TECNICO SUP. EN ADMINISTRACION Y GESTION DE RECURSOS PARA INSTIT. UNIVERSITARIAS / DPTO. CABECERA RESPONSABLE

 

Resolución CSU-458/11

Expediente 1126/02

 

BAHIA BLANCA, 10 de agosto de 2011

 

            VISTO:

            La consulta formulada por la Dirección de Registro y Contralor de la Dirección General de Alumnos y Estudio acerca de la designación del departamento cabecera de la carrera “Técnico Superior en Administración y Gestión de Recursos para Instituciones Universitarias”, cuyo dictado comparten los Departamentos de Ciencias de la Administración y de Economía; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que la Resolución CSU-10/06 determina como Departamentos cabeceras a los Departamentos de Ciencias de la Administración y de Economía;

 

            Que la comunicación y la carga de datos del plan de estudios al Sistema informatizado del Ministerio de Educación, Dirección Nacional de Gestión Universitaria (Sipes), permite la asociación de las carreras a una Unidad Académica ;

 

            Que para establecer la firma de la autoridad Departamental en la confección de los diplomas es necesario determinar un único Departamento Académico responsable del dictado de la mencionada carrera;

 

            Que mediante resolución del Consejo Departamental de Ciencias de la Administración CDCA-369/11 se acepta la propuesta para que esa Unidad Académica sea designada como Departamento cabecera responsable del dictado de la carrera mencionada en el visto;

 

            Que el Consejo Departamental de Economía presta su conformidad para la determinación del Departamento de Ciencias de la Administración como departamento cabecera;

 

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó en su reunión del 3 de agosto de 2011 lo aconsejado por su Comisión de Enseñanza;

 

POR ELLO

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Determinar como Departamento cabecera responsable de la gestión académica de la carrera “Técnico Superior en Administración y Gestión de Recursos para Instituciones Universitarias” al Departamento de Ciencias de la Administración.

 

ARTICULO 2º).- Establecer que los diplomas correspondientes al título de “Técnico Superior en Administración y Gestión de Recursos para Instituciones Universitarias “ deberán ser firmados por la autoridad departamental del Departamento de Ciencias de la  Administración.

 

ARTICULO 3º).- Pase a la Secretaría General Académica y a la Dirección General de Alumnos y Estudio a sus efectos. Tome razón el Departamento de Ciencias de la Administración, la Secretaría General Técnica y ATUNS. Cumplido, archívese.

 

DR. GUILLERMO H. CRAPISTE

RECTOR

DR. DIEGO DUPRAT

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO