos los componentes que garanticen
confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información.
ARTÍCULO
3º: Otorgar una asignación complementaria al Lic. Pablo Davicino
equivalente a un cargo de Profesor Adjunto con Dedicación Exclusiva,
considerando antigüedad, desde la fecha de la presente resolución y hasta el 31
de Diciembre de 2016, reconociéndole los servicios a partir del 1° de agosto de
2016.
ARTÍCULO
4º: La suma a abonar citada en el artículo anterior será objeto de aportes y
contribuciones, estando incluida en la misma la parte proporcional del sueldo
anual complementario.
ARTÍCULO
5º: Afectar la erogación a la UP 099.001.000 Servicios Generales - Categoría
Programática 97.00.02.04.00, transfiriéndose los fondos a la partida de
Sueldos.
ARTICULO
6º).- Pase a la Secretaría General Técnica y por su intermedio notifíquese a
los interesados. Gírese a las Direcciones Generales de Economía y Finanzas y de
Personal. Cumplido, archívese.
MG. CLAUDIA PATRICIA LEGNINI
VICERRECTORA
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
DR. DIEGO DUPRAT
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO